ARTÍCULOS

UTOPÍA Y PRAXIS LATINOAMERICANA. AÑO: 23 , n° Extra. 1, 2018, pp .80-95 REVISTA INTERNACIONAL DE FILOSOFÍA Y TEORÍA SOCIAL

CESA-FCES-UNIVERSIDAD DEL ZULIA. MARACAIBO-VENEZUELA. ISSN 1315-5216 / ISSN-e: 2477-9555


Mutaciones de la criminalidad colombiana en la Era del Postconflicto

Mutations of Colombian Criminality in the Post-Conflict Era


Carlos Andrés BERNAL CASTRO ORCID: http://orcid.org/0000-0002-9026-1401 cabernal@ucatolica.edu.co

Universidad Católica de Colombia, Colombia


Este trabajo está depositado en Zenodo:

DOI: http://doi.org/10.5281/zenodo.1773138


RESUMEN


Este artículo pretende estudiar las transformaciones de las organizaciones criminales en el postconflicto colombiano teniendo como puntos de estudio el concepto de organización criminal en la sociedad globalizada, la crisis de las sociedades contemporáneas, sus críticas filosóficas y sociológicas y la transformación del conflicto frente a la aparición de Grupos Armados Organizados (GAO) y Grupos de Delincuencia Organizada (GDO).


Palabras clave: Criminalidad Organizada, Globalización, Política Criminal, Sociedad Liquida.

ABSTRACT


This article aims to study the transformations of criminal organizations in the post-conflict in Colombia, having as points of study the concept of criminal organization in a globalized society, the crisis of contemporary societies, their philosophical and sociological criticisms and the transformation of the conflict in the face of the appearance of Armed Organized Groups (GAO) and Organized Crime Groups (GDO).


Key words: Organized Crime, Globalization, Criminal Law, liquid Society.


Recibido: 13-06-2018 ● Aceptado: 17-07-2018


Utopía y Praxis Latinoamericana publica bajo licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual 3.0 Unported (CC BY-NC-SA 3.0). Para más información diríjase a https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/deed.es_ES


  1. INTRODUCCIÓN

    Las organizaciones criminales son una amenaza real y estratégica para la estabilidad de los Estados democráticos y las sociedades contemporáneas. Entendidas como organizaciones sociales que, en este caso particular, aparecen estructuradas como bandas y milicias, las cuales son definidas como criminales, en razón a su participación frecuente en actividades que con alta probabilidad serán calificadas como delictivas (Silva García: 2011a). Su presencia en la cotidianidad permea todos los sectores sociales y lógicamente al sujeto, estableciendo un sistema económico invisible y paralelo que incide drásticamente en la vida de todos. En especial cuando la sociedad de consumo solicita y demanda diariamente bienes y servicios que sacian su individualismo. El complejo escenario de la satisfacción de intereses va desde actividades ilícitas hasta actividades legales, en las que se mezclan los capitales con uno u otro origen (Moya Vargas: 2017a).

    Colombia se ha visto perjudicada por las organizaciones criminales que en las últimas décadas se han enriquecido a costa de la muerte y sufrimiento de miles de personas; el narcotráfico, secuestro (Silva García: 2015), extorsión, minería ilegal, trata de personas, lavado de activos, la usurpación de inmuebles y la captura ilícita de rentas públicas, entre otras, son algunas de las conductas penales que ejecutan diariamente generando un sistema económico subrepticio que incide drásticamente en la vida cotidiana y especialmente en la institucionalidad provocando una crisis de gobernabilidad e institucionalidad bajo el contexto de la corrupción (Pérez Salazar: 2011; Ávila Martínez & Pérez Salazar: 2011; Pérez Salazar & Velásquez Monroy: 2013; Pérez Salazar: 2013).

    El posconflicto transformó la violencia del conflicto armado vivida por más de 50 años en Colombia, en la que se pretendía desestabilizar y modificar a la institucionalidad colombiana por vías de hecho, para pasar a una violencia regional que pretende realizar actividades ilícitas utilizando a la cultura de la ilegalidad como método de supervivencia y a la corrupción como instrumento facilitador de su actividad permanente, generadora de la aparición de Grupos Armados Organizados (GAO) y Grupos de Delincuencia Organizada (GDO).

    En consecuencia, se pretende analizar a las estructuras criminales desde el contexto de las sociedades postindustriales, los factores asociados a la era de la globalización, información y tecnología y al mismo tiempo determinar la evolución de las organizaciones criminales en el contexto colombiano. Lo anterior procurando superar algunas visiones tradicionales sobre la violencia y el crimen organizado en Colombia, ya objeto de múltiples críticas (Silva García: 2000a; Silva García & Pacheco Arrieta: 2001), dada la subjetividad de sus análisis y la distorsión de la información a la que recurren.

    Las reflexiones vertidas en este trabajo, así mismo, se espera sirvan para replantear la enseñanza del derecho penal, cuya separación de la realidad social ha sido cuestionada (Silva García: 2006).


  2. LAS SOCIEDADES POSINDUSTRIALES Y SU CRIMINALIDAD


    La sociedad postindustrial se genera como consecuencia de la transición de la sociedad industrializada basada en el proceso de revolución industrial y el sector secundario (industria), a una sociedad cuyos cimientos económicos, políticos y culturales se constituyen en aspectos como el conocimiento, la tecnología, la información y los servicios relacionados con los sectores terciarios, cuaternarios y quinarios de la economía (Cárdenas Zorro: 2015).

    La sociedad del siglo XXI vive afanadamente, es cautiva del tiempo, convive en aeropuertos, terminales de transporte, satélites, redes sociales, internet, en fin, se relaciona instantáneamente, lo que provoca comportamientos que transforman significativamente los contextos públicos y privados de su existencia. En consecuencia, la sociedad contemporánea es: comunicación, información, tecnología, acoplamiento de culturas, en otras palabras, es: “Globalización” (Castells: 1999).


    Su efecto positivo supone intercambio y unión de: culturas, pensamientos, lenguajes, tradiciones, instituciones sociales etc…, que posibilitan un dialogo de civilizaciones que sobrepasa los límites geográficos. Estamos en una aldea global, en la que los hombres recurren a todos los medios científicos para enlazarse y comunicarse en el menor tiempo posible, con la finalidad de realizar un sin número de actividades que propendan por el logro de sus expectativas individuales (Bernal Castro: 2013; Llano Franco: 2016; Mcluham

    & Fiore: 1969; Restrepo Fontalvo: 2014).

    La revolución tecnológica (Elster: 2006), transformó a la sociedad acelerando drásticamente las relaciones que se efectuaban alrededor de sus instituciones, lo que originó comportamientos dinámicos y sorpresivos. Vivimos épocas de incertidumbre, en la que la humanidad replantea su vida afectiva, sexual, reproductiva, laboral, familiar al asumir riesgos y peligros, lo que trae como consecuencia la inestabilidad de la sociedad y flexibilización de sus valores (Moya Vargas: 2015).

