Revista de Ciencias Sociales (RCS)

Vol. XXXII, No. 3, Julio-Septiembre 2026. pp. 605-621

FCES - LUZ ● ISSN: 1315-9518 ● ISSN-E: 2477-9431

Como citar: Rodríguez, A., Casas, D., Reyes, J. M., y Véliz, A. (2026). Del dolor a la lucha: Madres buscadoras resilientes ante los feminicidios/femicidios. Revista De Ciencias Sociales, XXXII(3), 605-621.

Del dolor a la lucha: Madres buscadoras resilientes ante los feminicidios/femicidios

Rodríguez Torres, Alejandra*

Casas Patiño, Donovan**

Reyes Pérez, José Martín***

Véliz Burgos, Alex****

Resumen

Los femicidios/feminicidios son una manifestación extrema de violencia de género, estructural y cultural. Este ensayo pretende mostrar los problemas que existen respecto a la concepción del femicidio/feminicidio, su subregistro, falta de impartición de justicia, y que por respuesta ha generado la organización colectiva de madres afectadas, como activistas de una lucha en búsqueda de la verdad. Los puntos desarrollados tienen como base una investigación documental de instancias internacionales y nacionales con señalamientos en relación con el tema de violencia hacia las mujeres y el feminicidio/femicidio en particular, y se contrasta con la percepción y señalamiento por parte de colectivos de mujeres buscadoras, quienes develan los puntos críticos durante su quehacer. Este colectivo hace frente no solo a la pérdida de su familiar, sino también a las instituciones y autoridades que deberían apoyar y garantizar sus derechos. Su resiliencia está alimentada por el dolor, sufrimiento, duelo, coraje, la frustración “les quitaron todo, hasta el miedo”. La lucha y resistencia de las madres buscadoras, deja evidencia de las violencias sistemáticas y estructurales que enfrentan las mujeres. Si bien la resiliencia nace en el individuo, ésta requiere la acción articulada de acciones institucionales gubernamentales bajo la perspectiva de protección y cuidado de la vida.

Palabras clave: Femicidios; feminicidios; activismo social; resiliencia; muerte.

* Doctora en Ciencias de Salud Colectiva. Docente Investigadora en la Universidad Autónoma del Estado de México, Toluca, México. E-mail: aledefra٢٠١٣@gmail.com ORCID: https://orcid.org/0000-0002-2582-0625 (Autor de correspondencia).

** Doctor en Ciencias de Salud Colectiva. Posdoctorado en Antropología Social. Docente Investigador en la Universidad Autónoma del Estado de México, Amecameca, México. E-mail: capo٧٣٠٢١١@yahoo.es ORCID: https://orcid.org/0000-0002-3129-9418

*** Doctor en Ciencias Penales. Docente Investigador en la Universidad Autónoma del Estado de México, Amecameca, México. E-mail: jmreyesp@uaemex.mx ORCID: https://orcid.org/٠٠٠٠-٠٠٠٢-٨٤٤٣-٦٩٧٣

**** Doctor en Psicología. Docente Investigador del Departamento de Ciencias Sociales en la Universidad de Los Lagos, Osorno, Los Lagos, Chile. E-mail: alex.veliz@ulagos.cl ORCID: https://orcid.org/0000-0003-1371-9041

Recibido: 2026-03-11 • Aceptado: 2026-05-30

From pain to struggle: Resilient searching mothers in the face of femicides/feminicides

Abstract

Femicides are an extreme manifestation of gender-based, structural, and cultural violence. This essay aims to highlight the problems surrounding the concept of femicide, its underreporting, the lack of justice, and the resulting collective organization of affected mothers as activists in the fight for truth. The points developed here are based on documentary research from international and national bodies regarding violence against women, and femicide in particular, and are contrasted with the perceptions and observations of women’s search collectives, who reveal critical issues in their work. This collective faces not only the loss of their loved ones but also the institutions and authorities that should support and guarantee their rights. Their resilience is fueled by pain, suffering, grief, anger, and frustration—”they were taken from us, even our fear.” The struggle and resistance of these mothers provide evidence of the systematic and structural violence that women face. While resilience originates within the individual, it requires coordinated action from government institutions focused on protecting and caring for life.

Keywords: Femicides; feminicides; social activism; resilience; death.

