Revista de
Ciencias Sociales (RCS)
Vol. XXIX,
No. 3, Julio - Septiembre 2023. pp. 219-235
FCES - LUZ ●
ISSN: 1315-9518 ● ISSN-E: 2477-9431
Como
citar: Ruiz, P., y Ruiz, M. C. (2023). Auditoría de género: Un enfoque desde la
responsabilidad social universitaria. Revista De Ciencias Sociales, XXIX(3),
219-235.
Auditoría
de género: Un enfoque desde la responsabilidad social universitaria
Ruiz
Alvarado, Priscila*
Ruiz
Malbarez, Mayra Consuelo**
Resumen
Las
formas de gestión en las universidades han evolucionado hacia la incorporación
de políticas de género, en todos sus procesos, con enfoques económicos,
sociales y medio ambientales. El objetivo trazado en esta investigación se concreta
en fundamentar la necesidad de fiscalizar las estrategias vinculadas a la equidad,
igualdad y transversalidad de género asumidas por las instituciones encargadas
de la formación de los futuros profesionales, a través de auditorías con
enfoque de responsabilidad social. La metodología aplicada en la investigación,
consistió en sistematizar y sintetizar, a través de los métodos inductivos y
deductivos, los conceptos generales sobre género, Responsabilidad Social
Universitaria y auditoría, así como su interrelación, a partir de la
pesquisa bibliográfica realizada por los autores e investigadores de varias
universidades en el tema. Como
resultado se encuentra que el tema de género ha alcanzado valiosa importancia
en el desarrollo de las sociedades gracias a los avances alcanzados por las
mujeres en la búsqueda de la reivindicación de sus derechos en los diversos
campos. Con ello se fundamenta la necesidad de implementar auditorías de género
con un enfoque socialmente responsable al interior de las universidades
ecuatorianas.
Palabras
clave: Género; equidad e igualdad de género; responsabilidad
social; responsabilidad social universitaria; auditoría de género
Gender audit: An
approach from university social responsibility
Abstract
The forms of management in universities have evolved towards the
incorporation of gender policies, in all their processes, with economic, social
and environmental approaches. The objective outlined in this research is
specified in substantiating the need to monitor the strategies linked to
equity, equality and gender mainstreaming assumed by the institutions in charge
of training future professionals, through audits with a social responsibility
approach. The methodology applied in the research consisted of systematizing
and synthesizing, through inductive and deductive methods, the general concepts
on gender, University Social Responsibility and auditing, as well as their
interrelationship, based on the bibliographical research carried out by the
authors and researchers from various universities on the subject. As a result,
it is found that the gender issue has reached valuable importance in the
development of societies thanks to the advances made by women in the search for
the claim of their rights in various fields. This supports the need to
implement gender audits with a socially responsible approach within Ecuadorian
universities.
Keywords:
Gender; equity and gender equality; social
responsability; university social responsibility; gender audit.
Introducción
El
concepto de género, sus políticas y prácticas, han
evolucionado en el mundo (Mimbrero, Pallarès y Cantera, 2017), por ello, este
término se relaciona con temas de gran novedad presentes en la gestión
socialmente responsable de cualquier entidad y de las universidades en
específico, lo que ha derivado en una terminología variada y de avanzada, a
partir del concepto inicial de género: Igualdad, equidad y transversalidad.
La Responsabilidad
Social (RS), definida como un modo de actuación, que no compromete el futuro,
al ser aplicada, por toda organización independientemente de su giro y fines,
es conocida como Responsabilidad Social Organizacional (Tello y Rodríguez, 2014,
Murillo, García y Azuero, 2022); si se concreta a nivel de universidades, se
denomina Responsabilidad Social Universitaria, campo de acción de esta
investigación.
Este modo de actuación,
conformado por buenas prácticas en las dimensiones sociales, económicas y
ambientales, lleva implícito la equidad e igualdad de género y su inclusión en
la estructura organizacional, procesos y actividades a todo nivel, lo que se
conoce como transversalización del género y por supuesto la adopción de esta
por sus actores (Monreal, 1999; Consejo Nacional
de Igualdad de Género, 2014; COWATER International, 2017); para Flórez, Aguilar y Hernández (2017),
la participación de sus actores independientemente de su género se considera transversalidad
de género.
