Los Contratados en la Administración Pública. Una mirada desde la legislación venezolana
Resumen
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, establece expresamente el concurso público, como el único mecanismo de ingreso a la administración pública, siendo este postulado refrendado por la Ley de Estatuto de la Función Pública de 2002, no obstante, esta legislación permite al Estado recurrir a la figura del personal contratado para el ejercicio de la función pública institucional. Es destacable que la institucionalización del concurso público en Venezuela, ya se había consagrado en la derogada Ley de Carrera Administrativa de 1970. En el presente trabajo se analiza el marco legal y jurisprudencial que ampara laboralmente al personal contratado por la Administración Pública. El tipo de investigación es analítico-descriptivo, de carácter documental. Se concluye que el actual corpus legal y jurisprudencial venezolano, brinda amplia protección y beneficios socio-laborales al personal contratado por la administración pública, sin embargo, sufren una importante excepción, dado que su condición no constituye una vía de ingreso permanente y de estabilidad absoluta, muy a pesar, que el cumplimiento de sus funciones, permanencia, concurrencia, y remuneración sean similares a los de los funcionarios públicos permanentes y constituya una relación de empleo público.
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