Introducción

El feminicidio/femicidio se trata de una manifestación extrema de violencia de género, que puede involucrar actos de violencia física, sexual, psicológica y económica, y no solo el asesinato en sí, sino también de la violencia estructural que perpetúa la discriminación y subordinación de las mujeres atravesando coyunturalmente y de manera diferenciada en todos los estratos sociales, pero sobre todo afectando a los colectivos más vulnerables, los pobres (Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará [MESECVI], 2008; Gomes, 2013; Morales, 2020).

El proceso de conceptualización del fenómeno de la muerte violenta de una mujer por ser mujer, adquirió importancia en la década de 1970 cuando la expresión “femicidio” (o “femicide” en inglés) fue acuñada por Diana Russell (Rusell y Harmes, 2006; Russell y Radford, 2006). Esta expresión surge como alternativa al término neutro de “homicidio” con el fin político de reconocer y visibilizar la discriminación, la opresión, la desigualdad y la violencia sistemática contra la mujer que, en su forma más extrema, culmina en la muerte. En América Latina, muchas autoras han buscado analizar la situación de las muertes de mujeres desde un punto de vista feminista y de género como la violencia ejercida por hombres contra las mujeres en su deseo de obtener poder, dominación y control. Estas definiciones advierten acerca de la existencia de sistemas patriarcales más amplios de opresión hacia las mujeres.

La investigadora mexicana Marcela Lagarde acuñó el término “feminicidio”. Lo definió como el acto de matar a una mujer sólo por el hecho de su pertenencia al sexo femenino, con el propósito de denunciar la falta de respuesta del Estado en esos casos y el incumplimiento de sus obligaciones internacionales de garantía, incluso el deber de investigar y de sancionar. Por esta razón, Lagarde considera que el feminicidio es un crimen de Estado. Se trata de “una fractura del Estado de derecho que favorece la impunidad” (Lagarde, 2005, p.155). Julia Monárrez (2004), considera que:

El feminicidio comprende toda una progresión de actos violentos que van desde el maltrato emocional, psicológico, los golpes, los insultos, la tortura, la violación, la prostitución, el acoso sexual, el abuso infantil, el infanticidio de niñas, las mutilaciones genitales, la violencia doméstica, y toda política que derive en la muerte de las mujeres (…) tolerada por el Estado. (p.16)

Como se observa, estas definiciones contienen, en sentido amplio, todas las manifestaciones de violencia contra las mujeres y, en sentido estricto, aquellas muertes violentas de mujeres por razones de género que quedan en la impunidad, como consecuencia de la omisión de las autoridades estatales para prevenir y eliminar estos delitos. En suma, los femicidios/feminicidios son el reflejo de una cultura de odio y discriminación hacía las mujeres y un índice del fracaso del sistema de justicia penal para sancionar a los perpetradores de estos crímenes. En esta perspectiva, la violencia de género es estructural, sostenida por una supremacía patriarcal de género que permite que los hombres tengan poder sobre las mujeres y se perpetúa intergeneracionalmente (Soto et al., 2019; Donoso et al., 2021; Denegri et al., 2022).

En la actualidad, todos los países y territorios de América Latina y el Caribe cuentan con leyes dirigidas a prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres; 14 países han adoptado leyes integrales que amplían la comprensión y rango de acción contra la violencia de género; y, 19 países han aprobado leyes y protocolos que penalizan el femicidio/feminicidio o las muertes violentas de mujeres por razón de género.

Lo anterior, en gran medida, como resultado de la adopción de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing en 1995 (ONU Mujeres, 2014) y de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer según la Convención de Belém do Pará (Organización de Estados Americanos [OEA], 1994), así como de la Agenda Regional de Género en el marco del Desarrollo Sostenible hacia 2030 acordada en la Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe 1977 (Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres) [CEPAL y ONU Mujeres], 2024).

Países como México (Ley General de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia de 2022), Costa Rica (Ley 8589 de 2007) y El Salvador (Decreto No. 520 de 2011), crearon leyes específicas que tratan el feminicidio como un crimen. En Chile (Ley 21212 de 2020; Ley 21675 de 2024), Perú (Ley No. 29819 de 2011) y Nicaragua (Ley No. 779 de 2014), el código penal fue cambiado, incluyendo el tipo penal feminicidio.