La evaluación, examen o revisión de carácter independiente, del
cumplimiento del modo de actuación antes descrito. No obstante, las Entidades
Fiscalizadores Superiores (EFS), no consideran los criterios basados en la
equidad, igualdad y transversalidad de género en sus elementos a evaluar, este
tema se ha reducido a la paridad numérica entre los dos sexos en las nóminas de
sus colaboradores. Es por ello, que el objetivo que se han propuesto las autoras
de esta investigación sea, fundamentar la necesidad de las auditorías de género
desde el enfoque de responsabilidad social, en la gestión de las universidades.
La metodología aplicada en la investigación se
basó en la recopilación y síntesis de información sobre el término género, su
incidencia en el comportamiento socialmente responsable universitario y la
formación de futuros profesionales con la consecuente igualdad entre los géneros.
Esta pesquisa bibliográfica permitió fundamentar la necesidad de integrar con
eficacia la perspectiva de género en las políticas y programas en las
universidades, así como fiscalizar el cumplimiento de dichos preceptos, a
través de auditorías de género.
1. Género y Responsabilidad Social Universitaria
El concepto de género
ha evolucionado y derivado en varios enfoques y diferentes campos de acción,
uno de ellos es su papel en el comportamiento socialmente responsable de
cualquier organización, específicamente en las universidades lo que condiciona
la necesidad de fiscalizar su actuación en todas las funciones sustantivas,
propias de la actividad de educación superior.
Etimológicamente, el
vocablo género proviene del latín genus,
genris, que significa estirpe,
linaje, clase o tipo natural de algo (Anders, 2019). Según la definición semántica, “género”, tiene varias acepciones; por una
parte, se identifica como el conjunto de seres que poseen características
comunes, clase o tipo al que pertenecen las personas o cosas; y desde el punto
de vista sociocultural, se puede concebir como clase o tipo al que pertenecen
los seres humanos de acuerdo a su sexo (Real Academia Española [RAE], 2022).
Benería y
Roldán (1992); Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
(MMPV, 2014); y, Moreno
et al. (2018), definen el género como la construcción de la identidad
social y cultural de los seres humanos, una forma de expresar las relaciones
sociales de poder; mientras que Scott (1996); De Barbieri (1996); De
Lauretis (1996); y, Blazquez, Flores y Ríos (2012),
adicionan a este concepto las relaciones económicas y culturales entre los
sexos, a lo que las autoras de esta investigación adicionan el respeto a la
diversidad e igualdad de oportunidades. Múltiples
autores asumen el concepto de género en su evolución histórica, desde la óptica
de diversas dimensiones: Biológica, social, cultural y de poder, siendo las
tres últimas, las de mayor relevancia en la época actual.
Al concepto de género
se le relaciona con temas de gran novedad, presentes en la gestión socialmente
responsable de cualquier entidad, tales como, la equidad e inequidad, igualdad,
justicia de género y en los últimos tiempos, se le incorpora el término
transversalización del género (Mainstreaming).
La inequidad de género,
Collignon y Lazo (2017) la refieren como el
resultado de la clasificación de los seres humanos y la subordinación de un
género a otro (femenino al masculino), evidenciando las diferencias sociales,
económicas, educativas y laborales que enfrentan las mujeres en relación a los
hombres.
La equidad de género, se
enfoca a la defensa de la igualdad de trato y oportunidades para mujeres y
hombres en la adquisición, uso y control de los recursos como factor clave para
lograr la justicia y cohesión social, así como su pleno desarrollo considerando
sus necesidades y deseos por igual (Organización de las Naciones
Unidas para la Cultura, las Ciencias y la Educación [UNESCO],
2014; Domínguez, Gutiérrez-Barroso y Gómez-Galdona, 2017; Winfield,
Jiménez y Topete, 2017).
