Transgénero: Un análisis desde la mirada de los
derechos humanos
Cedeño Barreto, Mercedes de Los Ángeles*
Resumen
En ocasiones
hablar de los derechos humanos resulta fácil al considerarlos universales y
suponen un compromiso de la sociedad para favorecer la convivencia sana entre
las personas, sin embargo, es importante estudiar hasta qué punto las personas
transgéneros pueden sentirse satisfechas al ser tratadas con respeto, igualdad,
atendiéndose su dignidad e integridad, libertad, no ser discriminada por la
condición que experimenta en cuanto a su identidad sexual. El objetivo es
analizar el transgénero desde una mirada de los derechos humanos. Orientada con una perspectiva
metodológica documental, descriptiva, analítica, abordando consideraciones relacionadas
con la temática. Se desarrolla tomando en cuenta la esencia de la persona
transgénero en su vida cotidiana, con su familia, el medio social donde se
desenvuelve, encontrando el apoyo de sus padres y es cuando comienza a sentirse
bien, porque es uno de los mayores sufrimientos que enfrenta al saber que
pueden defraudarlos. Desde el punto de vista legal, algunos países están
estableciendo leyes, determinando respeto a estas personas. Se concluye en el
análisis, algunos logros como aceptar el matrimonio igualitario; además, que es
una cuestión de salud, por lo cual debe considerarse la intervención
quirúrgica, clínica, psicológica; asimismo, existencia de algunos convenios que
favorecen a este colectivo.
Palabras
clave: Transgénero; derechos humanos; identidad
sexual; igualdad; vida cotidiana.
Transgender: An
analysis from the point of view of human rights
Abstract
Sometimes talking about human
rights is easy as they are considered universal and they imply a commitment by
society to promote healthy coexistence among people, however, it is important
to study to what extent transgender people can feel satisfied when they are
treated with respect, equality , taking care of their dignity and integrity,
freedom, not being discriminated against due to the condition they experience
in terms of their sexual identity. The objective is to analyze transgender from
a human rights perspective. Oriented with a documentary, descriptive,
analytical methodological perspective, addressing considerations related to the
subject. It is developed taking into account the essence of the transgender
person in their daily life, with their family, the social environment where
they develop, finding the support of their parents and that is when they begin
to feel good, because it is one of the greatest sufferings they face knowing
that they can be disappointed. From a legal point of view, some countries are
establishing laws, determining respect for these people. The analysis concludes
some achievements such as accepting equal marriage; Furthermore, it is a health
issue, for which surgical, clinical, and psychological intervention should be
considered; also, existence of some agreements that favor this group.
Keywords: Transgender; human rights; sexual identity; equality; daily life.
Introducción
La época actual se caracteriza
por un aumento de la complejidad: Por cuanto suceden situaciones a veces poco
comprendidas, producto tal vez de la globalización, la cual sacude las
antiguas reglas económicas, las tecnologías de la información y de las
telecomunicaciones, acelerando los cambios que imponen nuevos condicionantes, dominando
la incertidumbre, los riesgos, la habilidad de crear nuevos conocimientos e
incorporarlos en la vida diaria del ser humano en busca de su crecimiento y
desarrollo.
Por tanto, es necesario como
lo expresan Fuertes, Plou y Gómez (2017) “concebir
un modelo de desarrollo que no solo se base exclusivamente en la acumulación
material y el crecimiento económico, a costa de la riqueza y sustentabilidad
del medio ambiente y naturaleza” (p.97), sino que debe considerar el uso de las
capacidades y potencialidades del ser humano, de manera que se dé un proceso
coordinado entre crecimiento y desarrollo que vayan cambiando a la par para
adecuarse uno al otro. Puesto que, tal como lo señalan Rabanal, et al. (2020), se
necesita de personas con competencias y con un desarrollo integral “para implementar y fomentar mecanismos que promuevan
mayor igualdad; así como los avances tecnológicos y de productividad, necesarios
para impulsar un mayor desarrollo” (p. 251), en cualquier país.
Durante ese proceso de cambio,
el ser humano respondiendo a sus características físicas, cognitivas, sociales,
emocionales, se desarrolla, asumiendo Rosales (2017) que “el
desarrollo humano es un proceso inacabado y pertinente en el ciclo de vida de
las personas” (p.66), tomando en cuenta poder tener una vida prolongada y
saludable, acceso a la educación, disponer de recursos para disfrutar de un
nivel de vida decente; así como oportunidades que valoran los individuos como
las libertades políticas, económicas y sociales, mencionando la autora citada,
el respeto de los derechos humanos, la posibilidad de ser creativo y
productivo, el respeto a sí mismo, a ser única, individual e irrepetible.
