Universidad del Zulia (LUZ)
Revista Venezolana de Gerencia (RVG)
Año 27 No. Especial 8, 2022, 750-764
ISSN 1315-9984 / e-ISSN 2477-9423
Cómo citar Quezada Castro, G. A., Castro Arellano, M. d. P., y Quezada Castro, M. d. P. (2022). Inteligencia artificial y enseñanza del derecho: su incorporación durante la pandemia de la Covid-19. Revista Venezolana De Gerencia, 27(Especial 8), 750-764. https://doi.org/10.52080/rvgluz.27.8.2
Inteligencia artificial y enseñanza del derecho: su incorporación durante la pandemia de la Covid-19
Quezada Castro, Guillermo Alexander*
Castro Arellano, María del Pilar**
Quezada Castro, María del Pilar***
Resumen
El presente estudio tiene como finalidad analizar la incorporación de la inteligencia artificial en la enseñanza del derecho a nivel universitario durante la pandemia de la COVID-19. Es importante porque se reconoce la necesidad de su incorporación, la misma que fomentaría la lectura, el pensamiento crítico, la cultura investigativa y mejoraría el rendimiento académico del estudiante de derecho. Se desarrollo una investigación cualitativa, con diseño no experimental y nivel exploratorio. Se elaboró un instrumento, el mismo que fue convalidado mediante el método Deplhi. El instrumento se aplicó a 15 abogados que ejercen el rol de docente en universidades peruanas. Los resultados dan cuenta de la importancia de la incorporación de la tecnología, la cual permite un proceso de educación virtual, constituyéndose en una herramienta complementaria en los procesos de formación, con lo cual se teme el reemplazo de los docentes. Se concluyó que es factible la incorporación de la inteligencia artificial en el proceso de formación del estudiante de derecho porque priorizaría la alfabetización digital.
Palabras clave: derecho; discriminación; enseñanza superior; inteligencia artificial; tecnología.
Recibido: 10.06.21 Aceptado: 15.11.21
* Abogado. Docente e investigador de la Escuela Profesional de Derecho. Universidad Señor de Sipán. Perú. Autor para la correspondencia: qcastrog@crece.uss.edu.pe / guillermoquezadacastro@gmail.com. ORCID: https://orcid.org/0000-0002-4868-1664
** Abogada. Doctora en Derecho. Docente. Universidad Alas Peruanas, filial Piura. Perú. Correo electrónico: m_castro_a@uap.edu.pe / ORCID: https://orcid.org/0000-0002-6661-9928
*** Abogada. Doctorando en Educación. Coordinadora de la Escuela Profesional de Derecho en la Universidad Tecnológica del Perú. Correo electrónico: c20853@utp.edu.pe / ORCID: https://orcid.org/0000-0002-1012-570X
Artificial intelligence and legal education: its incorporation during the Covid-19 pandemic
Abstract
The purpose of this study is to analyze the incorporation of artificial intelligence in the teaching of law at the university level during the COVID-19 pandemic. It is important because the need for its incorporation is recognized, which would promote reading, critical thinking, investigative culture and improve the academic performance of law students. A qualitative research was developed, with a non-experimental design and an exploratory level. An instrument was elaborated, the same one that was validated by means of the Deplhi method. The instrument was applied to lawyers who work as teachers in Peruvian universities. The results show the importance of the incorporation of technology, which allows a virtual education process, becoming a complementary tool in the training processes, with which the replacement of teachers is feared. It was concluded that the incorporation of artificial intelligence in the training process of the law student is feasible because it would prioritize digital literacy.
Keywords: law; discrimination; higher education; artificial intelligence; technology.
1. Introducción
La actual pandemia denominada COVID-19 modificó el normal desarrollo de las actividades cotidianas del ciudadano y la tecnología incursionó tangencialmente en el plano laboral, académico y familiar, esto representó un proceso de adaptación o aceptación de una nueva realidad, ante lo cual Carbonel et al, (2021) manifestaron que se produjeron cambios en afectaciones negativas e innovación en salud, emprendimiento, entre otros.
De la revisión de la literatura y del análisis de contenido, la presente investigación tuvo como objetivo analizar la incorporación de la inteligencia artificial en la enseñanza del derecho durante la pandemia de la COVID-19 en las facultades de derecho en las universidades peruanas, con lo cual se podría mejorar el servicio legal desde las aulas universitarias. Para ello se efectuaron entrevistas semiestructuradas a informantes clave. Esta investigación fue importante porque evidencia la factibilidad que la inteligencia artificial pueda ser considerada como tutor online a disposición durante su formación como estudiante de derecho.