La transversalización
del género (Mainstreaming) se deriva del avance de las políticas y
prácticas de género en el mundo, según Mimbrero et
al. (2017), y se entiende por la inclusión del enfoque de género en la
estructura organizativa, procesos y actividades a todo nivel, y por supuesto la
adopción de esta por sus actores (Monreal, 1999; Consejo Nacional de Igualdad de Género, 2014; COWATER
International, 2017).
El enfoque de la
dimensión género en los escenarios públicos y privados ha ocasionado que las
organizaciones, en el marco de su responsabilidad social y la búsqueda de valor
agregado ante la competencia, lo asuman como una
estrategia de gestión que puede generar rentabilidad asociada a mejoramiento de
la reputación y prácticas afirmativas en favor de la equidad, igualdad y
transversalidad de género (Velasco et al., 2015;
Abeles y Villafañe, 2022).
La responsabilidad
social, es conocida como un modo de actuación y considerada como intangible de
una entidad, en el nuevo entorno de gestión de la sociedad (Albors y Paricio, 2016). Cuando la Responsabilidad Social se enmarca en organizaciones de
todos los sectores con o sin fines de lucro, se amplía este concepto y se
reconoce como responsabilidad social organizacional (Vera
et al., 2018; Ormaza et al., 2020); donde el modo de actuación de sus
directivos y las decisiones tomadas tienen que ser congruentes con los
objetivos y valores sociales (Carroll, 1999).
La Responsabilidad
Social Organizacional, es considerada como la contribución al bienestar de la
sociedad y cuidado del medio ambiente, según la Comisión
de las Comunidades Europeas (COM, 2001); Fernández (2010); y, Ormaza et al. (2020); mientras que Montero (2012); y, SpainSIF (2016), coinciden en afirmar que
es la contribución al desarrollo sostenible.
La RS
asumida por las empresas u organizaciones, debe velar por sus grupos de interés
más allá de sus objetivos particulares como lo expresan D`Onofrio (2007); y, Fernández
(2010); una organización socialmente responsable trasciende las fronteras de
maximización de sus indicadores financieros y enfoca también sus esfuerzos a
equilibrar los objetivos económicos, ambientales y sociales, entre los que se
destacan lograr en su gestión el respeto a la equidad, igualdad y
transversalidad de género.
Las principales
dimensiones sobre las que actúa la Responsabilidad Social Organizacional (social,
ambiental y económica), según se muestra en la Figura I, se alinean a las
nuevas tendencias de incorporar a ellas, el tema de género y la igualdad entre
mujer y hombre para maximizar los resultados organizacionales, a partir de la
optimización de los recursos humanos de los cuales dispone (Larrieta et al., 2014; Velasco
et al., 2015; Sanchis y Rodríguez, 2018).
Fuente:
Cuevas (2021).
Figura
I: Dimensiones de la RSO
La Responsabilidad
Social Organizacional según Vallaeys (2008), es
aplicable a cualquier tipo de entidad, privada, pública, productiva o de
servicios. A, ser la universidad un organismo, no está exenta a esta práctica
institucional y se le denomina Responsabilidad Social Universitaria (RSU).
Las
universidades como organizaciones se han caracterizado por liderar la gestión
del conocimiento, los procesos de cambio sociales y la formación de
profesionales que asumirán los retos que marquen el desarrollo de las naciones (Vallaesys,
2001; Domínguez, 2009; Varela, Pérez y Gómez, 2017).
La
Responsabilidad Social Universitaria debe ser un requisito fundamental en su
accionar para el cumplimiento de sus objetivos institucionales, la
formalización de los procesos universitarios y la mejora de sus modelos de
gobierno y se encuentra en constante perfeccionamiento (Beltrán-Llevador,
Íñigo-Bajo y Mata-Segreda, 2014; Espinoza y Guachamín, 2017; La Cruz-Arango et al., 2022), el autor de mayor notoriedad en el
tema es Vallaeys (2018), quien
afirma que:
La Responsabilidad
Social Universitaria es una política de mejora continua de la Universidad hacia
el cumplimiento efectivo de su misión social mediante 4 procesos: Gestión ética
y ambiental de la institución; Formación de ciudadanos responsables y
solidarios; Producción y Difusión de conocimientos socialmente pertinentes;
Participación social en promoción de un desarrollo más humano y sostenible. (p.209)
En su estudio, De la Cuesta, De la Cruz y Rodríguez (2010), hablan de la
Responsabilidad Social Universitaria, como un proceso de incorporación en su
misión y procesos clave de valores y principios éticos; al respecto, Gandur y Salazar (2015), expresan
que es un concepto integrador de procesos humanos con valores; no obstante,
todos coinciden en la idea de un accionar moralista y responsable a fin de
promover buenas prácticas al servicio de la sociedad y el medio ambiente, donde
el concepto de género en todas sus manifestaciones esté presente.
