La exención de condenatoria en costas procesales en el proceso laboral venezolano
Resumen
En la presente investigación se analiza la exención en condenatoria de costas procesales a la luz de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y para ello, se describen y diferencian los dos supuestos de exención contenidos en el artículo 64 de dicha norma, es decir, por una parte a los demandantes como sujetos que pueden estar exentos de una condenatoria en costas procesales siempre y cuando cumplan con determinadas condiciones y por otra parte, los entes del Poder Público (República, Estados, Municipios, Institutos Autónomos, Empresas y Fundaciones del Estado) como sujetos que gozan de determinados privilegios procesales que los pueden eximir de ser condenados en costas procesales, concluyendo que en el proceso laboral venezolano, se encuentran exentos de condenatoria en costas procesales, por una parte, los demandantes que demuestren su condición de trabajadores y que devenguen menos de tres salarios mínimos mensuales y por otra parte, la República, los Estados, Institutos Autónomos y algunas Empresas del Estado.