    En ese escenario el proyecto de vida de la humanidad cambió; hombres y mujeres tienen igualdad de derechos y deberes, toman decisiones acerca de su sexualidad, de sus relaciones afectivas, de la forma como quieren desarrollar su vida familiar, laboral, espiritual y pública (Moya Vargas: 2017b), esto transformó las expectativas de comportamiento que por largo tiempo habían generado una aparente estabilidad y perdurabilidad en sus instituciones, en consecuencia, el hombre vive frenéticamente.

    Beck la describe con el nombre de: “Sociedad del Riesgo”, porque acoge riesgos y peligros para afrontar su existencia, por ende, desafía su destrucción, lo que implica abordar su vida a partir de la manipulación de elementos que en algún momento pueden eliminarla. La utilización de material radioactivo, atómico, químico y biológico pone en constante amenaza la vida de la humanidad, los desechos tóxicos afectan la biodiversidad y el medio ambiente inducen temor, angustia y miedo. El miedo se ha convertido en la principal preocupación de la sociedad al desplazar otros aspectos relevantes como los problemas de exclusión, pobreza y desigualdad que genera la globalización económica, tal y como lo afirma Carvajal Martínez (2015):


    (…) Este contexto internacional y por lo tanto común en la mayoría de las naciones, ha sido aprovechado hábilmente por quienes controlan el poder para colocar el tema de la seguridad, el terrorismo y el miedo como el núcleo central de la sociedad, desviando la crítica y el debate en torno de los problemas materiales (p. 27).


    En efecto, el riesgo no está únicamente ligado a la manipulación de elementos contaminantes, también se percibe en la ausencia de humanidad, el valor de la solidaridad ha perdido poder debido a que los sujetos prefieren allanar sus intereses personalísimos sobre el deseo de colaborar desinteresadamente con el otro, de tal forma que el hombre prefiere relacionarse por redes sociales, abandonar a la comunidad física y asumir un mundo virtual. Toma relaciones de costo beneficio que le permitan escalar fácilmente hacía sus objetivos egoístas sin importar la forma de obtenerlos (Moya Vargas: 2015b).

    Bauman apunta al término: “sociedades líquidas”, para describirlas como estructuras humanas frágiles en la que sus valores se flexibilizan debido a la vertiginosa carrera de vida que se experimenta diariamente: inestabilidad, fluidez, individualismo, consumismo, combinado con la aceleración tecnológica, proponen una mezcla de hábitos que transforman los valores tradicionales y los convierte en conceptos líquidos que se diluyen rápidamente frente a los actos humanos (Bauman: 2014).

    Uno de los puntos centrales de su crítica a la sociedad, radica en el consumismo, la humanidad está rendida a las condiciones del mercado, el sistema de oferta y demanda está instrumentalizando su existencia, al convertirla en prisionera de sus intereses, lo que provoca que haga esfuerzos desmedidos para saciar sus deseos más oscuros, el uso de sustancias psicoactivas, fármacos, alucinógenos entre otros, le permiten al sujeto salir de su realidad e introducirse en un mundo abstracto en el que no existen barreras normativas que lo limiten.


    De acuerdo con el informe mundial sobre las drogas de 2017, presentado por la Organización Mundial de la Salud: 250 millones de personas, equivalente al 5% de la población mundial han consumido droga así sea tan solo una vez en 2.015. El consumo de opioides está relacionado con el riesgo de contraer VIH y hepatitis C. 12 millones de personas se han enfermado a causa del consumo de opioides. En 2.016, la organización mundial de la salud reporta que 29 millones de personas padecieron trastornos relacionados con las drogas y solo 1 de cada 6 tuvo asistencia médica.

    Otras veces, la banalidad los absorbe, lo que genera una serie de cambios físicos que alteran su comportamiento hasta el punto de producir serias alteraciones en su corporalidad y mente, lo que limita considerablemente la racionalidad de sus actos (trastornos de bulimia, anorexia, enfermedades mentales etc.), en otras palabras, su libertad (Moya Vargas: 2016).

    Bauman ratifica lo expresado por Beck cuando señala que los cambios efectuados por la sociedad postmoderna producto de su globalización pueden generar efectos negativos que se concretan en peligros inminentes que eliminan la estabilidad construida en la modernidad, que estaba fuertemente cimentada en la consolidación de unos valores que protegían las instituciones sociales: familia, educación, religión, economía, entidades jurídico-políticas, etc. Esta situación se acompaña de la transformación del Estado de bienestar a un modelo neoliberal de mercado lo que conllevó a una transformación del pacto social,


    (…) La libertad del mercado y el imperio de sus propias reglas de juego transformaron el papel del Estado, con profundos resultados sobre la sociedad tanto en términos del bienestar material como en el sentido ontológico. La implementación del modelo neoliberal implicó para el mundo occidental el rompimiento del acuerdo de clases” (Carvajal Martínez: 2010, p. 13).


    La paradoja latente se concreta en la constante ambigüedad de su existencia, por una parte el hombre quiere abstraerse de su realidad y ampararse en el libre desarrollo de su personalidad para hacer lo que quiere y por otra pretende vigilar cada paso que da, toma como elemento a la tecnología, instrumento idóneo para controlarse, estamos en una “sociedad vigilada”, que inspecciona cada paso de la existencia de los seres humanos y que pretende eliminar su intimidad para protegerse como estructura, debido al miedo que le provoca el sentimiento de inseguridad producido por su inestabilidad; los atentados del 11 de septiembre en Nueva York (2001), Paris (2015), Madrid (2004), Londres (2005 y 2.017), Barcelona (2017), Bruselas (2017), demuestran que el terrorismo incita al control como método de protección hasta el punto de perder su autonomía (Bauman & Lyon: 2013; Bernal Castro: 2015).

    Ese proceso de control lleva a entenderla como un panóptico (Foucault: 2005), que en efecto produce un comportamiento deshumanizado. Es la sociedad panóptica que, con la pretensión de someter a individuos a una expectativa de vigilancia permanente, debe inducir a los individuos a modificar su conducta (Silva García: 2011b). La sociedad pretende controlar cada reducto de su existencia, lo que implica la utilización de drones, cámaras de vigilancia, operadores de televisión en circuito cerrado, microchip, sistemas de visualización biométricas, utilización del ADN como método certero de identificación y en fin un sin número de medidas destinadas a observar y a conocer todos los espacios íntimos de las personas que se mueven por miedos e inseguridades, en ello también inciden los medios de comunicación en especial cuando interpretan esa realidad como un comportamiento imposible de aplacar (Velandia: 2015a). Esa observación del otro o de grupos de personas es lo que se denomina el “vigilantismo”, se utiliza para ejercer control social y si es del caso para criminalizar (González Monguí: 2013).

    Precisamente Silva Sánchez (2011) afronta el problema de la criminalidad en la postmodernidad, al decir

    que el derecho penal se ha convertido en un administrador y eliminador de riesgos, pues aborda la solución del miedo y la inseguridad en el establecimiento de delitos de peligro (abstracto y concreto) lo que facilita la punibilidad de comportamientos que pongan en peligro a las estructuras sociales cosa que genera un derecho penal anticipatorio que elimine las barreras de la dogmática penal tradicional por la mera conducta revestida


    de peligrosidad y no de dañosidad (en igual sentido: Silva García: 2011a). Este proceso, conocido como administrativización del Derecho penal, está llevando a este a un crecimiento sin control y a la desaparición progresiva del principio de ultima ratio (Velandia Montes: 2015b), con el consecuente abandono por parte del Estado de otras herramientas jurídicas distintas a la penal o extrajurídicas que pueden ser más eficaces en la prevención de tales conductas (Velandia Montes: 2012).