La tecnología y la importancia del derecho, es analizada por el investigador Pantoja (2017), al dejar establecido que corresponde uno de los retos del Derecho concebir la nueva percepción de la realidad, a través de los cambios sociales, ello modificó sustancialmente el estudio tradicional de las figuras jurídicas; como por ejemplo, el contrato; por lo tanto, en los próximos años el rol de la abogacía deberá ser ejercitado de manera distinta, como sostiene, Gil (2021), se inicidirá desde la docencia online para promover la adaptación del profesional y su observancia en las normas jurídicas.
La educación virtual y la aplicación del derecho, fue investigada por Ciero (2018), al reconocer que la presencia de la tecnología originará la necesidad de revalorizar la docencia, situación que implica centrar su atención en la relación enseñanza-aprendizaje, ante lo cual, Infante et al, (2021), agregaron que a pesar de la actual pandemia, el sistema educativo continúa optando por el aprendizaje experiencial y el uso maximizado de la tecnología; sin embargo, Ávila (2021), sostiene que la educación virtual privilegió a determinados sectores, no existiendo igualdad de oportunidades para acceder a las clases.
La inteligencia artificial como herramienta complementaria a la educación superior, según Rodríguez (2021), se aprecia desde la incorporación de los sistemas tutoriales inteligentes, cuya finalidad es contribuuir a la resolución de problemas por parte de los estudiantes e incluso, sostienen Castrillón et al, (2021), podrían contribuir en el rendimiento académico de los estudiantes; asimismo, los investigadores Bernate y Vargas (2020) y Holguin-Alvarez et al, (2021), enfatizan que mejoran las competencias digitales, y, Ortega et al, (2021), consideran que deberá existir nuevas estrategias evaluativas por parte de los docentes, toda vez que conforme lo afirman Molina et al, (2021), es un proceso de transición a partir de la enseñanza tradicional hacia la enseñanza a distancia.
La inteligencia artificial y su incorporación en las Facultades de Derecho durante la pandemia de la COVID-19, deriva de diferentes investigaciones, como por ejemplo, Almonacid y Coronel (2020), quienes definen la inteligencia artificial como la capacidad para solucionar problemas utilizando un algoritmo desde un ordenador; ante lo cual, Simon (2021), agrega que, en el campo jurídico, su principal uso se registró a nivel procesal para coadyuvar la labor de los operadores de justicia en un proceso determinado y otorgar la respectiva seguridad jurídica en sus actuaciones; existiendo un punto que fue advertido por Hernández (2019), al manifestar que aún no tiene una regulación legal específica porque no ha desarrollado criterios subjetivos para adoptar una decisión, siendo ello así, siempre será necesaria la presencia de las capacidades humanas para resolver un caso concreto.
A mayor abundamiento, Zabala y Zuluaga (2021), sostienen que la inteligencia artificial tiene como característica imitar la inteligencia humana, simular su comportamiento e implementar emociones, razón por la cual, Porcelli (2020) considera que hasta el momento solo puede realizar una tarea; por ejemplo, jugar y ganar en ajedrez pero aún no desarrolla la suma de aprendizajes como sí lo realiza un ser humano, por lo tanto, Castellanos (2020) difunde la necesidad de implementar la inteligencia artificial para conocer previamente cómo los ciudadanos la utilizarían, y según Nurock (2020) qué medidas las autoridades gubernamentales adoptarían para evitar actos de discriminación.
En ese orden de ideas, Arcaya (2020) determina que el uso de la inteligencia artificial aplicada al campo jurídico será óptimo en la medida que perfeccione su rendimiento a través del aprendizaje; sin embargo, no se conocen estudios con características similares, específicamente, en la formación de estudiantes de Derecho.
Para Corvalán (2018) es la comparación entre inteligencia artificial e inteligencia humana, toda vez que si bien es cierto, ambas surgen de un proceso lógico, existen diferencias marcadas en relación a la conciencia, razonamiento y comprensión de una determinada situación, con lo cual se reconoce que la inteligencia humana permitió desarrollar diferentes innovaciones tecnológicas y es la inspiración de la inteligencia artificial.