En 2023, al menos 3.897 mujeres fueron víctimas de femicidio o feminicidio en 27 países y territorios de América Latina y el Caribe. Esto representa al menos 11 muertes violentas de mujeres por razón de género cada día en la región, según los últimos datos informados por organismos oficiales al Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe (OIG) de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL, 2024) (ver Gráfico I).

Fuente: CEPAL (2024).

Gráfico I: América Latina y el Caribe (18 países y territorios): femicidio o feminicidio, 2023

Las encuestas nacionales revelan que entre el 63% y el 76% de las mujeres han experimentado algún tipo de violencia por razón de género en algún ámbito de su vida y, según estimaciones de la Organización Mundial de la Salud, 1 de cada 4 mujeres en la región ha experimentado violencia física y/o sexual por parte de su pareja al menos una vez a lo largo de su vida. Las niñas y adolescentes también se encuentran especialmente expuestas a la violencia de género con los matrimonios y uniones infantiles tempranas y forzadas, que afectan a 1 de cada 5 niñas en la región (CEPAL, 2024).

Pese a todas las acciones internacionales, interinstitucionales y los compromisos políticos por disminuir los femicidios/feminicidios, éstos continúan siendo un motivo de indignación y vulnerabilidad de derechos hacia las mujeres. El presente documento pretende acercar al fenómeno de los femicidios/feminicidios en el contexto mexicano y mostrar una respuesta social organizada de relevancia como el colectivo “madres buscadoras”, las cuales han sido una fuerza de resistencia y al mismo tiempo ha servido como un instrumento de resiliencia ante la falta de acciones y soluciones institucionales que deberían velar y garantizar los derechos de las mujeres.

1. Femicidio/feminicidio en México: las estadísticas oficiales.

Una de las directrices internacionales para homologar la medición estadística de los delitos, es la Clasificación Internacional de Delitos con Fines Estadísticos (ICCS por sus siglas en inglés). Si bien, esta clasificación no presenta una categoría específica para el feminicidio, lo define como el asesinato de una mujer por motivos de misoginia o de género y lo incluye como parte del delito de homicidio intencional, en la categoría de actos que causan la muerte o que tienen la intención de causarla (Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito [UNODC], 2015). Con base en la ICCS, en México se elaboró la Norma Técnica para la Clasificación Nacional de Delitos para Fines Estadísticos (NTCND) que busca homologar datos a nivel nacional de frente a las discrepancias que existen en la definición de actos delictivos entre los distintos códigos penales del país.

La NTCND establece las directrices técnicas para que las instituciones públicas registren los datos relacionados con delitos conforme a los mismos criterios, lo cual permite estandarizar la información de las diferentes etapas del proceso penal: seguridad pública, justicia alternativa, procuración e impartición de justicia y sistema penitenciario (Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica de México [SNIEG], 2018).

En México, cuando ocurre un feminicidio intervienen diferentes autoridades que registran información sobre la víctima y los hechos del fallecimiento, esto ocurre en distintos momentos dependiendo de quién conoce primero del fallecimiento. El proceso que en general se sigue se muestra en el siguiente esquema (ver Figura I).

Fuente: Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI, 2023)

Figura I: Proceso de registro y determinación de un feminicidio

Si algún médico, de institución pública o privada, es quien primero conoce la defunción y determina que ésta ocurrió por causas externas, como es un accidente, suicidio (agresión autoinfligida) o donde hubo la presunta comisión de un delito, tiene que avisar al Ministerio Público.

Si la policía, ya sea municipal, estatal o federal, conoce primero del fallecimiento, tiene la obligación de asegurar la escena del incidente; preservar cualquier evidencia; notificar a las autoridades competentes (superior jerárquico y/u otras instituciones de seguridad pública, fiscalía local o Fiscalía General de la República) y coordinar con estas las acciones para el manejo del caso, esto con apego a lo que establece el Protocolo Nacional de Actuación del Primer Respondiente.