Otros autores como Flórez et
al. (2017); y, Vallaeys (2018), afirman
que las Instituciones de Educación Superior (IES) deben promover e incidir en
el desarrollo sostenible; por su parte Espinoza y
Guachamín (2017), expresan esta idea como la promoción del
desarrollo humano sustentable; mientras que Vallaeys
(2018), hace énfasis en la necesidad del involucramiento de todos los
factores, en la implementación de políticas y prácticas socialmente
responsables.
El quehacer de las Instituciones de Educación Superior (IES)
debe responder efectivamente a las necesidades de su entorno, así lo expresan Gaete (2015); Varela
et al. (2017); Rubio-Rodríguez, Estrada y
Pedraza (2020); y, Mendoza, Jaramillo y López (2020); con esta posición
concuerdan Flórez et al. (2017) al decir, que la transmisión de
saberes en función de las necesidades de su entorno debe reflejarse en los
profesionales que en ella se forman. En ese sentido, el concepto de RSU más aceptado en
Iberoamérica es el de que:
La Responsabilidad
Social Universitaria es la responsabilidad de la universidad por los impactos
sociales y ambientales que genera, a través de una gestión ética y eficiente de
sus procesos administrativos y funciones académicas sustantivas, a fin de
participar junto con los demás actores de su territorio de influencia en la
promoción de un desarrollo humano justo y sostenible. (Vallaeys y Álvarez,
2019, pp.112-113)
Para Vallaeys
(2018), las
IES deben asumir la responsabilidad por los efectos
de su actividad en la sociedad y el medio ambiente, mediante una gestión de
procesos administrativos y académicos transparentes y éticos relacionados con
el cumplimiento de su misión, a los que se les denominan dimensiones, procesos sustantivos, procesos
clave, ámbitos o funciones sustantivas, esta última clasificación fue la
asumida por las autoras, por estar en concordancia con la nomenclatura
utilizada en la legislación ecuatoriana (Ley Orgánica de Educación Superior
[LOES], 2018; Resolución No. 016-Se-07-CACES, Consejo de
Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, 2019).
Las
funciones sustantivas consideradas en esta investigación son las siguientes:
a. Docencia,
para referirse a la preparación bajo los parámetros de la RSU mediante
pedagogías activas (Aprendizaje Basado en Problemas (ABP), estudio de casos) a
fin de orientar a los estudiantes a resolver problemas de su entorno.
b. Investigación,
en el sentido de orientar la investigación hacia la comunidad para determinar
la problemática existente y generar nuevo conocimiento capaz de resolver
problemas reales que afectan a la sociedad de sus entorno inmediato y remoto.
c. Vinculación
con la sociedad, para expresar el nexo que existe entre la universidad y la
sociedad a través de sus programas y proyectos en favor de la comunidad, pero
siempre considerando a la investigación como insumo para su ejecución y a
través de la firma de convenios con organismos gubernamentales y no
gubernamentales.
d. Gestión
u organización Interna, orientada a un manejo administrativo, económico y
financiero ético, transparente, democrático y libre de segregación o
discriminación.
De
estos procesos se generan diferentes tipos de impactos internos sobre la
universidad y externos en su entorno, como lo indica Domínguez (2009)
tales como: Funcionamiento organizacional, educativos, cognoscitivos,
epistemológicos y sociales; a estos Vallaeys (2010); y, Espinoza y
Guachamín (2017),
adicionan el impacto del género, tal como se muestra en la Figura II.
Fuente:
Elaboración
propia, 2023 con base en la LOES (2018); y, Resolución No.
