Acoso laboral y acoso sexual: Formas para presionar cambios en las relaciones de trabajo

  • Juan García Vara

Resumen

La legislación laboral anterior a la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en adelante LOTTT (Ley del Trabajo de 1936, Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo de 1959, Ley Orgánica del Trabajo de 1997, Ley Orgánica del Trabajo de 2011 y reglamentos de leyes laborales), no consideró en su contenido el Acoso Laboral y el Acoso Sexual; ello viene a ocurrir en la LOTTT, concretamente en sus artículos 79, literal k), 80, literal h), 164 y 165. En estas dos últimas disposiciones se establece que en los casos que se produzca acoso laboral o acoso sexual se sancionará como se establece en el Reglamento.

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Biografía del autor/a

Juan García Vara

Abogado UCV. Ampliación de estudios en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social UCV. Magíster Scientiarum UCV. Escolaridad completa en Estudios de Doctorado UCV. Profesor Postgrado UCV y UCAB. Juez Superior del Trabajo (Jub.). Autor de publicaciones y ensayos. Expositor en congresos, jornadas y talleres en materia laboral. Miembro de organizaciones académicas en Venezuela y el exterior.

Cómo citar
García Vara, J. (1). Acoso laboral y acoso sexual: Formas para presionar cambios en las relaciones de trabajo. Gaceta Laboral, 28(3), 221-230. Recuperado a partir de https://produccioncientificaluz.org/index.php/gaceta/article/view/44966