Una vez que intervienen las autoridades ministeriales, se hace la inspección del cadáver, el levantamiento del cuerpo y se traslada a los anfiteatros de los servicios médicos forenses. Ahí, el personal de servicios forenses realiza un examen más detallado sobre las causas de la muerte, el cual puede incluir análisis de laboratorio como son pruebas toxicológicas, pruebas de genética forense, dactiloscopia y odontología forense, entre otros. Es el médico forense quien expide el certificado de defunción dentro de las siguientes cuarenta y ocho horas después de que ocurrió el fallecimiento o de que se encontró el cuerpo, según corresponda. Practicada la necropsia, o la dispensa de esta, se procede a la sepultura del cadáver, quedando prohibida su incineración.

En el certificado de defunción se registran datos de la víctima, la presunta intencionalidad del hecho, las circunstancias en las que ocurrió, si se practicó la necropsia, el número de acta donde se registró en el Ministerio Público y, en el caso de muerte violenta, la relación de la persona fallecida con el presunto agresor. El Ministerio Público documenta todas las diligencias y actividades que realiza durante la investigación en una carpeta de investigación. Cabe señalar que cuando se trata de la muerte violenta de una mujer, las autoridades que investigan deben implementar perspectiva de género para realizar las actividades, gestiones e indagaciones correspondientes, incluso en los casos que aparenten ser consecuencia de un suicidio, accidente o crímenes distintos al feminicidio.

En ٢٠٢٢ se registraron en el país ٣٣.٢٨٧ muertes por presuntos homicidios, de las cuales ١١,٨٪ (٣.٩٢٨) fueron muertes de mujeres. Se estimó una tasa de ٥.٩ defunciones de mujeres por presunto homicidio por cada ١٠٠ mil mujeres. El ٢٥,٨٪ de las defunciones por presunto homicidio de mujeres, ocurrieron por algún tipo de ahorcamiento, ahogamiento, sumersión y por agresiones con objetos punzo cortantes (INEGI, ٢٠٢٣). Al analizar el tipo de agresiones que causaron los presuntos homicidios y el sitio donde ocurrieron los ataques, se encontró que, ٢٠,٠٪ (٧٨٥) fallecieron a causa de disparo de arma de fuego en la vía pública; mientras que ٩,١٪ (٣٥٩) de las mujeres fueron agredidas en la vivienda con este tipo de armas y fallecieron ahí mismo.

2. La situación del feminicidio desde la mirada ciudadana

Contrario a las cifras oficiales, diferentes colectivos y organizaciones civiles denuncian un subregistro del número de femicidios/feminicidios puesto que su reconocimiento depende del acreditamiento de razones de género y no como homicidios dolosos y muchos de los asesinatos son encubiertos tratando de disfrazarse de suicidios o accidentes.

Igual de importante es considerar todos los actos que pueden anteceder a un feminicidio: en relación con la violencia sexual en México, en 2022 se denunciaron 82.715 casos y 23.099 fueron casos de violación sexual. En ese mismo año, se registraron 270.544 casos de violencia familiar (Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio México [OCNF], 2023). La situación de las mujeres, niñas y adolescentes desaparecidas no es asunto menor. De acuerdo con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO), del 01 de enero 2024 a septiembre del 2025 el total es de 20.432 y el número de mujeres reportadas fue de 5.492 (26,88%) (Comisión Nacional de Búsqueda [CNB], 2025).

Las estadísticas sobre femicidios/feminicidios, ya sean tasas agregadas o microdatos, son construidas a partir de registros administrativos de los sistemas de salud, la policía y los sistemas de justicia. La carencia de sistemas informatizados, compromete seriamente las posibilidades para gestionar información (Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo [PNUD], 2022), estas carencias traen aparejadas un mayor grado de discrepancias entre la información aportada por los registros criminales y los certificados de defunción e inclusive al interior de un mismo país, la distribución desigual de recursos entre regiones genera inequidades en el registro y la gestión de datos (Gambetta, 2022).

Son justamente estos colectivos que denuncian el actuar negligente de las fiscalías, la violación al debido proceso, la falta de aplicación de metodologías de investigación, la falta de aplicación de protocolos para muerte violenta, la revictimización de las víctimas directas y sus familias, entre otros (Navarrete, 2022; Juárez et al., 2023; Pérez, 2024; Vacio y Covarrubias, 2025). A ello se suma la culpabilización que busca responsabilizar a las propias mujeres de su propia muerte (Canseco, 2022), a pesar de que en muchos de los casos la omisión institucional y gubernamental derivó en feminicidios que pudieron haber sido evitados promoviendo la “revictimización” reforzada por los estereotipos de género y sesgos sociales (Ochoa y Hernández, 2022).