Para el logro de su desarrollo, el ser
humano necesariamente debe sentirse identificado consigo mismo, con su género,
sus actividades, aceptarse y ser aceptado por los demás en la sociedad donde se
desenvuelve, teniendo la libertad de ser, sentir y actuar como mejor puede, con
el fin de satisfacer sus necesidades, deseos y expectativas, dándole prioridad
a sus derechos al tener libertad de elegir y decidir lo que para él o ella es
más conveniente. En este contexto, en el informe del Programa de las Naciones
Unidas para el Desarrollo (PNUD, 2016), se hace énfasis en las libertades,
destacando que el desarrollo humano consiste:
En ampliar las
libertades de modo que todos los seres humanos puedan aprovechar las
posibilidades que consideren más valiosas. Estas libertades tienen dos aspectos
fundamentales: la libertad de bienestar, representada por los funcionamientos
(functionings) y las capacidades (capabilities), y la libertad de agencia (freedom
of agency), representada por la voz y la autonomía. (p.iii)
El postulado hace hincapié en la libertad del ser, para decidir y
demostrar sus capacidades, sentirse autónomo, decidido, con iniciativa, ser
respetados sus derechos, con la finalidad de lograr el bienestar que le permite
actuar con seguridad y confianza por asumir qué es lo que puede y debe hacer, y
por ende, debe ser aceptado por los demás seres con los cuales convive en su
medio social, mencionando Guillen, Menéndez y Moreira (2019) que estos buscan mejorar su calidad de vida, en sí, el
bienestar social; es por ello, que la
Declaración Universal de los Derechos Humanos (Naciones Unidas, 1948), plasma
en su Preámbulo que “la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por
base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e
inalienables de todos los miembros de la familia humana” (p.2-3).
En ese orden de ideas, es preciso resaltar la importancia de la
familia para el desarrollo del ser humano, al considerarse su ámbito cotidiano,
el escenario específico para lograr su adecuado progreso, consolidándose en
este espacio sus derechos y deberes, generando sus capacidades físicas,
intelectuales, sociales y emocionales, con las cuales podrá desenvolverse en su
medio social, manifestando su personalidad, su identidad tanto personal como social,
estableciendo las relaciones necesarias para su adecuado comportamiento. En ese
sentido, Delfín-Ruiz, Cano-Guzmán y Peña-Valencia (2020),
sostienen que:
La dinámica que se vive en la familia relacionada a los roles que cada
integrante desempeña, los cuales se han de corresponder con la funcionalidad y
el propio impacto que éstos tienen sobre cada uno de los miembros, así como del
ambiente que en ella se presenta, lo cual plantea que los roles familiares bien
definidos y funcionales, tienen una mayor posibilidad de incidir de manera
positiva en la vida y satisfacción de las familias. (p.44)
No obstante, a pesar de venir cargado de una genética, de unos
rasgos heredados, de estar físicamente constituido en cuanto a órganos y
funciones determinantes, algunas personas, no se sienten satisfechas de lo que son
en cuanto al género con el cual nació, manifestándose disconformes con lo que
son, al considerar que creen ser del otro género, lo cual le puede suceder
tanto a hombres como a mujeres, cuya identidad y orientación sexual muestre confusión
tanto de manera personal como para la sociedad.
En
tal sentido, la orientación sexual, es decir, la atracción que hombres o
mujeres sienten por personas de igual, distinto sexo o ambos, debe ser
comprendida en el parámetro de un conjunto de preferencias sexuales de una persona,
más allá de su identidad de género, porque aparte de ser varón o mujer y tener
confianza de serlo, significa sentir atracción sexual hacia los hombres o hacia
las mujeres. Por ende, la gente homosexual no tiene una identidad de género
anómala, sino simplemente tiene una aceptación o preferencia hacia varones o
hacia las mujeres. Sobre esta base se puede distinguir a las personas como
heterosexuales (personas atraídas por un sexo diferente al suyo), homosexuales
(que tienen preferencias hacia individuos de su mismo sexo) y los bisexuales
(que tienen atracción por varones y por mujeres).