016-Se-07-CACES de 2019.
Figura II: El género como eje transversal en las funciones sustantivas de la RSU
La Responsabilidad
Social Universitaria, como todo proceso necesita ser evaluado, Larrán (2014) enuncian la falta de indicadores
específicos para medir su desempeño y menos los que tienen en cuenta la
variable género. Al respecto, existen herramientas diseñadas para evaluar la
Responsabilidad Social Organizacional, que pueden y han sido utilizadas por las
Universidades para elaborar sus memorias al momento de rendir cuentas a la
sociedad (Vallaeys, 2008; Guijarro, Gomera y
Antúnez 2016), pero no incluyen aspectos como la
equidad, igualdad y transversalidad de género más allá de la paridad numérica.
La RSU debe ser un
elemento diferenciador incluido en la cultura organizacional, en relación con
los grupos de interés en cada una de sus funciones sustantivas; que deben ir
acompañadas de indicadores para asegurar el cumplimiento de prácticas
responsables (Godínez, Calderón y Mateo, 2018). Con la incorporación de instrumentos
evaluadores de políticas de género, Maza et al.
(2018) sostienen, lo que no se controla no se puede gestionar ni medir,
lo que resulta de vital importancia para alcanzar la excelencia universitaria.
No existe un modelo
estandarizado para la medición de la RSU ni se maneja un solo discurso en la
denominación de criterios e indicadores; al respecto, Vallaeys
(2008) menciona que existe escaso trabajo realizado en la medición y
evaluación de RSU; para Baca-Neglia,
Rondán-Cataluña y García-del-Junco (2017),
existen varias preguntas como: Qué evaluar, cuándo evaluar, cómo evaluar en el
contexto de RSU, y cuál es su marco teórico al momento de asumir el compromiso
de ser socialmente responsable.
No obstante, para
evaluar la RSU se han adaptado modelos que parten de guías establecidas para
medir la RSO y la elaboración de las memorias de rendición de cuentas tales
como:
a. Propuesta de
indicadores para medir la RSU de acuerdo con la guía G4 del Global
Reporting Initiative (GRI):
Caso Universidad de Córdova, España 2016 (Guijarro et
al., 2016).
b. Modelo de responsabilidad
social universitaria: Una propuesta para las instituciones colombianas bajo el modelo
(Shewhart o PHVA) (Forero-Jiménez, 2019).
c. Godínez et al. (2018), en su trabajo autodiagnóstico
de RSU de la facultad de Contaduría y Ciencias Administrativas, propuestas al
Plan de mejora realizado en Michoacan, México en el año 2018.
d. Propuesta de
medición de la Responsabilidad Social Universitaria, Perú 2017 (Baca-Neglia et al., 2017).
e. Responsabilidad
Social Universitaria modelo URSULA estrategias, herramientas e indicadores (Vallaeys, 2020).
De los modelos
consultados se pudo determinar que el primero, considera el criterio de género
en la dimensión social, lo que resulta poco efectivo puesto que no se relaciona
con las funciones sustantivas de las IES y las dimensiones de la RS, en dicho
modelo se consideran los indicadores: Distribución del personal administrativo
y de servicio; cuerpo docente investigador por sexo, edad, según categoría
profesional; número de hombres y mujeres; porcentaje de mujeres; desglose por
grupos de edad; coeficiente de género.
Mientras que el modelo
URSULA, a través de sus doce metas de desempeño socialmente responsable
pretende alcanzar una universidad saludable, solidaria y sostenible (U3S),
donde la primera de ellas expresa: “Lograr una cultura laboral armónica, con equidad de género
para el desarrollo fluido de los fines educativos y cognitivos, con sinergia y
creatividad entre los colaboradores” (Vallaeys, 2020, p.62).
Estos modelos permiten
medir la paridad numérica entre los géneros y participación en diferentes
ámbitos mas no se puede hacer una evaluación de la variable género en todas sus
dimensiones y criterios como la equidad, igualdad y transversalidad. Si en los modelos de gestión de la RSU la variable género
no se cuantifica y se verifica, ni se hace visible de manera explícita, el
problema no se reconoce y, por lo tanto, no se trabaja en ello (Morales,
Luna y Esteban, 2010).