Las víctimas de feminicidio continúan siendo culpabilizadas por los medios de comunicación. Los medios noticiosos desempeñan un papel fundamental en la formación de las percepciones sociales de la realidad al influir en lo que se considera positivo o negativo, normal o extraordinario, aislado o estructural (Aldrete et al., 2024). Se ha documentado que la prensa retrata los feminicidios como incidentes aislados y tiende a la revictimización, a la justificación del agresor y a la utilización primordial de fuentes policiacas (Salazar y De la Garza, 2020).

Otras formas de culpabilización incluyen mencionar que las víctimas no reportaron la violencia previa a las autoridades, no continuaron con los procesos legales, se encontraban bajo la influencia de alcohol o drogas, estaban en zonas u horarios peligrosos, se relacionaban con personas peligrosas, o fueron causantes del enojo de los agresores (Aldrete, 2023). Un análisis internacional destaca la tendencia de los medios a culpar a las víctimas de feminicidio en 45 países, perpetuando estereotipos dañinos como la infidelidad y la falta de denuncia previa. Esto influye negativamente en la percepción social y la lucha contra la violencia de género. Se revela que se perpetúan estereotipos dañinos, como la infidelidad, promiscuidad y falta de denuncia previa, influyendo negativamente en la percepción social y la violencia de género (Orozco et al., 2020; Aldrete, 2024).

Pese al discurso oficial, la realidad se impone. Los datos gubernamentales registran un grave contexto feminicida a lo largo y ancho de México, en donde el Poder Judicial tiene una deuda con las mujeres, niñas y adolescentes, al no garantizarles el acceso a la justicia. La falta de transparencia sobre las sentencias relacionadas con los casos de feminicidio es también un pendiente, y lo que a todas luces prevalece es la impunidad. En este sentido, existe una estrecha relación entre los asesinatos de mujeres vinculados con la violencia de género y el colapso de las instituciones de justicia, colapso traducido no solo como falta de investigación, persecución, captura, enjuiciamiento y condena de los responsables de los asesinatos de estas mujeres (Zepeda y Jimenez, 2020; Sánchez-Meza y Suau-Gomila, 2023).

La impunidad es uno de los principales problemas en México, aunado a los crecientes niveles de violencia que han sumido al país en una crisis compleja de seguridad y falta de confianza en las instituciones, brecha que le corresponde al gobierno reducir (OCNF, 2023).

A lo señalado se agrega otra controversia, las mujeres buscadoras han tenido que enfrentar la deslegitimación de sus descubrimientos cuestionadas por las autoridades y las ciencias forenses, quienes ponen en tela de juicio el conocimiento especializado versus la investigación empírica (Farfán y Gastélum, 2024).

Los trabajos de estos colectivos han apoyado a centros académicos como la Universidad Nacional Autónoma de México para la generación “Protocolos basados en evidencia para la búsqueda de personas desaparecidas” y creación del programa Angelus, software que aplica una red de algoritmos para procesar y cruzar una gran cantidad de datos y detectar la existencia de patrones, contextos y conexiones que puedan facilitar la búsqueda de personas desaparecidas, o el CentroGeo que es un sistema de información geográfica que aporta información de entidades del gobierno y sector civil para identificación de potenciales fosas clandestinas y personas desaparecidas (Quinto-Sanchez, 2022; Alegre-Mondragon y Silvan-Cárdenas, 2024; CentroGeo, 2025).

Este tipo de contribución ciudadana con investigadores científicos profesionales se ha descrito como una “ciencia ciudadana” donde los investigadores se consideran parte de los fenómenos investigados y no niegan su papel de activistas sociales como parte de un proceso de investigación-acción. Este posicionamiento no está exento de críticas y hay quienes señalan que, si el ciudadano lidera los procesos de investigación con intereses en generar resultados a su favor, se puede producir una desinformación y debilitar la credibilidad de la ciencia y generar más daño social que beneficio. Sin embargo, su contraparte lo describe como un dispositivo postbiopolítico (psicopolítico) que busca romper los monopolios academicistas del conocimiento científico e incluye a la ciudadanía en las problemáticas a investigar, la recolección de datos, el análisis de éstos y su discusión (Blasco et al., 2021; D’Onofrio et al., 2024).