    Así las cosas el derecho penal de la postmodernidad basa sus postulados en la eliminación o flexibilización de las garantías judiciales, al proponer un derecho penal eficientista que satisfaga las expectativas de la comunidad de víctimas que reclaman justicia frente a los escenarios judiciales, de tal forma que la expectativa del derecho penal se centra en producir resultados punitivos, reforzar tipos penales, aumentar sus penas drásticamente y tratar al presunto infractor como enemigo del sistema social, esto facilita una respuesta pronta del problema pero no elimina la criminalidad, produce una sensación de estabilidad síquica transitoria en la comunidad, pero en el fondo el problema sigue latente (Moya Vargas: 2012; Velandia Montes: 2015b).

    Lo que Zaffaroni llamaría Populismo Punitivo, pues se hace del derecho penal un instrumento útil para hacer política y manipular electores pues propone endurecimiento de la respuesta punitiva del Estado y el ejercicio de una política penal fuerte que elimine garantías y beneficios jurídicos establecidos en las legislaciones penales, lo que conlleva una respuesta social de complacencia que se nutre del sentimiento de miedo y angustia que sufren las sociedades (Moya Vargas: 2013), en especial cuando se experimentan atentados terroristas, secuestros, desapariciones, torturas y en fin un sin número de comportamientos atroces. (Zaffaroni: 2006; Velandia Montes: 2015a)

    Siguiendo a Jakobs y Cancio, estamos frente al derecho penal del enemigo que se caracteriza por tres elementos fundamentales que se pueden observar frente a las manifestaciones legislativas vigentes: 1. Adelantamiento de la punibilidad al castigar hechos futuros y no como tradicionalmente se hacía cuando se castigaban hechos del pasado 2. Desproporcionalización de las penas 3. Eliminación de las garantías procesales [relativizadas o suprimidas] (Jakobs & Cancio: 2005; Noguera Sánchez: 2013).

    Precisamente Jakobs observa a la sociedad como una estructura sólida, que se encuentra cimentada en normas esenciales que la estabilizan y que legitiman la comunicación de las expectativas de las personas que convergen frente a los sistemas sociales en relación al contexto comunicativo que cada subsistema posee, tal como lo expresa Luhmann la sociedad es una estructura autopoyética, auto-referencial que se enfrenta al problema de la complejidad al adoptar respuestas oportunas que posibilitan su estabilización y permanencia (Luhmann: 1998).

    Como se puede observar la sociedad se divide en individuos y personas que constantemente luchan entre su autonomía y la responsabilidad de sus actos de acuerdo a su rol, lo que implica que la sociedad sea observada como una célula que pretende estabilizarse por medio de sistemas normativos unificados que faciliten su existencia y especialmente su comunicación, instituye parámetros homogéneos de convivencia delimitados en políticas internacionales que materialicen un orden mundial, en el que los organismos supranacionales (Organización de Naciones Unidas, Organización Mundial del Comercio, Fondo Monetario Internacional, Banco Interamericano de Desarrollo, etc. ), asuman el control de los temas esenciales de los Estados nacionales, lo que debilita su soberanía a cambio de fomentar sus relaciones sociales.

    La amenaza real que afronta la globalización se encuentra directamente ligada al concepto de desigualdad material, tal como lo señala Bauman (2013, pp. 14-15), cuando la concentración de la riqueza mundial se encuentra en manos de pocos Estados, que controlan los sectores productivos y financieros del orden mundial y tienen bajo su dominio el manejo de los mercados internacionales se pone en una situación de desequilibrio a Estados que no tienen la misma capacidad para enfrentar la competitividad de las condiciones de oferta y demanda, lo que coloca a su población en una condición de indefensión que produce migraciones, pobreza y atraso. Esto precipita el contexto para el desenvolvimiento de la criminalidad.


    En ese orden de ideas los efectos colaterales de la globalización proporcionan el escenario oportuno para el desenvolvimiento de las organizaciones criminales entendidas como asociaciones de tres o más personas que se unen con el propósito de desarrollar actividades delictivas permanentes, promotoras de desestabilización en la institucionalidad, vulneración sistemática de derechos humanos, ilegitimidad de los órganos del sector público y corrupción, de tal forma que ellas sean el verdadero enemigo de las sociedades postindustriales y en especial de la globalización.

    De acuerdo con la Convención de Palermo, las organizaciones criminales son agrupaciones estructuradas de tres o más personas que se reúnen con la intención de realizar delitos graves o los previstos en dicho estatuto internacional, su vocación de permanencia es un atributo específico de este modelo criminal que pretende desarrollar su actividad ilimitadamente y sacar un provecho económico u otro beneficio de orden material.

    Caparros la define específicamente como:


    (…) una entidad colectiva en función de estrictos criterios de racionalidad. A modo de piezas que se integran en una sólida estructura, cada uno de sus miembros desempeña un determinado cometido para el que se encuentra especialmente capacitado en función de sus aptitudes o posibilidades personales. De este modo, la corporación alcanza los rasgos propios de una sociedad de profesionales del delito en la que se manifiesta un sistema de relaciones definidas a partir de deberes y privilegios recíprocos” (Caparros: 1998, p. 37).


    Sus características son: 1. Agrupación de tres o más personas. 2. Grupo estructurado. 3. División funcional de la actividad delictiva. 4. Especialización de tareas que permiten desarrollar diversas actividades delictivas. 5. Realización de delitos graves o aquellos delimitados en la Convención de Palermo. 6. Permanencia en el tiempo, lo que asegura la realización de una industria criminal.

    Dentro del marco de una sociedad conflictiva, los grupos sociales se organizan para la realización de sus intereses e ideologías, lo que lleva a unos, según su poder y diversas circunstancias, a criminalizar a otros grupos y actividades, a fin de eliminarlos como competidores, mientras que los adversarios sometidos así a una condición de marginalidad optan, a su vez, por desplegar su poder por medio de acciones que probablemente serán etiquetadas como criminales, pero que pueden permitirles alcanzar sus propios intereses e ideologías (Silva García: 2008). Entre los últimos, algunos alcanzan tal nivel de desarrollo que, dentro del horizonte de las actividades organizadas, llegan a ocupar un lugar sobresaliente, al constituir estructuras con el poder para ocasionar graves daños sociales. En el ejercicio de la divergencia, esto es, en un escenario de acciones sociales orientadas a la realización de intereses e ideologías, que llegan a ser definidas como criminales debido a su contradicción y conflicto con otros grupos, ello será producto de la intervención del control penal, que selecciona acciones divergentes para su criminalización, lo que implica su censura como expresiones de una diversidad no admisible (Silva García: 1996; 2012).

