Rendición de cuentas en el nuevo marco institucional venezolano

  • Haydée Ochoa Henríquez Dra. en Estudios del Desarrollo. Investigadora del Centro de Estudios de la Empresa (CEE) de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales (FCES) de la Universidad del Zulia (LUZ) Acreditada en el Programa de Promoción al Investigador (PPI).
  • Yorberth Montes de Oca Rojas Maestría en Gerencia Pública. Investigadora del CEE de la de la FCES de LUZ. Acreditada en el PPI.
  • Deyanira Henríquez Lic. en Comunicación Social.Asistente de Investigación del CEE de la FCES de LUZ.

Resumen

La Rendicion de cuentas es un proceso sobre el cual se realizan novedosos planteamientos como estrategia para contribuir a la profundizacion de la democracia. A fines de los 90 se aprueba la Constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela (CRBV), la cual incorpora el principio de Rendicion de Cuentas y varios articulos para materializar su aplicacion. En el marco de esta constitucion se aprueban un conjunto de leyes que avanzan en la creacion de condiciones para aplicar los principios constitucionales. El presente trabajo tiene como proposito analizar el nuevo marco institucional en materia de rendicion de cuentas, a la luz de la necesidad de potenciarlo para su desarrollo. Metodologicamente se trabajo con el analisis de la CRBV y de las principales leyes que rigen los cinco poderes: Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Los resultados dan cuenta de: 1) Clara definicion constitucional sobre el deber de rendir cuenta por parte de organos y personas del Poder Ejecutivo y Legislativo, 2) Vacios constitucionales respecto al deber de rendir cuenta por los poderes: Judicial, Ciudadano y Electoral, 3) Respuesta a este vacio en varias leyes en cuanto al deber de rendir cuentas por parte del Poder Ciudadano y Electoral e implicitamente por el Poder Judicial en la Ley Contra la Corrupcion, 4) Son receptores de rendicion de cuentas: Los electores, por parte del Poder Ejecutivo y de los diputados de la Asamblea Nacional; los ciudadanos por parte de todos los organos del Poder Publico; la Asamblea Nacional, por parte de los organos del Poder Ejecutivo, Ciudadano y Electoral y la Contraloria General de la Republica por todos los organos del Poder Publico, 5) El objeto de rendicion de cuentas esta centrado en dos cuestiones: a) Bienes y recursos y b) La gestion, en algunos casos sin precisar a sus aspectos particulares, quedando a discrecionalidad de los organos y en otros casos, la gestion programada y 6) Es escaso el marco institucional respecto a los medios a traves de los cuales debe rendirse cuentas, dejando asi condiciones para dar continuidad a la rendicion de cuentas tradicional. Se concluye sobre: La existencia de bases institucionales que favorecen la rendicion de cuentas y al mismo tiempo vacios que contribuyen a frenar su desarrollo y La necesidad de crear una ley de Rendicion de Cuentas que potencie este proceso como estrategia para el ejercicio de la contraloria social que actualmente se promueve.

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Cómo citar
Ochoa Henríquez, H., Montes de Oca Rojas, Y., & Henríquez, D. (1). Rendición de cuentas en el nuevo marco institucional venezolano. Cuestiones Políticas, 22(36). Recuperado a partir de https://produccioncientificaluz.org/index.php/cuestiones/article/view/14418
Sección
Gestión Pública