Las pruebas en los procesos laborales

  • Juan García Vara

Abstract

Con las pruebas las partes acreditan frente al juzgador la certeza de sus dichos, los hechos expuestos como pretensión o como defensa, de manera que el Juez los tome en cuenta para decidir y apoyar su fallo.

No se requiere en los procesos del trabajo indicar el objeto de la prueba para que sea admitida por el juez de juicio. La parte cumple el requisito legal si en la iniciación de la audiencia preliminar entrega su escrito de pruebas con los elementos probatorios, sin tener que especificar qué se pretende demostrar o cuál es el objeto de la prueba, basta con promover la prueba conforme se exigen en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPT) para cada tipo o clase de prueba

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Author Biography

Juan García Vara

Abogado UCV. Ampliación de estudios en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social UCV. Magister Scientiarum UCV. Gerencia del Conflicto: Negociación, Mediación y Arbitraje IESA. Profesor de Postgrado UCV y UCAB. Juez Superior del Trabajo (Jubilado). Autor de publicaciones y ensayos. Conferencista. Miembro Titular del Instituto Latinoamericano de Derecho del Trabajo. Miembro de Número de la Asociación Iberoamericana de Derecho del Trabajo. Miembro Mayor de la Federación Interamericana de Abogados. Miembro de Número de la Asociación Iberoamericana de Juristas del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social. Miembro de Número del Instituto Venezolano de Derecho Social.

Published
2022-11-24
How to Cite
García Vara, J. (2022). Las pruebas en los procesos laborales. Gaceta Laboral, 27(3). Retrieved from https://produccioncientificaluz.org/index.php/gaceta/article/view/39168
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Cuenta