    El tráfico de drogas (Silva García: 1997), la prostitución (prostitución infantil), la trata de personas, la pornografía infantil, la venta ilegal de armas, la comercialización de autos robados, la venta de repuestos hurtados, los juegos de apuesta ilegal, la contratación ilegal de trabajadores clandestinos, el tráfico de inmigrantes ilegales, la explotación ilegal del medio ambiente entre otras actividades ilícitas, generan miles de millones de dólares que diariamente ingresan subrepticiamente a la legalidad por medio de sectores legales como el: financiero, bursátil, construcción, hotelero, comercial, textil, moda, deportivo, transporte, gubernamental, etc. Que convierten el dinero fácil en capitales aparentemente lícitos con los que se hacen negocios que transforman y encarecen la vida de multitud de ciudadanos (Albrecht: 2001; Da Silva Miranda: 2014; Bedoya Chavarriaga: 2015; González Monguí: 2017).

    El sector público no es la excepción, las organizaciones criminales financian campañas políticas de aspirantes a órganos del poder público (legislativo y ejecutivo), pues resulta necesario incidir en la vida


    política de los Estados para la aprobación de leyes en materia penal que les permita tener beneficios en caso de entregarse o ser capturados para afrontar la respuesta punitiva del Estado (Moya Vargas: 2010; Pérez- Salazar; 2011; 2013; Restrepo Fontalvo: 2014).

    Lo interesante de su comportamiento radica en comprender que los criminales advirtieron que su actividad se puede desarrollar como una empresa, que brinda líneas de servicios especializados en las que existe una organización directiva, autónoma y dinámica que hace del delito una actividad rentable que produce resultados significativos en corto tiempo. No tienen que pagar impuestos, simplemente permean la institucionalidad a través de otra epidemia que invade a las sociedades contemporáneas: la corrupción (Orsi: 2007).

    Echan mano de la era de la información y se alían con la tecnología para realizar su actividad especializada sobre la que aplican una política de mercadeo y comunicación eficaz. En conclusión: el crimen es administrado como una empresa que cuenta con un patrimonio, que será fiscalizado por contadores y gerentes y que como una buena empresa tiene trabajadores que se encargaran de confeccionar el ilícito.

    La presencia invisible de la criminalidad organizada se oculta en la política, la vida gubernamental, financiera, los conflictos armados, el terrorismo, la sexualidad, la vida privada de miles de personas generando inflación, desempleo, pobreza, crisis humanitaria y deslegitimando las democracias, en otras palabras, las organizaciones criminales son un virus que lentamente se instala en la sociedad provocando miedo e incertidumbre.

    Al respecto Pérez Salazar señala:


    (…) Otra condición que comúnmente se asocia con el surgimiento de organizaciones criminales transnacionales es la disolución y colapso de estructuras de gobierno central, condición que también se asocia con el debilitamiento de los Estados nacionales que enfrentan conflictos armados internos. En estas circunstancias es común que las organizaciones criminales asuman la prestación de servicios de protección, a la vez que aprovechen oportunidades de lucrarse de nuevas demandas de mercado lícitas o ilícitas, muchas veces en colaboración con redes sociales “legales”, a través de las cuales obtienen servicios y apoyos de recursos financieros, acceso a oportunidades de inversión, préstamos, contactos, asesoría técnica y legal y otros insumos (2007, p. 18).


    Utilizar la tecnología como instrumento material de la criminalidad, facilita la comunicación entre empresas criminales, lo que permite la ejecución de operaciones económicas que hacen del delito un concepto globalizado como la misma sociedad, la globalización transforma también el delito para entenderlo como un fenómeno transnacional que implica una respuesta interestatal que hasta el momento es correcta políticamente pero insuficiente, tal como es reconocido por la comunidad internacional, en especial frente al delito de lavado de activos (Annan: 2004).

    Las organizaciones criminales superan a una organización de delincuencia común debido a que operan militarmente, controlan territorios en los que el Estado no tiene alcance, (espacios de ingobernabilidad), concentran su poder en regiones abandonadas por la institucionalidad y se vuelven agentes generadores de trabajo para los lugareños, provocando un efecto positivo en la ciudadanía que termina acogiéndolos y protegiéndolos. Pérez Salazar (2007), señala que su accionar consolida el ejercicio de actividades legales e ilegales, combinando sus ganancias económicas, hasta el punto de tener incidencia en la vida administrativa y política en sus áreas de operación.

    Los efectos de la criminalidad organizada en la sociedad “Globalizada” se pueden establecer en: 1. Legitimación de la “Cultura de la Ilegalidad”. 2. Inflación, burbuja financiera, inestabilidad económica y volatilidad en los precios de los bienes y servicios. Situación que altera la vida de todas las personas. 3. Graves violaciones sistemáticas de Derechos Humanos en contra de la sociedad civil. 4. Aumento de la informalidad. 5. Aumentos de la criminalidad ordinaria y la corrupción Estatal efecto que incide frontalmente


    en las instituciones fundamentales que comprometen a la sociedad. 6. Participación de Estados en la consolidación de las organizaciones criminales y aumento de paraísos fiscales. 7. Financiamiento de actividades terroristas.


  3. ORGANIZACIONES CRIMINALES EN EL CONTEXTO COLOMBIANO


La presencia de organizaciones criminales, (Cárteles de la Droga: Cártel de Medellín, Cártel de Cali y Cártel del Norte del valle, Bandas de Narcotraficantes que asumen el control del negocio: Oficina de Envigado, entre otras), Autodefensas, Bandas Criminales (BACRIM), Grupos Armados Organizados (GAO o GDO) y grupos guerrilleros (FARC EP, ELN, EPL, M19, PRT, Quintín Lame) por más de 50 años en Colombia provocó la degradación del conflicto y perdida de legitimidad institucional (Carvajal: 2011, p. 105), lo que causó: inestabilidad, incredulidad social y corrupción institucional (Silva García: 2000b).

El conflicto ha ocasionado violaciones sistemáticas de derechos humanos sobre la sociedad civil como consecuencia de la consumación de: atentados terroristas, secuestros, secuestros colectivos, genocidios, torturas, desplazamientos forzados, desaparecimientos forzados, tomas guerrilleras y paramilitares, ajusticiamientos entre otros muchos comportamientos penales que han servido para desafiar al Estado de derecho.

En igual sentido, el conflicto consolidó a grandes empresas criminales que se arroparon disimuladamente

con el abrigo de la guerra, para desarrollar diversas actividades delictivas, primordialmente el narcotráfico, forjando fortunas extravagantes, con el apoyo de la cultura de la ilegalidad, para posteriormente camuflarse con el delito político con la finalidad de lavar el producto de su lucro criminal (Llano Franco: 2011; Vivas Barrera & Pérez Salazar: 2016; Silva García: 1998).

Precisamente, el informe elaborado por el Centro Nacional de Memoria Histórica señala como causas y problemáticas del conflicto armado a:

(…) la persistencia del problema agrario; la irrupción y propagación del narcotráfico, las limitaciones y posibilidades de la participación política; las influencias y presiones del contexto internacional; la fragmentación institucional y territorial del Estado. Finalmente, también han estado relacionados, con los cambios y transformaciones del conflicto, los resultados parciales y ambiguos de los procesos de paz y las reformas democráticas (Centro Nacional de la Memoria Histórica: 2012, p. 111).