Es así, como las sociedades
contemporáneas experimentan cambios vertiginosos en sus condiciones económicas,
culturales, sociales, políticas y educativas, asumiendo un colectivo LGTBI
(lesbianas, gays, bisexuales, personas transgénero e intersexuales) que forma
parte de este proceso de transformación. Sin embargo, éste ha estado
invisibilizado y expuesto a procesos de marginación, rechazo social, negación
de derechos, escasas oportunidades, privación de espacios abiertos para
relacionarse entre ellos y los demás, con consecuencias de marginación así como
exclusión, haciéndolos vulnerables al concepto que los otros tienen sobre ellos.
Es por eso, como lo expone la Federación Iberoamericana de Ombudsman (FIO,
2018) “las personas con orientaciones sexuales
diversas son parte de uno de los grupos sociales más discriminados.
Sus derechos son violados día a día en todo el mundo, son víctimas permanentes
de actos de violencia y persecución desde temprana edad” (p.13);
frecuentemente, crecen desamparados, pues son expulsados de sus hogares, donde
también suelen recibir maltratos físicos y psicológicos. Ya mayores, adultos, es
común que sean también excluidos y discriminados del mercado laboral,
considerando que muchas veces las instituciones públicas no cumplen cabalmente
con el mandato de protección, más bien, suelen negar sus servicios a esta
población y hasta participan de actos de exclusión y violencia. Son incontables
los casos de abusos en resguardos policiales que suelen quedar en la impunidad.
En lo que respecta al presente análisis, Ribeiro,
Carvalho y Antunes-Rocha (2017) definen transgénero como un término “paragua
utilizado para conceptuar y describir a aquellas personas cuya identidad y/o la
expresión de género difiere, incumple, viola, hiere, confronta, es conflictiva
o no” (p.502); según el binarismo de género sostenido, aceptado por las normas
sociales según el sexo con el cual un individuo nació, por lo cual, se asumen
como divergentes considerándose como transgeneridad, un fenómeno sociológico
con el cual se desvía el dispositivo binario de género, abarcando las
identidades género-divergentes tales como transexuales, travestis, crossdressers, dragqueens,
andróginos.
En
ese sentido, lo fundamental del presente artículo es afrontar la situación del
transgénero en su contenido de vulnerabilidad, lo cual, ha significado un
impacto como fenómeno social; de igual forma, examinar la protección que desde
el punto de vista legal apoyan sus derechos humanos, así como los logros
obtenidos hasta los momentos.
En
ese marco de ideas, el análisis del transgénero, desde la mirada de los
derechos humanos, metodológicamente se orientó en los fundamentos de la
filosofía positivista, con una investigación documental, analítica, descriptiva,
tomando en cuenta aportes de distintas organizaciones, que asumen la temática
con precisión y los sustentos de autores en el ámbito científico, psicológico y
legal, que versan sobre el mismo, aspectos con los cuales se desarrolló este
estudio.
El
artículo se estructuró en tres secciones, donde la
primera sección, destaca la esencia del transgénero en su vida cotidiana,
siguiendo los postulados de expertos en el área. En la segunda, se identifican
las organizaciones internacionales que salvaguardan y protegen los derechos de
los transgéneros y cómo éstos pueden vulnerarse; mientras en la tercera sección,
se enuncian algunos logros alcanzados hasta los momentos por estas personas
transgéneros, desde el punto de vista personal como en el espacio social donde
se desenvuelven. Por otra parte, este estudio, servirá como medio de
transmisión al vincular los sucesos representativos que vienen generando impacto
hoy en día en las sociedades en cuanto a la vida de los transgéneros.
1. La esencia del transgénero en su vida cotidiana
Para
hablar de transgénero, es importante partir de la definición de sexo, el cual
como lo explican Basterrechea, et al. (2017), “se asocia regularmente al
aspecto biológico de las personas, categorizando a éstas en mujeres y hombres,
pero en realidad, este concepto se construye a partir de múltiples parámetros
además de lo exclusivamente biológico” (p.10). Entonces, el sexo biológico, es
el asignado en el nacimiento y el sexo sentido, es aquel con el que se
identifica la persona. En cuanto al género, está asociado a factores
psicológicos, sociales y culturales.