Asimismo, la resolución de problemas específicos sí ha tenido éxito en la inteligencia artificial, aún se continúa trabajando para imitar y superar, de ser el caso, cómo actuaría un ser humano en su proceso de razonamiento o adaptación a macro problemas; es decir, cuando existan diferentes problemas y circunstancias de complejidad; este proceso se caracteriza por un aprendizaje continuo a través de la red de internet.
En ese orden de ideas, destaca que el internet es un servicio que es adquirido a cambio del pago mensual, su costo y velocidad varían, atendiendo al operador o zona de cobertura; en cuanto a su uso en la educación superior peruana se aprecia que a consecuencia de la pandemia denominada COVID-19 adquiere mayor notoriedad y se presenta como un bien necesario que permite conservar la relación enseñanza – aprendizaje, por lo tanto, no se concibe su desaparición en este nivel, al contrario, se proyecta como un complemento a las sesiones de clase.
La inteligencia artificial reemplazará la labor del docente originando despidos masivos en las universidades, ante ello, investigadores como Ocaña-Fernández et al, (2019) reconocen la aplicación de la inteligencia artificial como elemento accesorio a la educación personalizada, y según Camilloni (2019) permite evaluar el proceso de aprendizaje que se tienen en las universidades y que ha sido derivado de una adaptación a las circunstancias de la actual pandemia; ello coincide con el reto de las universidades para diseñar una nueva profesionalización, de no realizarse, podría convertirse en despidos masivos y el reemplazo por la automatización del servicio ofertado para el bienestar del estudiante.
Al respecto, Illera (2017) agrega que en la etapa de formación del estudiante universitario se incluyen las prácticas preprofesionales, las cuales representan la oportunidad para medir y aplicar lo aprendido en la malla curricular de una determinada carrera profesional; es decir, el estudiante deberá equilibrar sus responsabilidades en lo que respecta al estudio y al trabajo, ello de por sí genera una sobrecarga cotidiana; este proceso tiene como finalidad el aprendizaje, la identificación con el ejercicio de su profesión y la preparación en competencias laborales.
Para investigadores como Antúnez et al, (2017), la formación del estudiante de Derecho ha transitado desde el aprendizaje memorístico hasta el aprendizaje a través del desarrollo de competencias, esto originó redireccionar el protagonismo hacia el ser humano, el mismo que debía estar vinculado con el desarrollo de la legislación, doctrina, jurisprudencia, costumbre o principios generales del derecho, lo cual ha permitido la evolución de los derechos que en la actualidad se encuentran plenamente reconocidos, por ejemplo, vida, alimentación, educación, vivienda, trabajo, entre otros; razón por la cual, autores como Pezzetta (2017) y Benfeld (2017) sostienen que la malla curricular refleja la proyección del abogado requerido por la sociedad. En Perú, se aprecia que todas las carreras profesionales no tienen las mismas asignaturas en todas las universidades, por lo tanto, es necesario orientar al estudiante para enfrentar los nuevos problemas de la sociedad; aceptar lo contrario, significaría no brindar la importancia del caso al desarrollo de competencias laborales.
Asimismo, Alarcón et al, (2019) confirman que la tecnología aplicada a la formación jurídica solo tiene referencias en calidad de herramientas tecnológicas utilizadas para mejorar el servicio brindado por el abogado hacia sus patrocinados; no se tiene mayor referencia en cuanto al uso justificado o no de la inteligencia artificial en la formación del estudiante de Derecho, lo cual convierte al tema en un vacío posible de ser investigado.
El presente estudio se sustenta en el método analítico-sintético y enfoque cualitativo porque se solicitó la participación de abogados que ejercen el rol de docentes en universidades peruanas. La investigación es exploratoria, toda vez que no se encontró estudio con similares características, siendo necesario sentar bases para el desarrollo de futuras investigaciones. Se utilizó como instrumento la entrevista semiestructurada, la misma que fue proporcionada a 20 docentes; sin embargo, solamente 15 docentes remitieron las repuestas en el tiempo requerido. El instrumento fue convalidado mediante el método Delphi, este método permitió tres reuniones donde participaron 7 profesionales vinculados con las áreas de Derecho, Ingeniería de Sistemas y Pedagogía. Las respuestas de los participantes fueron consignadas en fichas de resumen con la intención de buscar un común denominador para dar respuesta al objetivo de este trabajo.