Tan solo en el conflicto armado interno hay registradas 8.666.577 víctimas de acuerdo con el RUV, (Registro Nacional de Víctimas). Los hechos victimizantes se pueden discriminar en: Abandono o Despojo Forzado de Tierras, Acto terrorista/Atentados/Combates/ Hostigamientos, Amenazas, Confinamiento, Delitos contra la libertad y la integridad sexual, Desaparición forzada, Desplazamiento Forzado, Homicidio, Lesiones Personales Físicas, Lesiones Personales Psicológicas, Minas antipersona/ Munición sin explotar/Artefacto explosivo, Perdida de Bienes Muebles o Inmuebles, Secuestro, Tortura y Vinculación de Niños Niñas y Adolescentes al conflicto armado.

Solo en la lucha contra el cartel de Medellín murieron 15.000 personas, 5.500 entre los años de 1989 a 1.993; se perpetraron 623 atentados terroristas que causaron la muerte 402 civiles y 1710 lesionados; 550 policías asesinados, a causa de una política de exterminio patrocinada por el capo del cartel en la que pagaba

$2.000.000 de pesos por cada policía asesinado; 100 bombas entre septiembre y noviembre de 1989, 85 bombas en 1.990 en su guerra abierta en contra del cartel de Cali, 30 bombas entre el mes de diciembre de

1. 990 y 1993 en las ciudades de Medellín y Bogotá. El atentado al DAS (Departamento Administrativo de Seguridad) dejó 700 heridos, mientras que 70 personas fallecieron. 111 personas fallecieron en la bomba que explotó en el avión de Avianca en el año de 1.989 (Vásquez: 2017).


Tanto las organizaciones criminales como los actores del conflicto armado, provocaron un escenario de inestabilidad institucional permanente, que hizo creer que Colombia fuera un Estado fallido tal como lo describe González, debido a la suma de factores que causaron ingobernabilidad: abandono Estatal en zonas de territorio nacional y presencia de otros actores que suplantaban su autoridad, el desarrollo de actividades ilegales (Plantación de Cultivos Ilícitos, ejercicio de Minería Ilegal), en vastas zonas del territorio sin ejercicio de control Estatal, alteración continua del orden público representada en violencia anti-estatal, incremento de la criminalidad, desobediencia civil, reticencia al pago de impuestos, falta de cohesión de los grupos étnicos, culturales y religiosos y ausencia de vigilancia en vastas zonas del territorio nacional (González González: 2014).

Sin embargo la respuesta institucional ha permitido la desmovilización y desmantelamiento de organizaciones criminales y grupos armados entre los años 1990 a 2018, entre otras razones por la colaboración de la comunidad internacional especialmente con el: “Plan Colombia”, programa que financió económica y tecnológicamente la lucha contra los actores del conflicto, a la postre preservó la existencia de la institucionalidad a pesar de la confrontación militar y la crisis humanitaria sufrida en diversos sectores del territorio nacional.

De acuerdo con informaciones institucionales, se puede observar que los actores del conflicto armado se han transformado intempestivamente en nuevas estructuras criminales. Con el paso de los años han dejado de identificarse como guerrillas, autodefensas, carteles de la droga y organizaciones de narcotráfico que son considerados como rezagos de los carteles del narcotráfico sometidos por el Estado; para pasar a ser identificadas como Bandas Criminales Emergentes, (BACRIM), Grupos Armados Organizados y Grupos delictivos Organizados.

Conforme a la directiva 014 de 2011 del Ministerio de Defensa Nacional, las BACRIM son consideradas como Bandas Criminales Emergentes debido a que eran reductos de las autodefensas que no se habían desmovilizado en el proceso de paz desarrollado en el periodo presidencial de Álvaro Uribe. Sin embargo, este término es acuñado dentro de la política de seguridad democrática como la designación de un grupo criminal pequeño con baja estructura militar y operacional. Con el paso del tiempo; ampliaron su organización y hoy se conocen como GAO.

La resolución 015 de 2016 que hace referencia al concepto de Grupo Armado Organizado (GAO) señala:


(…) Estos grupos carecen de ideología política y la aplicación de la presente directiva no les concede estatus político alguno. Sin embargo, no por ello, se puede desconocer que su actuación tiene un alcance nacional e internacional, que, a partir de la concertación de sus integrantes, está asociado para la comisión de diferentes delitos con fines económicos y materiales (Ministerio de Defensa Nacional: 2016, p. 4).


Específicamente se identifican por: a.


(…) Que use la violencia armada contra la Fuerza Pública u otras instituciones del Estado, la población civil, bienes civiles o contra otros grupos armados.” b. “Que tenga la capacidad de generar un nivel de violencia armada que supere la de los disturbios y tensiones internas.” c. “Que tenga una organización y un mando que ejerce liderazgo o dirección sobre sus miembros, que le permitan usar la violencia contra la población civil, bienes civiles o la Fuerza Pública, en áreas del territorio nacional (Ibíd.: p. 5).


A contrario sensu, por Grupo Delictivo Organizado se denominará como aquel: estructurado por tres o más personas que exista durante cierto tiempo y que actúe concertadamente con el propósito de cometer uno o más delitos graves o delitos tipificados con arreglo a la Convención de Palermo, con miras a obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico u otro beneficio de orden material. Los delitos cometidos


por estos grupos no necesariamente tendrán que ser de carácter transnacional, sino que abarcarán tipos penales en territorio nacional.

Esa distinción de organizaciones criminales constata la existencia de un conflicto armado que se ha degradado por razones ideológicas y criminales (Carvajal Martínez: 2015), en el que cada uno ha delimitado su poder de acción de acuerdo a sus intereses, que pueden ser de variada índole, lo que quiere significar que su existencia puede tener varias finalidades a la de enriquecerse económicamente; en consecuencia, la calificación de organizaciones criminales no está íntimamente limitada a móviles económicos, pues puede obedecer a fines políticos, terroristas, fundamentalistas que le otorguen un tratamiento jurídico diverso, lo que no quiere decir que éstas no efectúen comportamientos penales graves y que se asocien con otras estructuras criminales de la geografía mundial (Sánchez Herrera: 2012).

Según la agencia para la reincorporación y la normalización hay 59.906 desmovilizados, gran parte de ellos sometidos al escenario de la justicia transicional reglamentada en los periodos de los presidentes Uribe y Santos, lo que implica teóricamente el desaparecimiento de grupos desestabilizadores de la institucionalidad; sin embargo, de su desaparición subsisten grupos autónomos que cuentan con poder militar y que dedican sus actividades a diversos fines, estos se han identificado como: Grupos Armados Organizados y Grupos Delictivos Organizados.