No
obstante, mencionan Basterrechea, et al. (2017) que los investigadores señalan
que en lugar de considerar el sexo como algo determinado biológicamente y el
género un aprendizaje cultural, deben reconocerse ambos a modo de una serie de fenómenos
que interactúan en conjunto, se configuran o se acoplan según una compleja interacción
biosocial. La situación radica, en la percepción subjetiva que un individuo
tiene sobre sí mismo, en cuanto a sentirse hombre o mujer, lo cual indica su
identidad de género, que algunas veces se confunde con orientación sexual, el
cual hace referencia a la atracción sexual y clasifica a las personas en
heterosexuales, homosexuales, bisexuales o asexuales.
Explican
Alviarez y Lourenco (2017), que: “A partir de esta diferenciación, se puede
afirmar que las personas nacen con un sexo específico (masculino o femenino) y
la sociedad en la que se desenvuelven les asigna un género (hombre o mujer)”
(p.10) y éste determina el rol que ocuparán en la sociedad, cómo han de
comportarse, implicando que en la medida que crecen estas personas van
adquiriendo un sentido de pertenencia hacia el género que les fue asignado
socialmente, puesto que el mismo pasa a ser un elemento que los constituye y
define como individuos.
En
el caso de los transgéneros, es importantes asumir que estas personas
manifiestan insatisfacción con su sexo sentido, por cuanto no se identifican
con el que tienen, al expresar creerse y tener conciencia del sexo opuesto, en
cuanto a pensarse, sentirse y hasta actuar, si es mujer se cree hombre y
viceversa, por lo cual, es necesario resaltar que no se trata de orientación
sexual, diferenciándose de los homosexuales, cuya atracción es hacia personas
del mismo sexo, sino de su identidad.
En relación al panorama descrito
anteriormente, es importante resaltar que la esencia de los transgéneros
en su vida cotidiana se basa en su proceso de quererse y aceptarse, y todo esto
parte del ámbito familiar, donde padre, madre, van inculcándole unas ideas,
costumbres y hábitos, que determinan cómo comportarse, cuestión que acepta sin
reproche mientras es pequeño, pero en la medida que va creciendo, la persona
comienza a identificarse sexualmente, empieza a sentir que hace las cosas, y
tiene una apariencia, más por lo que sus progenitores y familia le dicen que
debe ser, y no por lo que realmente piensa y siente, surgiendo incongruencias
entre lo que se piensa, en la cabeza, con lo que siente en el corazón, que no
concuerda con el sexo biológico (órgano sexual) con el cual nació.
Entonces,
las personas transgéneros desde niños (as), comienzan a experimentar confusiones
con respecto a su identidad sexual, porque la forma de vestirse, de
comportarse, marca pautas de lo que deberían ser, manifestando incertidumbre al
desconocer lo que está pasando internamente por ellos, creando un conflicto
interno, personal, y tal vez por no llevar la contraria a padres, familiares,
maestros, como entes formadores, obedecen y acatan lo que ellos dicen, cuestión
que se convierte en sensación de insatisfacción consigo misma.
Por
ello, en la medida que esa persona va creciendo, madurando, necesita que sus
derechos sean respetado, busca tener libertad de expresarse según los mandatos
de su identificación sexual, y sucede que al lograr emanciparse, son capaces de
decir lo que sienten, además, comienza la búsqueda sobre las alternativas clínicas,
psicológicas, estéticas, que podría asumir para enfrentarse a la familia y a la
sociedad, al declarar lo que realmente es en cuanto a su identidad sexual.
Destaca
que la familia es la relación más importante para esta persona transgénero, por
cuanto en la medida que padres, hermanos, abuelos, tíos, acepten y comprendan
lo que está sucediendo, crecerá la confianza y seguridad para expresar lo que
siente internamente, lo que piensa, y con ello, ir preparando la situación para
enfrentarse al medio social. Sin embargo, no siempre se logra la empatía, y el
consuelo de estos seres significativos, por el contrario, puede ser la primera
batalla que debe vencer, porque emocionalmente, se debe a los seres que le
quieren y teme afectarlos, ofenderlos por las decisiones que debe tomar,
haciendo y soportando mucho por no perderlos, de allí que tal vez espera a ser
adulto independiente para expresarse libremente.
Dentro
de esa expresión, está la de transformar su cuerpo, cambiar su sexo biológico,
tomar hormonas, hacerse una serie de operaciones, con el fin de convertirse en
hombre o en mujer, dándose el derecho de revelar su sexo sentido. Como lo
explica Borges (2020), “urge cambiar la percepción de que si haces una
operación a una persona transexual vas a dejar de hacérsela a alguien que
necesita otro tipo de asistencia” (p.2), porque cuando puede colocarse con el
género con el cual se identifica, eso ya va a permitirle vivir en la sociedad
sin sufrir tanto, porque es cuestión de salud y no un capricho, de allí la situación
de atender esta necesidad física, mental y emocional de identidad sexual.