La respuesta de los colectivos inició a partir de 2006 debido a la desesperación de familiares ante la falta de respuestas y de acciones efectivas por parte de las autoridades para encontrar a sus seres queridos desaparecidos, principalmente en el contexto de la Guerra contra el Narco. Estos colectivos estaban y están formados principalmente por madres y familiares, y han crecido en número a lo largo y ancho del país y se han extendido a otros países (Farfán y Gastélum, 2024).

3. Colectivos de búsqueda de personas: “madres buscadoras”

Las “madres buscadoras” forman parte de un movimiento que comenzó a tomar fuerza en 2019, especialmente en la provincia de Sonora, al norte de México. Su principal motivación es encontrar a sus hijos, hijas y otros seres queridos, a pesar de no tener el apoyo de las instituciones del Estado. Realizan rastreos en terrenos baldíos, ríos y otras zonas, utilizando sus propias herramientas y conocimientos. Localizan fosas clandestinas para encontrar cuerpos o restos humanos y, con ello, obtener una respuesta para las familias. Se apoyan unas a otras, formando una red de solidaridad y fuerza para continuar con su dolorosa y agotadora labor (González, 2020; Castro, 2021).

Los movimientos activistas maternales en México tienen antecedentes con el Comité Eureka, en 1977, que surgió por la desaparición de numerosos activistas durante las protestas estudiantiles de 1968 (Martínez, 2025). Actualmente, existen más de 230 colectivos en diferentes Estados de México, los cuales forman parte de redes más amplias, como el Movimiento por Nuestros Desaparecidos en México (MNDM), con presencia nacional y también en otros países.

Este movimiento empezó en marzo de 2015, con un conglomerado de 35 colectivos para luchar por la existencia e implementación de la primera Ley General en materia de desapariciones en México (Movimiento por Nuestros Desaparecidos en México, 2025). Su labor ha visibilizado la grave problemática de las desapariciones en México y ha presionado a las autoridades para que asuman su responsabilidad. Han recibido apoyo de organizaciones civiles, universidades y organismos internacionales, que buscan darles herramientas para la búsqueda y el acceso a la justicia. Son vistas como un símbolo de resiliencia y de la lucha por los derechos humanos en el país.

Las principales acciones colectivas señaladas en la Figura II, dan cuenta de la participación en las acciones de investigación mediante conocimiento tradicional, técnico en territorio, con herramientas que ellas tienen acceso, con lo que han ido desarrollando habilidades para asumir roles protagónicos a pesar del desgaste físico y emocional que esto implica.

Fuente: Tello (٢٠٢٥).

Figura II: Acciones de investigación según el colectivo de búsqueda

Además de las violencias estructurales e institucionales, las “madres buscadoras” tienen que lidiar con la violencia del crimen organizado sin protección, pero con la convicción de defender el derecho de las y los desaparecidos a ser buscados y luchar por el derecho a la verdad y a la justicia de cada uno de los casos: “les quitaron todo, hasta el miedo”, así es como lo titula la página web de la ONU mujeres México (https://mexico.unwomen.org/es/stories/noticia/2022/12/madres-y-familias-buscadoras-les-quitaron-todo-hasta-el-miedo).

4. Resiliencia en la lucha de las madres buscadoras

Más allá de los marcos legales, penales, operacionales y conceptuales, las “madres buscadoras” son colectivos que construyen su resiliencia en base al dolor, el sufrimiento, el duelo, pero también al coraje, la frustración y la ira frente a la falta de respuesta de las instituciones sociales y del propio Estado que deberían de velar por el cuidado y las garantías hacia las mujeres (Infante et al., 2025). Esta resiliencia también ha sido un proceso de construcción de la mujer como sujeto y de restauración de valores y normas que sostienen las relaciones entre las mujeres y los hombres, cuestionando el orden social emergente de dominio y poder de los hombres frente a las mujeres (Caputi y Rusell, 2006).