2. Inteligencia artificial en escuelas de derecho de las universidades
Los resultados son recibidos atendiendo al actual contexto de pandemia denominada COVID-19, los cuales se resumen para un mejor análisis conforme se aprecia a continuación:
2.1. Perspectivas de la inteligencia artificial
Castillo (2020) expresó que “en el Perú no existe regulación legal de la inteligencia artificial, por lo tanto, su uso en la enseñanza del derecho podría representarse como una prueba piloto que se requiere a efectos de comprobar la utilidad en la formación del estudiante de derecho, por lo tanto, la inteligencia artificial sí podría ser programada para ejercer el rol de tutor online en beneficio de la población estudiantil”.
Por su parte, López (2020) afirma que “se debe tener en cuenta que la esencia de la inteligencia artificial es la programación mediante algoritmos, los cuales responden a un proceso determinado de acciones y consecuencias, sería necesario, que un conjunto de abogados previamente conviva con esta tecnología y después de un tiempo concluir si efectivamente es útil para los estudiantes de derecho”.
Quispe (2020) “considera que la inteligencia artificial sí podría ser utilizada en la enseñanza del derecho, aportaría a reducir la brecha digital y permitiría alfabetizar digitalmente a los estudiantes de derecho; asimismo, considero que la inteligencia artificial sí podría ser un complemento en la formación del estudiante de derecho, lo cual permitiría desempeñar el rol de tutor que de manera cercana continúe aprendiendo del proceso de razonamiento del ser humano”.
Asimismo, Zapata (2020) expresó que “particularmente, lo que me preocupa son las consecuencias jurídicas que podrían originarse en el uso de la inteligencia artificial, siendo que, en caso de la comisión de un daño, quién sería el responsable ante el uso inadecuado por proporcionar contenido que afecte, por ejemplo, la intimidad de los estudiantes”.
Seguidamente, Castro (2020) “considero que los estudiantes de derecho no están preparados para asumir la responsabilidad de tener un tutor online con inteligencia artificial, previamente a su uso se podría realizar talleres destinados a reducir la brecha digital y evaluar la necesidad de promover la educación virtual a nivel universitario”.
Núñez (2020) admitió que “La inteligencia artificial requiere un aprendizaje constante y continuo, ello solo es posible en la medida que empiece por comprender inicialmente cómo es el razonamiento del estudiante y posteriormente se enfocaría en aprender cómo es el razonamiento de los estudiantes”.
De otra manera, Sosa (2020) sostuvo que “Se debe tener en cuenta que la formación del estudiante de derecho requiere no solo los conocimientos trasmitidos por el abogado que se desempeña como docente, si no que requiere de conocimientos extrajurídicos que podrían ser obtenidos a partir del uso de la inteligencia artificial. Es emocionante la forma que la tecnología estaría al servicio de la educación superior y al mismo tiempo es una responsabilidad para evitar desencadenar actos contrarios a la ley, por ejemplo, actos de corrupción”.
Además, Márquez (2020) aseveró “que el Derecho debe regular la inteligencia artificial, toda vez que ello brindaría la posibilidad de conservar el manejo de todas sus funciones, de lo contrario, podría presentarse situaciones que atenten contra las buenas costumbres, por lo tanto, no estoy de acuerdo su uso en la enseñanza universitaria, además, porque reemplazaría la labor del docente universitario y podría originar desempleos masivos en los colegas”.
González (2020) enunció “El docente no puede ser tutor o acompañar las 24 horas del día a sus estudiantes, él tiene un conjunto de obligaciones que cumplir, es por tal motivo, que la implementación de la inteligencia artificial sería necesaria para reforzar los conocimientos aprendidos en clase, por lo tanto, considero que la inteligencia artificial sí debería programarse para contribuir a la formación del estudiante de derecho”.
Por otra parte, Peralta (2020) expresó “Considero que la inteligencia artificial podría contribuir con la formación del estudiante de derecho, específicamente, en el aprendizaje de legislación, doctrina y jurisprudencia, estos conceptos permitirían comprender cómo es la estructura del razonamiento y motivación a cargo de los jueces, por lo tanto, considero que sí es necesaria su uso en la educación universitaria”.
Seguidamente, Agurto (2021) enunció “Aunque no se conoce estudios similares, considero que la tecnología y el derecho deben caminar juntos, es decir, a fin que sea factible resolver conflictos jurídicos derivados del uso de internet, ello permitirá concentrar su atención al desarrollo de habilidades digitales, las cuales son requeridas a nivel laboral”.