En
ese ambiente de la vida cotidiana, la persona transgénero debe construir su
identidad, por lo cual, sufre, le duele que la gente los vea como un ser
diferente, de allí que muchas veces sucede que es en la adultez cuando se arriesga
a confesar lo que piensa, siente; toma decisiones acerca de lo que desde el
punto de vista de salud, legal como social, enfrenta para involucrarse con las
debidas intervenciones y transformaciones de su cuerpo, de nombre, de vida,
haciendo valer su derecho de libertad.
2. El transgénero
y los derechos humanos
Los
derechos humanos, son derechos inherentes a todas las personas, así lo enuncia
la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos (ACNUDH) y la Unión Interparlamentaria (UIP) (2016), considerándose que
puntualizan acerca de las relaciones entre los individuos con las estructuras
de poder, especialmente el Estado, por ello, “delimitan el poder del Estado y, al
mismo tiempo, exigen que el Estado adopte medidas positivas que garanticen
condiciones en las que todas las personas puedan disfrutar de sus derechos humanos”
(p.19), por tanto, cuando se expresa la palabra ‘todos’, abarca a cualquier
persona, sea cual sea su condición o característica.
Por
tal razón, indican los instrumentos
específicos para grupos determinados donde deben prevalecer los
principios de igualdad, universalidad y no discriminación, por no ser un impedimento
para mostrarse conforme con miembros de ciertos grupos, quienes necesitan una
protección particular; de allí, que la ACNUDH y la UIP (2016):
Han diseñado mecanismos e instrumentos de derechos humanos
específicos para proteger los derechos de las mujeres y de grupos determinados,
como los extranjeros, los apátridas, los refugiados, las personas desplazadas,
las minorías, los pueblos indígenas, los niños, las personas con
discapacidades, las personas LGBT (lesbianas, gais, bisexuales y transgénero),
las personas con albinismo, los trabajadores migrantes y las personas privadas
de libertad. (p.25)
Por ende, en el panorama
investigativo sobre los derechos humanos, se debe dirigir la mirada al hecho
que son universales, basados en la dignidad de todo
ser humano, con independencia de la raza, color, sexo, origen étnico o social, religión,
idioma, nacionalidad, edad, orientación sexual, discapacidad o alguna otra
característica o condición distintiva, aceptados en todos los Estados y
pueblos, debiéndose aplicar sin discriminación por ser los mismos para todas
las personas en todos los lugares.
En ese orden de
ideas, el Consejo Rector de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (2018),
establece como fundamental atender la protección de derechos
del colectivo LGBTI y de las diferentes modalidades de agresión o rechazo
social que sufre cada segmento. Por ello, de acuerdo con una nueva perspectiva
de los derechos humanos, las instituciones que la conforman se han
propuesto desarrollar un trabajo sostenido por la inclusión y la diversidad en
Iberoamérica. De esta forma, buscan ampliar el radio de acción de la protección
de derechos inalienables para grupos en situación de vulnerabilidad, entre los
que se encuentra el colectivo de lesbianas, gays, bisexuales, trans e
intersexuales.
Así, según lo declara el Consejo Rector de la Federación
Iberoamericana del Ombudsman (2018), se muestra especial preocupación
por “la situación de las personas trans, que son discriminadas desde temprana
edad, por razones culturales y religiosas, al expresar su identidad de género”
(p.11), reportando que algunas veces estas personas son expulsadas de sus
hogares, lo cual les priva de una educación formal o continua, limitando sus
posibilidades de conseguir trabajos calificados más adelante. No es inusual, por
ello, que terminen sobreviviendo en la calle, sintiendo el rechazo de la gente,
sin respeto a su dignidad, a su vida.
En tal sentido, llama la atención la
ausencia de políticas públicas que faciliten la inclusión social de éste y
otros grupos en situación de vulnerabilidad y el desconocimiento generalizado
de los avances en la identificación de la sexualidad. Es más, el derecho a la
salud, constitucionalmente consignado en innumerables regiones, no ha impedido
que las personas trans reciban tratamientos médicos inadecuados al punto que su
esperanza de vida es apenas de 35 años aproximadamente, cuestión que debe
cambiarse para resguardar el derecho a la vida de este grupo de personas.