La resiliencia que desarrollan estas mujeres se construye de manera individual, en cuanto a la capacidad de las personas de absorber los cambios, adaptarse a ellos o de transformarse, no solo para superar las pruebas que tienen que lidiar en su(s) búsquedas, sobrellevar el duelo, modificar su(s) dinámicas familiares su fuente de ingresos, entre otros; y de manera colectiva, compartiendo las discriminadas en las instituciones y estructuras sociales y, con ello, a convertirse en actores resilientes.

Por eso, las mujeres buscadoras no esperan, sino que se activan, proponen, cuestionan, investigan, buscan, en otras palabras, realizan el trabajo de las autoridades (Farfán y Gastélum, 2024). Estos colectivos no solo proporcionan un espacio de solidaridad y ayuda mutua, sino que también se convierten en una plataforma para exigir justicia y visibilizar la magnitud del fenómeno, lo cual les permite continuar en la lucha hasta encontrar a su familiar, viva (o) o muerta (o) (ver Figura III) (Infante et al., 2025).

Fuente: López (٢٠٢٥).

Figura III: Madres buscadoras cavando una fosa clandestina en Sonora, México

Estos grupos de madres han dejado sus trabajos y sus vidas atrás para dedicarse a buscar a su(s) hija(o)s y a la(o)s hija(o)s de las demás compañeras. Organizan diversos eventos para recaudar fondos que les permitan continuar con sus trabajos de búsqueda, siendo asesoradas por expertos en la materia a nivel nacional e internacional; han aprendido a identificar restos, a escarbar en la tierra y a experimentar la muerte en vida (Piedra, 2024).

La búsqueda de familiares desaparecidos impone una serie de obligaciones que principalmente son asumidas por las mujeres, quienes no solo se encargan del cuidado del hogar, de su núcleo familiar, sino también, el buscar a sus familiares, asistir a diligencias ante autoridades, búsquedas en campo, en vida, movilizaciones sociales, actividades propias de los colectivos de búsqueda, todo ello, compromete a corto, mediano y largo plazo la salud física y mental de las mujeres, niñas y adolescentes.

La atención médica y psicológica es insuficiente o precaria, y las autoridades a menudo niegan la atención argumentando que las enfermedades no están directamente relacionadas con el hecho de la desaparición. Los procesos burocráticos y la falta de continuidad en la atención dificultan el acceso a tratamientos adecuados. Es necesario que se priorice la atención en salud mental de las mujeres, niñas y adolescentes buscadoras, misma que debe ser abordada desde un enfoque holístico y no meramente un tratamiento somático (mediante fármacos), sino que involucre tratamientos psicoterapéuticos que incluyan psicoterapia -individual, grupal o familiar y colectiva. (Litigio Estratégico en Derechos Humanos, A.C. [IDHEAS], 2021).

Las madres buscadoras además de luchar contra las violencias estructurales también luchan contra las violaciones a sus Derechos Humanos: derecho a la verdad, justicia, contra la violencia de género, la no discriminación, entre otros (Gaona y Martínez, 2025). Acorde a un informe otorgado por Amnistía Internacional (2025), 97% de las mujeres buscadoras entrevistadas declaró haber enfrentado violencias y afectaciones al buscar a personas desaparecidas. Entre las primeras destacan amenazas (45%); extorsiones (39%); ataques, (27%), desplazamientos forzados (27%); secuestros (6%), tortura (10%), e incluso violencia sexual, desapariciones y asesinatos.

Además, una de cada dos buscadoras ha sufrido discriminación por género, situación económica, identidad étnico-racial, pertenencia a pueblos indígenas y por origen nacional o situación migratoria. Se detectó también que una de cada dos buscadoras ha sufrido estigmatización y revictimización por parte de las autoridades e incluso de sus propias familias y comunidades.

El derecho a la verdad en relación con las desapariciones forzadas o las personas desaparecidas, el artículo 24 de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra la Desaparición Forzada, dispone que, “cada víctima tiene el derecho de conocer la verdad sobre las circunstancias de la desaparición forzada, la evolución y resultados de la investigación y la suerte de la persona desaparecida. Cada Estado parte tomará las medidas adecuadas a este respecto” (Naciones Unidas, 2006). El derecho a conocer la verdad respecto de los hechos que dieron lugar a violaciones de derechos fundamentales es, a la par, la obligación de investigación y sanción que el Estado mexicano asume y está obligado a cumplir a cabalidad.