De acuerdo con la directiva 015 de 2016, se puede observar que el concepto de organización criminal tal como consta en la Convención de Palermo pertenece al grupo GDO, son estructuras criminales que cometen delitos graves y realizan actividades de delincuencia transnacional, mientras que los GAO son considerados como grupos que amenazan la estabilidad institucional, realizan ataques en contra de la fuerza pública y la población civil, tienen una estructura armada organizada que choca con el poder de sometimiento institucional, en relación a su armamento y logística, lo que refleja que su capacidad de destrucción sea mayor, no cuenta con un proyecto ideológico o político, sus intereses son egoístas, así como tienen la facultad de efectuar operaciones militares sostenidas. Al respecto el Proyecto de Ley 14 de 2017: “Por medio de la cual se fortalecen la investigación y judicialización de organizaciones criminales y se adoptan medidas para su sujeción a la justicia”, afirma:

(…) Los GAO se especializan en la explotación de economías ilegales tales como el narcotráfico, incluyendo toda la cadena de producción (adquisición de insumos, cultivo, cosecha y procesamiento) transporte, distribución y lavado de ganancias; la minería ilegal de metales preciosos como el oro, el platino y las esmeraldas, así como de metales de uso industrial como el coltán; la trata de personas en la modalidad de trata de blancas (hombres y mujeres obligados a ejercer la prostitución) y la trata de inmigrantes; el contrabando, especialmente de combustibles, artefactos tecnológicos y vestuario, con doble propósito, el blanqueo de capitales de otras rentas ilegales y la ganancia directa del ilícito en cuestión; la corrupción de las rentas estatales (captura de espacios de la administración pública a nivel subnacional) a través del desfalco de fondos o la cooptación de puestos públicos y contratos públicos. Así mismo, bajo la modalidad de franquicias criminales, los GAO. “Subcontratan” o “tercerizan” actividades criminales, como las extorsiones, secuestros y homicidios fletados, a Grupos Delictivos Organizados (GDO); igualmente, les entregan el control de la administración del microtráfico para generar rentas adicionales. Estas organizaciones en todo sentido carecen de plataformas políticas; en ningún caso se puede concebir la idea de un proyecto político o de la existencia de una ideología central que guíe las actividades de dichas organizaciones; su objeto es la consecución del lucro (Congreso de la Republica: 2017, p. 27).


Una diferencia fundamental dentro de la reacción institucional frente a este fenómeno criminal radica en que los GAO serán combatidos por las Fuerzas Militares o por comandos especiales de la Policía Nacional, bajo el estatuto de DIH, debido a su poder militar mientras que los GDO serán combatidos por la policía


nacional, con base en las normas de los DDHH, debido a que son estructuras pequeñas y encaminan su ejercicio a actividades económicas estrechamente relacionadas con el crimen organizado convencional debido a que estos grupos no ponen en peligro a la institucionalidad.

Lo paradójico es que, aunque se han desmovilizado los actores armados del conflicto, han aumentado las actividades de cultivos ilícitos, en 2016 se tienen registradas oficialmente 146.000 hectáreas de hoja de Coca, lo que tiende a igualar la cifra registrada de 163.000 hectáreas del año 2.000; de acuerdo con el Observatorio de drogas en Colombia:


Los departamentos de Nariño, Putumayo, Norte de Santander y Cauca concentran el 72% de toda la coca sembrada en el último año en el país. Cabe resaltar que seis departamentos tienen menos de 50 hectáreas: Santander, Magdalena, Cesar, Guainía, Boyacá y Arauca, mientras que Cundinamarca, Caldas y La Guajira se encuentran libres de cultivos de coca (Reporte de Drogas de Colombia: 2017, p. 64).


La razón que tiene el observatorio nacional de drogas sobre el aumento de cultivos ilícitos en el periodo de 2016, se establece en:

Período 2014-2017 (T3): Tendencia al incremento de los cultivos y la producción de drogas que podría coincidir con hechos como el posible aumento de las expectativas de los cultivadores para recibir beneficios como contraprestación por la eliminación de los cultivos de coca; el incremento del precio de la hoja de coca en un 40%; la reducción de riesgos al productor; los elementos coyunturales asociados a las economías del oro y petróleo; y la devaluación del peso (Ibíd.: p. 63).


Sin embargo este hecho está íntimamente ligado a la aparición de bandas criminales emergentes en 2013, reductos de las autodefensas que no se desmovilizaron y se establecieron como organizaciones criminales dedicadas al narcotráfico y especialmente a la eliminación del método de fumigación de cultivos ilícitos con glifosato, cosa que también influyó drásticamente en las áreas afectadas al incrementar su producción, es de advertir que la erradicación manual de coca ha disminuido a cero (0) en 2018 (Observatorio de Drogas de Colombia: 2018).

El observatorio de drogas de Colombia indica que Tumaco tiene la mayor producción de hoja de coca con 23.148 hectáreas sembradas correspondiente al 16 % de la coca del país (Reporte de Drogas de Colombia: 2017, p. 20); este municipio tiene un grave problema de orden público debido a la presencia de organizaciones criminales que ejercen su poder frente al negocio del narcotráfico y especialmente con la actividad de cultivos ilícitos, casas de pique, (casas en las que se descuartizan y torturan personas), explotación a niños y explotación sexual, lo que coincide con los elementos planteados en relación al abandono Estatal en grandes sectores del territorio nacional.

Esa situación de pobreza, violencia y abandono la vive el Cauca, Nariño, Putumayo, Norte de Santander,

específicamente en el Catatumbo, en donde la situación de orden público desborda los marcos legales y clama la intervención Estatal apresuradamente. Esa es la cara del posconflicto, sin embargo, es el escenario regional en donde se vive la nueva mutación de las organizaciones criminales y la violencia.


4. CONCLUSIONES


Las organizaciones criminales se han apropiado de la globalización, información y tecnología para desarrollar su actividad delictiva; se han instituido en un verdadero enemigo privilegiado de la sociedad contemporánea, que desestabiliza a los Estados, sus democracias y especialmente somete al individuo a una permanente vulneración efectiva de sus derechos humanos.

La comunidad internacional debe luchar contra este fenómeno implementando políticas internacionales que igualen materialmente a todos los Estados generando condiciones de vida digna y eliminando circunstancias de pobreza y marginalidad que posibilitan este fenómeno criminal.

Las organizaciones criminales en las sociedades globalizadas, no solo realizan actividades con fines de lucro, sino que realizan procedimientos que ponen en peligro la existencia de la humanidad pues son aliadas del terrorismo, la inadecuada utilización de los recursos naturales, la desestabilización de los mercados, lo que provoca: inflación, pobreza y corrupción.

Las organizaciones criminales han modificado su comportamiento en el posconflicto. Colombia pasó de tener enemigos que pretendían someter a las instituciones jurídico políticas a grupos armados organizados y grupos delictivos organizados que se apropiaron de la violencia del conflicto para desarrollar sus actividades delictivas en el contexto de una violencia regional. La pobreza, el abandono y la corrupción institucional de las regiones que experimentan este fenómeno criminal son el verdadero aliado de su existencia.

Colombia en el post conflicto debe dedicar su transformación como nación al afianzamiento y protección

del tejido social, con el objetivo de abandonar el centralismo y empezar a construir un futuro político y administrativo desde el ámbito regional que desarrolle productivamente cada espacio del territorio nacional. De tal forma que la sociedad se convierta en un aliado fundamental del ejercicio de sus derechos humanos, al eliminar toda aspiración facilista de enriquecerse a costa del delito.

Colombia debe realizar una revolución educativa que elimine la “cultura de la ilegalidad” y afiance los valores de una sociedad justa y libre. Debe y tiene que utilizar la globalización y la tecnología como mecanismo expedito para afianzar los lazos culturales y sociales, sin perder su identidad nacional.