Por su parte, Saavedra (2021) habló que “La inteligencia artificial podría enseñar al estudiante de derecho cómo es el razonamiento que utilizó un juez para resolver un caso y al mismo tiempo aprender en forma recíproca cuáles son las emociones inmersas en un ser humano; de igual forma, sería ideal que los estudiantes experimenten el aprendizaje y mejora continua, ello brindará un punto de vista alternativo al uso tradicional de la tecnología”.
Lozada (2021) en su perspectiva afirmó, “considero que sí, en un primer momento la inteligencia artificial podría ser el soporte teórico del estudiante de derecho y a medida que vaya aprendiendo podría ser considerado como un tutor online, el cual tendría como función desarrollar competencias digitales en el estudiante y al mismo tiempo podría ser objeto de consulta de información jurídica especializada”.
Alcas (2021) refrendó que “La formación del estudiante de derecho, hoy, debe estar respaldada de educación virtual, la misma que concibe en la actuación de los cibernautas; en este caso, la inteligencia artificial sí podría ser utilizada para la enseñanza del derecho, enfocándose a ser una herramienta que transmita información jurídica y que sea capaz de aprender junto al estudiante; así el estudiante adquiere conocimientos y mejoraría el proceso lógico característico de la inteligencia artificial”.
Pérez (2021) expuso “que el estudiante de derecho no puede estar alejado de la tecnología, sería un error alejarlo de la misma alegando cualquier pretexto; al contrario, hoy más que nunca la sociedad requiere conocer más y más sobre la tecnología y la información que en ella se transmite, siendo que para el caso del derecho, tarde o temprano se presentarán condiciones de conflictos, las cuales que de no entenderlas no sería de mucha utilidad el sistema jurídico peruano, por lo tanto, es importante que el estudiante cuente con un tutor online, ello favorecería su proceso de formación”.
2.2. Aspectos clave sobre la inteligencia artificial en las universidades
A partir de las perspectivas de los entrevistados se aprecia que se centran en los siguientes temas: a) La tecnología y la importancia del derecho, b) educación virtual y aplicación del derecho, c) inteligencia artificial como herramienta complementaria a la educación superior, d) Inteligencia artificial y su incorporación en las Facultades de Derecho de universidades peruanas durante la pandemia de la COVID-19, e) La inteligencia artificial reemplazará la labor del docente originando despidos masivos en las universidades.
a) Tecnología y la importancia en el derecho
Se advierte como primer tema de discusión respecto a la importancia de la tecnología en el aprendizaje del derecho, el mismo que tiene como objetivo proteger al ser humano, labor que realiza a través de la aplicación de sus fuentes, es decir, de la legislación, doctrina, costumbre, jurisprudencia o principios generales, de tal forma, que ante cualquier hecho que se suscite en la sociedad, debe existir siempre una solución para un determinado caso.
La tecnología y la realidad están vinculadas, toda vez que la primera se proyecta en brindar facilidad en las diferentes actividades que realizan los ciudadanos; hasta el momento solo existe evidencia de ser una herramienta o instrumento utilizado, por ejemplo, en transacciones comerciales, transferencias bancarias, compras online, entre otros; ante lo cual, Castellano y Díaz (2020b), complementan, al mencionar que existe relación entre la sociedad del conocimiento y las tecnologías de información y comunicación.
Sin embargo, para determinar la importancia de la tecnología en el aprendizaje del derecho, se debe comprender específicamente, cómo se produce la toma de decisiones, puesto que ello permite otorgar seguridad y confianza jurídica en la administración de justicia (Rincón y Martínez, 2020), y esta labor es pasible de ser producida desde la inteligencia artificial.
La aplicación del derecho desde la inteligencia artificial requiere la programación mediante algoritmos, los cuales deben ser diseñados de manera precisa y con la opción de adaptabilidad a las nuevas circunstancias, de lo contrario, sólo sería considerado como una máquina que almacena información, razón por la cual, los investigadores Díaz et al, (2021), expresaron que el uso de la inteligencia artificial genera mejores docentes con gestión y actualización en sus conocimientos.
En esta oportunidad, se pretende considerar que la inteligencia artificial tiene la opción tanto de aprender y transmitir conocimientos adquiridos, ello es posible desde la programación, es decir, que para su fase inicial tendría que estar presente abogados especializados e ingenieros, los primeros de los mencionados brindarán información y modificarán alguna respuesta, de ser el caso, los restantes programarán algoritmos de acuerdo a las necesidades derivadas de los cambios detectados; conforme se aprecia es un trabajo de equipo, por lo tanto, debe ser ejecutado hacia la perfección.