Paradójicamente pese a todo lo negativo que podrían enfrentar, los colectivos de madres buscadoras han alcanzado logros como la creación de marcos normativos e instituciones especializadas en materia de desaparición, la cual hace referencia a su derecho a participar a nivel estatal y federal: Ley General en materia de Desaparición Forzada de personas, Desaparición cometida por particulares, Sistema Nacional de Búsqueda de Personas (LGMDP), Comisión Nacional de Búsqueda, Fiscalías de Investigación Especializadas, Sistema Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas, el Protocolo Homologado de Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas, la creación del Mecanismo Extraordinario de Identificación Forense y la participación activa en el nombramiento de titulares para instituciones y la creación de políticas públicas en la materia (Amnistía Internacional, 2025).

El activarse como madres, hermanas, esposas e hijas en la búsqueda, responde no solo a la necesidad de llamar a la justicia, sino al no permitir que sus seres queridos caigan en el olvido, y el regresarles la dignidad que les ha sido arrebatada tanto por sus perpetradores como por las autoridades negligentes (Estrada et al., 2022).

Hablando de la resiliencia como el componente de adaptabilidad, capacidad, habilidad a contextos adversos de carácter autorregulador y evolutivo, a fin de superar episodios de dolor y crisis a lo largo del ciclo de la vida, contrario a los parámetros generales para la construcción de resiliencia desde una psicología positiva, parece que la resiliencia de las mujeres afectadas por el femicidio/feminicidio o desaparición de una hija(o) se construye con el dolor, el sufrimiento, el coraje, la espiritualidad, adquisición de nuevos conocimientos, destrezas y habilidades que las empodera y terminan con el yugo de la revictimización y la lucha por la justicia y la memoria de la(o)s suyos.

Como madres y cuidadoras resignifican el evento traumático en una lucha y fortaleza para encontrar “la verdad” (Zalapa et al., 2015; Domínguez, 2022; Juárez, 2024). Asimismo, conocer y trabajar estos relatos permite además un proceso terapéutico de autorreflexión que contribuye a promover el bienestar y calidad de vida, dando además un rostro al sufrimiento y bienestar humano (Véliz, 2022; Véliz et al, 2022).

Conclusiones

La resiliencia de las madres buscadoras reside en su capacidad para transformar su tragedia en acción colectiva, encontrando fuerza en la solidaridad y manteniendo viva la esperanza de encontrar la verdad y hacer justicia a pesar del profundo dolor por la pérdida y/o desaparición de sus hijas(o)s. Estas mujeres demuestran coraje al organizar grupos de búsqueda, marchar, manifestarse y construir, redes de apoyo para sí mismas y para otras convirtiéndose en una resistencia y un altavoz a todo acto de injusticia e impunidad.

Este movimiento no elimina el sufrimiento, pero permite darle un nuevo sentido a su tragedia, enfocándose en la acción, desafiando la inacción institucional y promoviendo la dignificación de quienes fueron silenciadas. Si bien la resiliencia es vital para superar el trauma, reconstruir autoestima, y lograr la reintegración social, no hay que perder de vista que la erradicación de la violencia es un mandato jurídico internacional y constitucional ineludible, donde el Estado debe actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar, sancionar y erradicar esta violencia y no ser un generador de una violencia sistémica estructural. La resiliencia nace en el individuo, pero debe reforzarse con un gran sistema articulado de estructuras institucionales gubernamentales, encaminados a atender las diversas problemáticas de violencia y bajo una perspectiva de protección y cuidado de la vida.

La investigación sobre la resiliencia en mujeres víctimas de violencia ha transitado hacia modelos basados en fortalezas y recursos; sin embargo, se requiere enfrentar algunos retos metodológicos y teóricos que incorporen determinantes socioeconómicos, culturales y sistémicos en la capacidad de acrecentar la resiliencia. Para futuras investigaciones será necesario analizar cómo la resiliencia se ve afectada por la intersección de género con otros factores (raza, edad, estatus migratorio, nivel socioeconómico, entre otros), indagar sobre el acceso a los servicios de ayuda y de estrategias resilientes, ampliar el estudio rompiendo la percepción individual y entender cómo la identidad colectiva amortigua el impacto del trauma y se vuelca en energía para alzar la voz por la persona y por las demás.

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