Colombia debe invertir sus recursos económicos, en las regiones con mayor índice de pobreza. En

consecuencia, debe implementar dinámicas de sensibilización humana encaminada al respeto de los de los derechos humanos y al emprendimiento frente a los escenarios del mercado interno e internacional.

Debe existir una política frontal de lucha contra las organizaciones criminales derivada en dos frentes: políticas públicas, el Estado debe recuperar la zonas del territorio nacional que se han perdido por la violencia fruto del conflicto armado, en consecuencia debe hacer inversión social y no solo presencia institucional armada, debe efectuar una verdadera política agraria y ambiental que transforme al sector agrario y explote adecuadamente la biodiversidad; debe hacer políticas penales que permitan someter rápidamente a los miembros de las organizaciones criminales.


REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS


Agencia para la reincorporación y normalización. Gobierno de Colombia. Estadística histórica desmovilizada. Recuperado en: http://www.reintegracion.gov.co/es/la-reintegracion/. Página revisada por última vez el 6 de mayo de 2018.

Albrecht, H. (2001). Criminalidad transnacional, comercio de narcóticos y lavado de dinero. Universidad Externado de Colombia, Bogotá.


Annan, K. (2004). Prólogo. Convención de Palermo y sus anexos. Recuperado de: https://www.unodc.org/documents/treaties/UNTOC/Publications/TOC%20Convention/TOCebook-s.pdf . Revisada por última vez el 5 de mayo de 2.018. New York.

Ávila Martínez, A. & Pérez-Salazar, B. (2011). Mercados de criminalidad en Bogotá. Rocca, Bogotá.


Basta ya Colombia memorias de guerra y dignidad. Centro de memoria histórica, en: Capítulo II: Los motivos y transformaciones de la guerra. Recuperado de: http://www.centrodememoriahistorica.gov.co/micrositios/informeGeneral/capitulo2.html. Revisado por última vez 06/05/2018. pp. 111-194.

Bauman, Z. & Lyon, D. (2013). Vigilancia líquida. Paidós, Barcelona.


Bauman, Z. (2014). Tiempos líquidos. Vivir en una época de incertidumbre. Ensayo TusQuets, México D.F. Beck, U. (1994). La sociedad del riesgo hacia una nueva modernidad. Paidós, Barcelona.

Bedoya Chavarriaga, J.C. (2015). Derecho y drogas: Inconsistencias de la política pública y penitenciaria.

Novum Jus, 9, (2), pp. 75-94.


Bernal Castro, C. (2013). Bienes jurídicos o protección de la vigencia de las normas. Una lectura desde la historia social del derecho penal. Universidad Católica de Colombia, Bogotá.


Bernal Castro, C. (2015). La investigación penal en las sociedades postindustriales. Una tensión entre el efectivismo y el garantismo penal en el sistema de enjuiciamiento penal colombiano. Universidad Católica de Colombia, Bogotá.


Caparros, E. (1998). El delito de blanqueo de capitales. Colex, Madrid.


Carvajal Martínez, J. (2010). Seguridad ciudadana y política. Novum Jus, 4, (1), pp. 9-32.


Carvajal Martínez, J. (2011). Derecho y lógicas de seguridad en Colombia. Universidad Libre de Colombia, Bogotá.

Carvajal Martínez, J. (2015). La degradación del conflicto armado interno en Colombia: causas y efectos, en: El entramado penal, las políticas públicas y la seguridad. Universidad Católica de Colombia, Bogotá, pp. 10- 33.

Carvajal Martínez, J. (2015). Derecho, seguridad y globalización, Universidad Católica de Colombia, Bogotá. Castells, M. (1999). Globalización, sociedad y política en la era de la información. Universidad Nacional,

Bogotá.


Da Silva Miranda. A. (2014). Tráfico de personas. Una banalización más del mal moderno. Novum Jus, 8, (2), pp. 111-132.

Directiva 014 de 2011. Por la que establece la estrategia nacional de lucha contra las BACRIM. Ministerio de Defensa Nacional, Bogotá.

Directiva Permanente 015 de 2016. Mediante la cual se expiden los lineamientos del Ministerio de defensa, nacional para caracterizar y enfrentar a los Grupos Armados Organizados (GAO), Bogotá.

Elster, J. (2006). El cambio tecnológico. Investigaciones sobre la racionalidad y la transformación social. Gedisa, Barcelona.

Foucault, M. (2005). Vigilar y castigar. Siglo XXI, México D.F.


González González, F.E. (2014). Poder y violencia en Colombia. Edecofi y Cinep, Bogotá.


González Monguí, P.E. (2013). Procesos de selección penal negativa. Universidad Libre, Bogotá.


González Monguí, P.E. (2017). Delitos contra la libertad individual y otras garantías. Universidad Católica de Colombia, Bogotá.

Jakobs, G. & M. Cancio, M. (2005). Derecho penal del enemigo. Universidad Externado de Colombia, Bogotá. Llano Franco, J. (2011). Apuntes para la comprensión del conflicto armado colombiano contemporáneo.

Novum Jus, 5, (2), pp. 9-27.


Llano Franco, J. (2016). Pluralismo jurídico. Diversidad cultural identidad, globalización y multiculturalismo perspectiva desde la ciencia jurídica. Novum Jus, 10, 1, pp. 49-52.

Luhmann, N. (1998). Sistemas sociales. Anthropos, Barcelona.

McLuhan, M. & Fiore, Q. (1969). El medio es el mensaje. Un inventario de efectos. Paidós, Buenos Aires. Ministerio de Justicia (2017). Observatorio de drogas de Colombia. (ODC). Problemática oferta de drogas.

Cultivos. Recuperado de: http://www.odc.gov.co/sidco/perfiles/estadisticas-nacionales . Página revisada el 5 de mayo de 2018.Bogotá D.C.

Ministerio de Justicia (2017). Observatorio de drogas de Colombia.(ODC) Reporte drogas de Colombia. 2017. Recuperado de: http://www.odc.gov.co/sidco/perfiles/estadisticas-nacionales . Página revisada el 6 de mayo de 2018.

Moya Vargas, M.F. (2017a). Semiótica de la Justicia: opción metodológica del derecho. Teoría del Derecho Contemporáneo. Universidad La Gran Colombia, Bogotá.

Moya Vargas, M.F. (2017b). Fundamentos semióticos Para la investigación jurídica. Universidad Católica de Colombia, Bogotá.

Moya Vargas, M.F. (2016). Acerca del principio de congruencia: estudio para un análisis semiótico en el proyecto de reforma a la Ley 906 de 2004. Pensamiento Jurídico, (44), pp. 259-290.

Moya Vargas, M.F. y C. Bernal Castro (2015). Libertad de expresión y proceso penal. Universidad Católica de Colombia, Bogotá

Moya Vargas, M.F. (2015). Producción probatoria de la verdad. Universidad Católica de Colombia, Bogotá. Moya Vargas, M.F. (2013). Óntica, episteme y orígenes del principio de congruencia en el proceso penal.