Lo cierto es que podrían transcurrir años para que la inteligencia artificial sea aplicada en el derecho y ello se comprueba a partir de las respuestas de los participantes en el presente estudio, quienes reconocen su importancia, pero también reconocen que debe existir no solo una fase de prueba sino también una fase constante de aprendizaje – error.
Así las cosas, el equipo investigador advierte que la tecnología sí podría contribuir al aprendizaje en la educación superior, siendo necesario iniciar con una fase de prueba en los estudiantes de derecho a fin de determinar avances o retrocesos; no se trata de una competencia entre seres humanos y tecnología, al contrario, se trata de buscar un mecanismo que contribuirá a la formación del estudiante y al mismo tiempo continuará perfeccionándose la inteligencia artificial, a través de lo aprendido.
Lo descrito no expresa nada nuevo de lo que ya se existe en la realidad, hoy, se convive con las máquinas y con la tecnología, sin embargo, la presente inquietud investigativa deriva hacia la complementariedad de la inteligencia humana con la inteligencia artificial, función que podría realizarse a nivel exploratorio en las universidades peruanas.
b) Educación virtual y aplicación del derecho
Respecto a la educación virtual y su aplicación del derecho, toda vez que de los resultados obtenidos destaca la ausencia de la educación virtual, ello podría originar desventajas para todo aquel que no solo interactúa por internet, sino que al utilizar la tecnología no se encuentra con similar acondicionamiento logístico que le permita acceder, navegar y descargar con normalidad.
En este sentido, el concepto de brecha digital debe ser mencionado, puesto que hace referencia a aquella diferencia de conocimientos que existen entre ciudadanos, lo cual podría no solo ser un desmotivador del uso de la tecnología, sino que podría ser considerado como un vacío para cometer actos ilícitos, siendo los perjudicados aquellas personas que no conocen las ventajas y desventajas derivadas de la tecnología o el internet.
Por un lado, se aprecia que el Estado tiene la obligación de reducir la brecha digital, pero definen los resultados, sin ellos, el avance de la tecnología será cada vez superior y el incremento de la brecha digital será inevitable; esta idea podría estar más cerca de comprobarse en la sociedad.
Asimismo, se debe tener en cuenta que, en el contexto actual, la pandemia denominada COVID-19 originó que se reconozca a la tecnología y al internet como un bien necesario, esto permitió la continuación de los servicios que brinda el sector público, el servicio educativo, el sector empresarial, quienes tuvieron que reinventarse para conservar su presencia en la sociedad y no desaparecer ante esta crisis sanitaria mundial.
Los participantes del presente estudio conciben que la educación virtual es importante porque todo ciudadano debe tener las mismas condiciones en el ejercicio de sus derechos, cuando ello no ocurre, podrían evidenciarse casos de discriminación, situación que no debe ser permitida en una sociedad que se caracteriza por la protección de los derechos de sus ciudadanos.
En ese orden de ideas, al implementar la inteligencia artificial en la enseñanza del derecho se evidencia que una necesidad de su incorporación es fortalecer la promoción de la educación virtual, para lograrlo es necesario concientizar a la población estudiantil con la finalidad que reconozca los beneficios de lo comentado en su proceso de formación como futuros profesionales.
c) Inteligencia artificial como herramienta complementaria a la educación superior
Asimismo, respecto a la inteligencia artificial como herramienta complementaria a la educación superior, es de expresar que la tecnología debe adaptarse a los requerimientos exigidos por la educación superior, sostener lo contrario representaría desconocer los beneficios que contiene para los estudiantes universitarios.
En la educación superior peruana no se aprecia la utilización de la inteligencia artificial, específicamente, ejerciendo el rol de tutor online que aporte al proceso de formación de estudiantes de derecho, ello permitirá enriquecer los conocimientos adquiridos por el ser humano, ante lo cual, Castellano y Díaz (2020a) expresan que el docente universitario debe reunir las competencias y criterios orientados hacia la planificación y comunicación en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
Se debe tener en cuenta que la inteligencia humana se caracteriza por la coordinación de redes neuronales y la inteligencia artificial por el reconocimiento de operaciones aritméticas-lógicas (Morales, 2021), siendo el aprendizaje la similitud que se pretende atribuir a las mencionadas.