Destaca que los transgéneros solicitan del
mundo, el respeto a los derechos a la dignidad, la igualdad, la no discriminación, basado
en el primer derecho humano en cuanto a nacer libres e iguales en dignidad, donde la igualdad, significa que nadie es
superior a otro por cuanto todos gozan de los mismos derechos, de las mismas oportunidades,
sin discriminar a nadie por la religión, el color de la piel o el sexo,
entre otros aspectos.
En cuanto a la dignidad humana, es el derecho que
todos los seres humanos poseen a ser valorados como sujetos individuales y
sociales, con características particulares, por el simple hecho de ser personas
sin que por ser transgéneros sean minimizados o marginados. Supone, además, el
derecho a ser cada quien como se supone es, a sentirse realizado teniendo la
opción de decidir una profesión, expresar sus ideas y respetar a los demás.
3. Logros
colectivos del transgénero
Ante estas realidades mencionadas, las Defensorías del Pueblo de Argentina, Brasil, Bolivia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México y Panamá, han tomado conciencia de la importancia de la inclusión sexual multidimensional e integral y han asumido el compromiso de seguir trabajando en coordinación permanente con estos colectivos. Por su parte, la Federación Iberoamericana de Ombudsman (FIO) y la Cooperación Alemana a través del proyecto PROFIO, se suman a este esfuerzo y asumen los desafíos de esta nueva perspectiva.
Sin duda alguna, la lucha por garantizar los derechos humanos del colectivo LGBTI es una meta importante; por ello, se ha logrado que la FIO, junto con la Cooperación Alemana, promuevan procesos de diálogo y fortalecimiento entre organizaciones de la sociedad civil, las instituciones defensoras de los derechos humanos, al brindar apoyo a las defensorías del pueblo en sus acciones a favor de las poblaciones en situación de vulnerabilidad. Todo ello por una gran meta: Lograr que el principio de igualdad y no discriminación sea una realidad en Iberoamérica.
Se estima prudente
destacar los logros alcanzados para los colectivos
LGBTI, dentro de los cuales está el grupo en estudio, los transgéneros, comentando
que a través de leyes y políticas progresistas se ha dado reconocimiento de los
derechos de estas personas, partiendo del hecho que se criminalizan las conductas
homofóbicas, promulgándose leyes integrales con el fin de evitar la discriminación
de esta población, desarrollándose una amplia jurisprudencia comparada sobre el
derecho a la igualdad y no discriminación por orientación sexual o identidad de
género, como fundamento para la tutela de los derechos de este colectivo.
Estos
avances han tenido su mayor expresión en la erradicación de la penalización de
la homosexualidad en toda América Latina, adaptando y cambiando dogmas
conservadores fuertemente discutidos, que han dado la opción de reconocer el
matrimonio igualitario y de regulaciones a favor de la identidad de género,
considerándose en algunos países un caso de salud, por lo cual se le facilita
el cambio de sexo. Esto es más propio de clínicas privadas, donde las personas
pagan este tipo de cirugía, más los tratamientos estéticos y hormonales necesarios
para lograr convertirse en la mujer o el hombre deseado que se identifica con
su mente y sentimiento, al tener conciencia de lo que es.
En
algunos países, caso Brasil, se solicita a la persona vivir por lo menos dos
años sin hacerse la intervención quirúrgica, comportándose como su identidad
sexual se lo pide, en cuanto a apariencia y acciones. Luego, se hace la
operación, lo cual facilita el desenvolvimiento físico, emocional y social al
sentirse libre de demostrar quién es en realidad, contribuyéndose con la
personalidad y autoestima de la persona transgénero, ayudando a su adaptación y
a ser aceptado como tal por los demás.
También,
se han establecido convenios con docentes para ser capacitados, puesto que
cuentan con una ley de educación integral en sexualidad que se los permite,
posibilitando un avance importante al no ser discriminados en muchas
instituciones educativas, aunque depende del tipo de empresa formadora y si se
quiere, de la filosofía de la misma.