Revista Sociologia del Diritto, 2, pp. 37-64.


Moya Vargas, M.F. (2010). Una Manifestación de política penal aplicada: el procesamiento de personas ausentes en la Ley 906 de 2004. Defensoría del Pueblo e Imprenta Nacional, Bogotá.

Moya Vargas, M.F. (2012). La Verdad y el espacio procesal penal. Universidad Católica de Colombia, Bogotá. Moya Vargas, M.F. (2011). Relaciones judiciales penales internacionales. Universidad Santo Tomás, Bogotá.

Moya Vargas, M.F. (2008). La Transvaluación: sus posibilidades como categoría de análisis en la

investigación sociojurídica. Novum Jus, 2, (1), pp. 33-68.


Naciones Unidas (2004). Convención de Palermo. Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus protocolos. ONU, Nueva York.

Noguera Sánchez, H. (2013). Democracia dirigida, terrorismo invertido. Normalización del terrorismo de Estado y de la excepcionalidad en la democracia. Novum Jus, 7, (2), pp. 129-156.


Organización Mundial de la Salud. Informe Mundial sobre drogas 2.016: https://www.unodc.org/doc/wdr2016/WDR_2016_ExSum_spanish.pdf, revisada por última vez el 5 de mayo de 2018.

Organización Mundial de la Salud. Informe Mundial sobre drogas 2.017: http://www.odc.gov.co/Portals/1/publicaciones/pdf/internacionales/IN1022017_infome_mundial_sobre_drog as_2017.pdf, revisada por última vez el 5 de mayo de 2018.

Orsi, O. (2007). Sistema penal y crimen organizado. Del Puerto. Buenos Aires.


Pérez-Salazar, B. (2.007). Organizaciones criminales transnacionales, “espacios ingobernados” y una doctrina que emerge. Prolegómenos, 10. (2), pp. 17-26.

Pérez-Salazar, B. (2011). Historias de la captura de rentas públicas en los Llanos Orientales. In: La economía de los paramilitares. Redes, corrupción, negocios y política. Random House Mondadori, Bogotá, pp. 75-147.

Pérez-Salazar, B. & Velásquez Monroy, C. (2013). Procesos de renovación urbana, brecha de rentas del suelo y prácticas predatorias: el caso del polígono de intervención del Plan Centro de Bogotá, en: Colombia centralidades históricas en transformación. Organización Latinoamericana y del Caribe de Centros Históricos OLACCHI, Bogotá.

Proyecto de Ley No. 14 de 2017 Senado “Por medio de la cual se fortalece la política criminal y penitenciaria en Colombia y se dictan otras disposiciones”. Recuperado http://www.comisionprimerasenado.com/proyectos-de-ley-en-tramite/94-proyecto-de-ley-no-14-de-2017- senado-por-medio-de-la-cual-se-fortalece-la-politica-criminal-y-penitenciaria-en-colombia-y-se-dictan-otras- disposiciones. Visitado última vez 6/05/2018.


Registro único de víctimas. Gobierno de Colombia. Recuperado en: https://rni.unidadvictimas.gov.co/RUV, Vista por última vez el 6 de mayo de 2018.

Restrepo Fontalvo, J. (2014). Criminología. Un enfoque humanístico. 4ª ed., Temis, Bogotá.


Sánchez Herrera, E. (2012). Modelos de imputación en la criminalidad organizada, en: XXXIII Jornadas internacionales del derecho penal política criminal y derecho penal. Universidad Externado de Colombia, Bogotá, pp. 339-372.

Silva García, G. (1996). La concepción sobre el crimen: un punto de partida para la exploración teórica, en: Memorias congreso internacional. Derecho público, filosofía y sociología jurídicas: perspectivas para el próximo milenio. Universidad Externado de Colombia y Consejo Superior de la Judicatura, Bogotá. pp. 845- 863.

Silva García, G. (1997). ¿Será justicia? Criminalidad y justicia penal en Colombia. Universidad Externado de Colombia, Bogotá.

Silva García, G. (1998). Delito político y narcotráfico, en: La problemática de las drogas. Mitos y realidades. Universidad Externado de Colombia y Proyecto Enlace del Ministerio de Comunicaciones, Bogotá. pp. 65-90.


Silva García, G. (2000a). Una revisión del análisis económico sobre el derecho. Economía Institucional. (2), pp. 173-196.


Silva García, G. (2000b). La problemática de la corrupción dentro de una perspectiva socio-jurídica. Derecho Penal y Criminología, XXI, (68), Universidad Externado de Colombia, Bogotá, pp. 129-143.


Silva García, G. & Pacheco Arrieta, I. F. (2001). El crimen y la justicia en Colombia según la Misión Alesina.

Economía Institucional, (5), pp. 185-208.


Silva García, G. (2006). Prospectivas sobre la educación jurídica, en: Pérez Perdomo, R & Rodríguez, J. C. (coords.). La formación jurídica en América Latina. Universidad Externado de Colombia, Bogotá. pp. 29-100.

Silva García, G. (2011a). Criminología. Teoría sociológica del delito. ILAE, Bogotá.


Silva García, G. (2011b). Criminología. Construcciones sociales y novedades teóricas. ILAE, Bogotá.


Silva García, G. (2012). De la desviación a la divergencia: introducción a la teoría sociológica del delito.

Derecho y Realidad, 2, (19), pp. 159-182.


Silva García, G. (2015). Secuestro político y control penal en Colombia. Ius Puniendi. Sistema Penal Integral, 1, (1), pp. 569-582.

Silva Sánchez, J. (2011). La expansión del derecho penal. Aspectos de la política criminal en las sociedades postindustriales. Edisofer, Buenos Aires.

Vásquez, J. (2017). Resultados por cifras de atentados víctimas de Escobar. Recuperado en: https://www.semana.com/nacion/articulo/cifras-de-atentados-victimas-de-escobar/. Página revisada por última vez el 6 de mayo de 2018.


Velandia Montes, R. (2012). Delincuencia sexual y populismo penal en Colombia. URVIO. Revista Latinoamericana de Seguridad Ciudadana, 11, pp. 19-32.

Velandia Montes, R. (2015a). La punitividad electoral en las políticas penales contemporáneas, Tomo I. Instituto Latinoamericano de Altos Estudios ILAE, Bogotá.

Velandia Montes, R. (2015b). La punitividad electoral en las políticas penales contemporáneas, T. II. Instituto Latinoamericano de Altos Estudios ILAE, Bogotá.

Vivas Barrera, T.G. & Pérez-Salazar, B. (2016). Sobre la situación de graves violaciones de los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario en contra de las mujeres en el conflicto armado colombiano, en: Derechos humanos, paz y posconflcito en Colombia. Universidad Católica de Colombia, Bogotá. pp. 59- 104.

Zaffaroni, E. (2006). El enemigo del derecho penal. Ibáñez. Bogotá.


BIODATA


Carlos Andrés BERNAL CASTRO: Maestro en derecho Penal de la Universidad de Salamanca, Abogado de la Universidad Santo Tomas. Docente investigador perteneciente al Grupo de Investigación en Conflicto y Criminalidad de la Universidad Católica de Colombia, del cual este trabajo es un producto de investigación.