Para lograrlo, es necesario que el Estado asuma una política interna relacionada con la alfabetización digital, la misma que es condición básica para estandarizar la igualdad de oportunidades en cuanto al acceso a la tecnología o al internet y constituye una de las acciones concretas que podrían emprenderse firmente para reducir la brecha digital.
Al reducir la brecha digital la tecnología y la inteligencia artificial tendrían mayor solidez de aceptación por parte de la población porque se comprendería de manera irrefutable que su presencia corresponde a mejorar la calidad de vida del ser humano; claro está que lo expuesto, requiere de decisiones concretas hacia la excelencia académica en el nivel universitario; a pesar que en las investigaciones Ibujés y Franco (2019), referían que en el 2021 existiría un decreciente uso del internet en el sector educativo, proyección que fue distorsionada debido al contexteo de la actual pandemia.
Los participantes del presente estudio sostienen que la inteligencia sí podría contribuir a la formación de estudiantes de derecho; se deja establecido que es un complemento a la figura del docente tradicional o virtual y que su razón de ser radica precisamente en determinar su aplicación concreta, toda vez que en cuanto mayor contacto se tenga con la tecnología mayores serán los resultados.
De igual forma, se precisa que esta complementariedad debe ser enfocada con la formación axiológica del estudiante, porque si bien es cierto tendría mayor disponibilidad de información pero ello no debe traducirse como el ocultamiento a los valores y ética que debe desarrollarse desde el pregrado.
d) La inteligencia artificial y su incorporación en las Facultades de Derecho
La inteligencia artificial y su incorporación en las Facultades de Derecho de las universidades peruanas, el cual se centra en complementar la formación del estudiante universitario de derecho, no solo se trata la transmisión de conocimientos si no corresponderá trasmitir cuál es el proceso de razonamiento para adoptar decisiones a nivel jurídico (Canals, 2019).
La formación del estudiante de derecho debe ser integral y acorde a los cambios tecnológicos existentes porque podrían producirse a corto plazo, lo cual expresa de por si el carácter preventivo para utilizar la misma herramienta que la sociedad dispone, es decir, el internet, siendo ello así es fundamental conocer mínimamente las ventajas y desventajas que ello requiered, razón por la cual Morales (2021), agrega que con ello se generan espacios para fortalecer valores como la justicia, el bien común y la seguridad jurídica, los cuales deben ser fortalecidos en el proceso educativo.
Por otra parte, la lógica expresa que la sociedad evoluciona más rápido y que el derecho pretende seguirle los pasos, pero esta frase fue elaborada en un contexto donde el internet no era considerado como un bien necesario, por lo tanto, debería modificarse.
Asimismo, al permitirse la incorporación de la inteligencia artificial en las Facultades de Derecho de universidades peruanas, permitiría que el estudiante gane experiencia en la comprensión del razonamiento y argumentación jurídica; aceptar lo contrario, constituiría perder la oportunidad para desarrollarse directamente en un mundo competitivo.
De igual forma, la inteligencia artificial podría contribuir con la evaluación de las normas jurídicas, evaluar su origen y su vigencia en una sociedad moderna; acceder al sistema jurídico peruano con la intención de mejorar la legislación enfocándose en la protección de bienes juridicos y dejando de lado cualquier intención ajena.
En ese orden de ideas, sí se evidencia la necesidad de incorporar la inteligencia artificial en la enseñanza universitaria peruana, específicamente, en la formación de estudiantes de derecho, lo cual se evidenció con la participación de los abogados que ejercen rol docente en instituciones de educación superior, quienes sostienen que su incorporacion es necesaria como un soporte teórico y práctico, pasible de contribuir en la resolución de casos, aportando para ello jurisprudencia, doctrina y leyes que en forma específica solo es pasible de ser conocida a través de muchos años de experiencia en el ejercicio profesional.
El derecho es demasiado amplio para conocerlo individualmente, por lo tanto, el uso de la inteligencia artificial en la formación jurídica del estudiante sería vital porque fomentaría la lectura, el pensamiento crítico, la cultura investigativa y mejoraría el rendimiento académico del estudiante.
e) Inteligencia artificial y el reemplazo del docente
Respecto a los desempleos masivos por reemplazo a docentes, este punto es muy álgido porque atendiendo a la opinión de los participantes existiría la posibilidad que al incorporarse la inteligencia artificial en las Facultades de Derecho originaría desempleos masivos.