Uno
de los aspectos más importantes para los transgéneros, es ser reconocidos por
la sociedad, principalmente por su familia, para estas personas ser aceptados
implica que la gente cercana considere su situación no como un capricho, como
si fuera un deseo o tendencia, sino que asumen la realidad que sienten al no
identificarse con su género y requerir para satisfacerse siendo feliz al
transformarse de hombre a mujer o viceversa. Este es el paso más complejo por
el cual atraviesan estas personas, de allí la relevancia de tomarse en cuenta
sus derechos de vida, individualidad, identidad, trato igualitario y por ende,
el poder vivir como mejor se sienten, sin críticas, humillaciones,
discriminación, teniendo oportunidad de poder rehacer su vida personal, laboral
y social, al desenvolverse con libertad sin ser criticado (a) ni humillado (a).
No
obstante, a pesar de los logros mencionados, la persona transgénero requiere
que sean garantizados sus derechos
civiles y poder alcanzar la normalización de las identidades de género no
heteronormativas, consiguiendo mediante la lucha institucional, información
acerca de la condición que los caracteriza, evitando, sobre todo en las personas adultas mayores, la vulneración
sistemática de sus derechos con profunda estigmatización por la exclusión
social que este colectivo enfrenta.
En el ámbito legal, las personas transgénero experimentan
situaciones difíciles en cuanto a su identidad, por cuanto al nacer hombres su
identificación lo clasifica como masculino, registrándose con un nombre como
tal, pero en la medida que va transformando su vida, su apariencia, su género
mediante cirugía estética, requiere modificarlo para que pueda ser reconocido
como mujer si ese es el caso, lo cual implica un proceso complejo, difícil de
desarrollar por las trabas que la misma sociedad le impone, negándoles la
opción a veces y los costos que éstos tienen, además, que no todos los países
han establecido políticas específicas para este asunto.
Sobre la base de las ideas expuestas por los autores estudiados, que
sustentaron el tema: Transgénero, un análisis desde la mirada de los derechos
humanos, el mundo global ha comenzado a aceptar la situación de estas personas,
quienes poco a poco han logrado visibilidad y derechos en muchas sociedades
occidentales, considerándose una población minoritaria de la cual se focalizaba
prejuicio y rechazo sexual, así como un
impacto sobre la salud mental de las mismas, por asumirse en algunas
ocasiones, que es un problema que presentan estas personas en cuanto a su
cordura e integridad mental, viéndose más como un capricho que por necesidad de
vida, de ser quien realmente es.
Conclusiones
Con respecto al derecho a la
igualdad aún se observa que en algunos países hay personas transgéneros que
deben huir de su hogar por su religión, por su etnia o por su sexo, la situación
familiar a veces se hace difícil, por cuanto padres, familia en general no
entienden que esta condición de la persona no es un capricho, por ende, debe buscar
alternativas quirúrgicas, estéticas, legales, sociales, que le permitan vivir
con el género que su pensamiento y emocionalmente le propicia sentirse bien.
En cuanto al derecho de libertad,
es indiscutible que todas las personas lo tienen, el asunto es que debe esperar
muchas veces a ser adulto para decidir qué va a
hacer y de hacerlo adolescente podría sentirse como una rebelión en contra de
su familia y de la sociedad, que a pesar de todos los logros obtenidos a nivel
global, sigue cuestionando la condición de identidad sexual del transgénero, y
si el caso se presenta en algún miembro de la familia, se suele tener en
secreto, se convierte en un tema tabú, lo cual hace más compleja la
transformación de la persona, para seguir las disposiciones de su identidad
sexual en cuanto a gustos e intereses.
Sucede lo mismo con el derecho de
no discriminación, por cuanto no todas las personas le ofrecen trabajo a
transgéneros, sumidos en problemas sociales, morales, culturales y religiosas,
y aunque no los maltraten u ofendan, prefieren no tenerlos en la empresa, como amigo
(a), y mucho menos, establecer lazos afectivos más cercanos, por cuanto, el
estigma social pesa mucho y optan por no tener que luchar esa batalla.
Sin embargo, no se
puede dejar de reconocer que dichos avances son desiguales, puesto que todavía,
muchos países no los reconocen y por ello, no tienen políticas que los
defiendan. Así, como lo menciona la FIO, en los países donde los progresos han
sido más alentadores, todavía hay dificultades para pasar del marco normativo a
políticas públicas a favor de la población transgénero y para contar con autoridades
sensibles y con conocimiento de estos temas, así como considerarse un problema
de salud y puedan existir políticas de atención pública (operaciones,
tratamiento), que permitan el cambio de género de forma adecuada y aceptada por
la colectividad.