Teniendo en cuenta que
en el ámbito universitario este parámetro se caracteriza por la escasa
participación de las mujeres en puestos directivos de mayor responsabilidad o
en la toma de decisiones (Almeida y Barroso, 2020), entonces presupone la
necesidad de realizar evaluaciones con énfasis en el género como un elemento
transversal en cada una de las dimensiones de la RSU por función sustantiva de
las IES (Buquet, Copper y Rodríguez, 2010).
2.
Auditoría y evaluación del género en las dimensiones de la RSU
Según Holmes (1993), la auditoría, es el examen crítico y
sistemático de la gestión, documentos financieros y jurídicos de una entidad,
con la finalidad de averiguar la exactitud, veracidad, integridad y
autenticidad de estos. Para Arens,
Elder y Beasley (2007), auditoría
es: “La acumulación y evaluación de la evidencia basada en información para
determinar y reportar sobre el grado de correspondencia entre la información y
los criterios establecidos. La auditoría debe realizarla una persona
independiente y competente” (p.4).
Según Sotomayor (2008); y, Blanco (2015), la auditoría es considerada
como un examen acerca de la información u operaciones de la organización; a lo
que Madariaga (2004)
adiciona, que es el examen sistemático realizado por personal independiente debidamente
cualificado distinto a quien la preparó y al usuario, para determinar e informar
sobre la correspondencia de las afirmaciones expresadas por la entidad con los
estándares, principios y demás normativa vigente (Madariaga,
2004; Arens et al., 2007); para concluir, Biler-Reyes
(2017) expresa que es necesario obtener un alto grado de certeza de la
correcta elaboración de los informes.
De este análisis, las
autoras coinciden con los expertos citados en el párrafo anterior y coligen que
la auditoría es el examen sistemático de la información financiera y de otra
índole de una entidad, realizada por un profesional independiente de quien la
preparó y utilizará, para determinar el grado de correspondencia con los
principios, normas y estándares que sean aplicables a cada sector, así como su
correcta aplicación para luego emitir un informe de auditoría.
La auditoría se ha
transformado conforme las necesidades de la sociedad y organizaciones, lo que
se ha requerido hasta alcanzar el carácter institucional de la misma (Franco y Gómez, 2017). En ese sentido, para Sandoval (2012); y, Florian
(2013), existen 4 momentos en la evolución de la auditoría, según
criterio de las autoras, se debe añadir un momento más en su evolución, al
asumir un carácter social, con enfoque de género y responsabilidad social, como
se explica en la Figura III.
Fu
Fuente:
Elaboración propia, 2023 con base en Sandoval (2012);
Florian (2013); y, Franco y Gómez (2017).
Figura
III: Etapas de la Auditoría
El desarrollo de la
contabilidad marca la evolución de la auditoría, es decir, que un cambio en el
paradigma de la contabilidad (de la contabilidad tradicional a la contabilidad
social) debe conducir a una variación de la auditoría en el mismo sentido, bajo
cuatro paradigmas en la evolución de estas dos disciplinas, a saber, como lo
mencionan Jeppesen y Van Liempd (2015):
a. Agencia, consiste en
comprobar la veracidad, honestidad y probidad del agente más no la calidad de
las cuentas.
b. Positivista de verdad,
comprobar una presentación verdadera y correcta de la situación económica
externa.
c. Neo – Positivista de
verdad, comprobar correspondencias de criterios a los principios de
contabilidad generalmente aceptados y la declaración de conceptos básicos de auditoría ASOBAC.
d. Valor Razonable, comprobar el paradigma
socio–constructivista de consenso y de las implicaciones del valor razonable, con
las realidades socialmente construidas.
La evolución del
concepto de auditoría y sus paradigmas, condicionan la existencia de más de un
tipo de auditorías que pueden ser aplicadas en una organización, en este caso
IES, puesto que la esencia de la materia es la misma (fiscalizar) así como su
metodología (etapas de la auditoría), lo que cambia es el enfoque y el proceso
para evaluar (Biler-Reyes, 2017).