Se debe tener en cuenta que la labor realizada por el abogado que ejerce el rol de docente universitario es insustituible en la formación del estudiante de derecho, aceptar lo contrario, representaría considerar que aquel profesional solo puede transmitir conocimientos, situación que omite la transmisión de sentimientos, pasiones, experiencias, sabiduría, entre otros, que en forma adicional están presentes en la profesión.
Asimismo, es preciso recordar que la inteligencia artificial se proyectaría como el complemento a la labor del docente universitario, con ello no se aprecia reemplazo alguno en la función descrita, antes bien su uso produciría mejora del servicio educativo, toda vez que el aprendizaje y formación del estudiante de derecho no se limitaría a un horario establecido, por lo tanto, existe la intención que la inteligencia artificial sea considerada como un tutor online, el mismo que por sus características estaría disponible las 24 horas del día y los 7 días de la semana.
Así las cosas, se debe reiterar que la inteligencia artificial requiere el aprendizaje continuo a fin de evolucionar y es precisamente la actuación del estudiante de derecho que podría representar la retroalimentación con lo ya aprendido, siendo necesario para ello que las autoridades universitarias incorporen en sus mallas curriculares aspectos relacionados con la alfabetización digital.
La necesidad de incorporar la inteligencia artificial en la formación del estudiante de derecho está vinculada con el ejercicio práctico de la profesión jurídica, es decir, podría incrementar el nivel resolutivo de casos concretos, situación que beneficiaría a la población estudiantil y desarrollaría las competencias laborales que se requiere en las diferentes organizaciones del sector público o privado.
En tal sentido, hasta el momento no existe la mínima intención de reemplazar a los abogados que ejercen rol de docentes universitarios por máquinas cuya esencia sea la inteligencia artificial, ello no es factible porque la inteligencia artificial aún no ha logrado imitar la inteligencia humana, por lo tanto, se debe dejar de lado este mito.
Por otra parte, debe tenerse en cuenta que una de las habilidades del docente universitario es realizar una sesión de aprendizaje, en la cual no solo se transmitirá conocimiento si no que solucionará diferentes problemas temáticos y técnicos, situación que aún no ha demostrado eficiencia por parte de la inteligencia artificial.
En ese orden de ideas, la inteligencia artificial sí es factible ser incorporada en la formación del estudiante de derecho, el cual se beneficiaría del aprendizaje continuo y ejercería el rol de beneficiario en la tutoría online, sin que ello representa la deshumanización del proceso de enseñanza, la proliferación de despidos masivos o la modificación de mallas curriculares.
Finalmente, se deja establecido que si el abogado que ejerce rol de docente omite continuar aprendiendo o investigando, en corto plazo, podría ser reemplazado por otro docente que sí ha desarrollado lo mencionado, toda vez que se debe insistir que el docente brinda un servicio hacia la comunidad educativa, el mismo que mínimamente debe estar actualizado porque el derecho es dinámico y como tal contiene modificaciones; no olvidando que la estructura de la educación superior es brindada por un ser humano hacia otro semejante, situación que debe tenerse en cuenta para incorporar la inteligencia artificial en la enseñanza del derecho.
3. Conclusiones
Es una necesidad incorporar la inteligencia artificial en la enseñanza del derecho a nivel de la educación superior, específicamente, en tiempos de la COVID-19, para lograrlo se requiere que las autoridades universitarias prioricen la alfabetización digital en las mallas curriculares de todas las carreras profesionales.
La incorporación de la inteligencia artificial podría contribuir con la reducción de la brecha digital en beneficio de la población estudiantil universitaria, siendo ello una acción concreta para obtener resultados a corto plazo. La educación virtual es necesaria para promover las competencias digitales que son requeridas a nivel laboral, siendo una ventaja en la formación de estudiantes de derecho.
La inteligencia artificial no reemplazará al abogado que ejerce rol de docente, al contrario, representa el complemento que podría desempeñar el rol de tutor online durante toda la formación del estudiante de derecho, por lo tanto, requiere ser programada mediante algoritmos hacia dicha finalidad.
En cuanto a la inteligencia artificial aplicada a la formación de estudiantes de derecho, a nivel exploratorio, existe la probabilidad de ser incorporada, siempre y cuando exista aplicación del principio del interés superior del estudiante, es decir, los conocimientos y retroalimentación producida a consecuencia del aprendizaje sea beneficiosa para la población estudiantil universitaria.
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