En
tal sentido, el mayor reto es enfrentar y superar un contexto social de
violencia institucional, discriminación generalizada e históricamente
arraigada. Las altas tasas de asesinatos, violación sexual, agresiones, acoso y
violencia en general, así como la impunidad, crecen sin una respuesta eficaz de
parte de las autoridades competentes. Por lo tanto, a pesar que
conceptos de igualdad, libertad y dignidad, parezcan cuestiones del pasado,
todavía queda mucho camino por recorrer para alcanzar esos derechos en las personas
transgéneros.
Referencias Bibliográficas
Alviarez,
A. P., y Lourenco, M. G. (2017). Construcción
del significado de la discriminación por orientación sexual e identidad de género
en personas homosexuales, heterosexuales y transexuales del área Metropolitana
de Caracas (Tesis de pregrado).
Universidad Católica Andrés Bello, Caracas, Venezuela.
Basterrechea, J., Bonilla, N., Borrero, L., Bottaro, G., y Fuente, L. (2017). Concepciones sobre transexualidad en estudiantes de
Medicina de la Universidad de Carabobo. Salus, 21(1),
10-15.
Borges, D. (2020). La familia y la dinámica de sus relaciones en el
cuidado de la salud de las personas transexuales (Tesis doctoral). Universidad Miguel Hernández (UMH) de Elche y
la Universidade de Sao Paulo (USP) de Brasil.
Delfín-Ruiz, C., Cano-Guzmán,
R., y Peña-Valencia, E. J. (2020). Funcionalidad familiar como política de asistencia
social en México. Revista de Ciencias Sociales (Ve), XXVI(2), 43-55. https://doi.org/10.31876/rcs.v26i2.32421
Federación Iberoamericana del Ombudsman - FIO (2018).
El rol del ombudsman en la promoción y defensa de los
derechos del colectivo de LGBTI. Desarrollo de buenas prácticas
defensoriales.
Cooperación Alemana. https://pradpi.es/es/publicaciones/publicaciones-fio-giz/el-rol-del-ombudsman-en-la-promocion-y-defensa-de-los-derechos-del-colectivo-de-lgbti
Fuertes, E., Plou, P., y Gómez, C. (2017). Desarrollo
humano desde la perspectiva del crecimiento. Revista
de Ciencias Sociales (Ve), XXIII(4), 81-97.
Guillén, J., Menéndez, F.,
y Moreira, T. (2019). Migración:
Como fenómeno social vulnerable y salvaguarda de los derechos humanos. Revista de Ciencias Sociales (Ve), XXV(E-1),
281-294.
Naciones
Unidas (1948). Declaración Universal de Derechos Humanos. Adoptada y
Proclamada por la Asamblea General en su Resolución 217 A (III), de 10 de
diciembre de 1948. Recuperado
de https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/
Oficina
del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la
Unión Interparlamentaria – ACNUDH y UIP (2016). Derechos Humanos. Manual
para Parlamentarios No. 26.
Unión Interparlamentaria. https://www.refworld.org.es/pdfid/5b72fb824.pdf
Programa
de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD (2016). Informe Regional sobre Desarrollo Humano para América Latina y el
Caribe. Progreso multidimensional: Bienestar más allá del ingreso. PNUD. http://www.codajic.org/sites/www.codajic.org/files/UNDP_RBLAC_IDH2016ResumenSP.pdf
Rabanal,
R., Huamán, C. R., Murga, N. L., y Chauca, P. (2020). Desarrollo de
competencias personales y sociales para la inserción laboral de egresados
universitarios. Revista de Ciencias Sociales (Ve), XXVI(2), 250-258. https://doi.org/10.31876/rcs.v26i2.32438
Ribeiro,
L. P., Carvalho, C. A., y Antunes-Rocha, M. I. (2017). Representacoes Sociais em Movimento: uma analice de duas pesquisas no
Ámbito da Educaτπo do Campo da FaE-UFMG. Revista Educação e Cultura Contemporánea,
14(37), 343-366. https://doi.org/10.5935/2238-1279.20170052
Rosales,
M. (2017). El desarrollo humano: una
propuesta para su medición. Revista Aldea Mundo, 22(43), 65-75.
* Master en Métodos y
Técnicas de Investigación en Trabajo Social. Licenciada en Trabajo Social.
Profesora Tiempo Completo de la Universidad Técnica de Manabí, Portoviejo,
Ecuador. E-mail: mercedes.cedeno@utm.edu.ec ORCID: https://orcid.org/0000-0003-1441-6632
Recibido: 2020-09-16
· Aceptado: 2020-12-04