A partir de la
investigación realizada, se compila en la Figura IV, la clasificación de la
auditoría presentada por diversos autores, tomando como criterio las
coincidencias entre ellos.
Fuente:
Elaboración propia, 2023 con base en Acuerdo No.
012-CG de 2003; Montilla y Herrera (2006); Sotomayor
(2008); Ley 107 de 2009; Ojeda y Carmona (2013);
Biler-Reyes (2017); Organización
Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI,
2019); Ruiz y Ruiz (2021).
Figura
IV: Clasificación de la auditoría
La creciente
globalización ha condicionado, que la auditoría muestre interés en otros
aspectos de una entidad que no necesariamente son los aspectos financieros de
una organización, dando origen a la necesidad de evaluación de los criterios
derivados de la Responsabilidad Social (Soria, 2017),
como el género en sus dimensiones: Equidad, igualdad y transversalidad.
3. Importancia de la auditoría
de género
El género en la actualidad ha tomado mucha fuerza en el ámbito público
y académico por su connotación, importancia y transversalidad en todas las
actividades de la sociedad actual, lo que ha condicionado que organizaciones
vinculadas con el desarrollo y la sostenibilidad de la humanidad y de los
sectores vulnerables, como la Organización de las Naciones Unidas (ONU),
Organización Internacional del Trabajo (OIT) y otros, realicen auditorías de
género, aunque no sean reconocidas por las EFS, como una categoría de la
auditoría propiamente dicha, ni exista un consenso en su
definición y objeto de evaluación.
Según Swirski (2002), la auditoría de
género es un aspecto de la llamada política pública integral que incluye un
análisis integral de la legislación, reglamentos, subsidios, impuestos y
proyectos sociales, orientado a determinar los efectos que pueden provocar en
la situación de la mujer en una sociedad determinada.
Para Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES, 2007),
es una herramienta que permite el monitoreo y evaluación de la adopción de la
perspectiva de género en proyectos y políticas públicas; mientras que para Castro y Álvarez (2007), es un análisis y
diagnóstico de la asignación de recursos técnicos, económicos y humanos destinado
a la igualdad de género. Una definición más actualizada de la Organización Internacional del trabajo (OIT, 2015), es la que la
considera como:
Una herramienta, un mecanismo basado en una metodología
participativa de promoción del aprendizaje institucional sobre cómo incorporar
las consideraciones de género de forma práctica y eficaz en las esferas
individual, de unidad de trabajo y del conjunto de la organización. (p.2)
En las definiciones
anteriores de auditoría de género, queda evidenciado, la inexistencia de una
definición y metodología estandarizada y reconocida por las EFS para su ejecución en cualquier tipo de
organización, con un enfoque desde la responsabilidad social, como base de un
nuevo tipo de auditoría.
Las definiciones de auditoría de gestión emitidas por la INTOSAI,
Tribunal de Cuentas Europeo, la Contraloría General del Estado en Ecuador y
especialistas en la materia, concuerdan que es la evaluación, examen o revisión
de carácter independiente; bajo los principios de economía, eficiencia y
eficacia en las entidades, proyectos, programas, actividades u operaciones.
Se evidencia gran flexibilidad en cuanto a su aplicabilidad y
posibilidad de apertura hacia otros criterios a evaluar; pero no consideran,
los criterios basados en la equidad, igualdad y transversalidad de género en
las dimensiones de la Responsabilidad Social. Es
criterio de las autoras de esta investigación, plantear una nueva categoría de
auditoría que tome al género y sus elementos constitutivos como afirmaciones
concretas y objetivas para la adaptación de la metodología de la ciencia, para
evaluar de manera objetiva la igualdad, equidad y transversalidad del género en
las organizaciones y específicamente en las universidades.
4.
Auditoría
de género en un entorno socialmente responsable de las IES
La auditoría de género en una IES en el marco
de la RSU implica, que por cada función sustantiva y dimensiones de la
responsabilidad social universitaria se debe:
a. Reconocer que la diversidad sexual y las
atribuciones, ideas, representaciones y preceptos sociales que se construyen a
partir de esa diferencia sexual son dos cuestiones diferentes (Lamas, 2013).
b. Entender que no basta con proclamar igualdad
de trato entre dos segmentos poblacionales históricamente desiguales, puesto
que no origina igualdad; no basta con esta declaración, ante la ausencia de
igualdad de oportunidades (Lamas, 1996; Asociación de
Mujeres Empresarias de Sociedades Laborales de Sociedades Laborales [AMESAL],
2007).
c. Comprobar que la igualdad de género, no
queda manifestada tan sólo mediante indicadores cuantitativos de paridad
(porcentaje de mujeres en plantilla, porcentaje de mujeres directivas), puesto
que unos datos idénticos de presencia de mujeres pueden tener tras de sí, situaciones
de partida totalmente diferentes y enmascarar procesos de reclutamiento, así como
selección que estén provocando sesgos de género (AMESAL,
2007).
Una auditoría de género en la IES se debe
ejecutar a través de indicadores que permitan medir de manera objetiva la
igualdad de género. Los indicadores de igualdad deben mostrar tanto la diversidad
de la Universidad, así como las causas que la originan; por ejemplo, el hecho que
la presencia mayoritaria de profesionales de una especialidad sea
mayoritariamente de uno u otro sexo (Buquet et al.,
2010).
Los indicadores diseñados en el marco de la
auditoría de género deben reflejar la certeza razonable de que los procesos
universitarios incluidos en cada una de las funciones sustantivas de las IES
sean:
a. Procesos sin sesgo de género, en los cuales
se garanticen que quienes opten por los cargos
ofertados, no se vean afectados por su sexo como un elemento discriminador para
ser contratados, independientemente del número de hombres o mujeres que se postulen
o que ya formen parte de la Universidad.
b. Procesos
de reclutamiento y selección de personal sean transparentes (diversidad
horizontal), al igual que los relacionados a ascensos (diversidad vertical).
En la comprobación del
cumplimiento de estos indicadores, juega un papel importante, la realización de auditorías de género, con
enfoque desde la RSU en las IES puesto que contribuirán a la correcta toma de
decisiones, que conduzcan a la disminución y futura eliminación de brechas
entre los sexos; así como servirán de punto de partida para que otras entidades
tanto públicas como privadas la ejecuten.
Conclusiones
La importancia
que el tema de género ha alcanzado notable relevancia en el desarrollo de las
sociedades gracias a los avances conseguidos por las mujeres en la búsqueda de
la reivindicación de sus derechos en los diversos campos, la responsabilidad y
compromiso social adquirido por los Estados, organismos internacionales,
organizaciones e IES, condicionan el imperativo de establecer mecanismos para
evaluar de manera objetiva el cumplimiento de las políticas y acciones
emprendidas por las IES a favor de la igualdad, equidad y transversalidad de
género en cada una de sus funciones sustantivas; en tal virtud, se propone a la
auditoría de género, como una rama independiente de la auditoría, enfocada a
evaluar estos criterios.
La auditoría de
género con enfoque de la Responsabilidad Social Universitaria, como herramienta
de gestión, permite realizar un examen sistemático y objetivo, con el objetivo
de verificar el cumplimiento de las políticas internacionales en cada función
sustantiva de las IES y dimensiones de la Responsabilidad Social, para la
eliminación de todas las formas de discriminación, que permitan a la mujer y al
hombre desarrollar sus capacidades en igualdad de condiciones.
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* Doctoranda en Contabilidad
y Finanzas en la Universidad de la Habana, Habana, Cuba. Magister en Auditoría
Integral. Profesora Titular en la Universidad Católica de Cuenca, Cuenca,
Ecuador. E-mail: pruiza@ucacue.edu.ec
ORCID: https://orcid.org/0000-0001-7286-7496
(Autor corresponsal)
**
Doctora en Ciencias Económicas. Máster en Contabilidad. Profesora Titular de la
Facultad de Contabilidad y Finanzas en la Universidad de La Habana, Habana, Cuba.
E-mail:
mayra@fcf.uh.cu ORCID: https://orcid.org/0000-0003-0439-5356
Recibido:
2023-03-09 ·
Aceptado: 2023-05-27