Diversificación de las Formas de Resolución de Conflicto como Política Pública

  • Laura García Leal Sección de Metodología Jurídica. Instituto de Filosofía del Derecho. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Universidad del Zulia

Resumen

El deber que tiene el Estado de tutelar los derechos amenazados de las personas no se satisface con la sola organización de un Poder Judicial eficiente, probo, transparente, sino que exige que se ofrezcan y se apoyen también otros mecanismos de solución de controversias que pueden resultar socialmente más valiosos si posibilitan y mejoran la relación futura entre las partes. Ahora bien, el aceptar el enunciado anterior hace necesario analizar algunos aspectos conceptuales y de política judicial que subyacen en los sistemas alternativos al estrictamente jurisdiccional, para la resolución de conflictos. El presente trabajo plantea, desde el análisis de la teoría del conflicto y de la decisión, determinar las insuficiencias de la justicia tradicional y la conflictividad social, la necesidad de reinterpretar la justicia a la luz de nuevas realidades y en esta interpretación trascienda de una legalidad formal a una justicia material que implique accesibilidad para el ciudadano, transparencia, idoneidad, autonomía, independencia, responsabilidad, equidad y rapidez.

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Cómo citar
García Leal, L. (1). Diversificación de las Formas de Resolución de Conflicto como Política Pública. Frónesis, 15(1). Recuperado a partir de https://produccioncientificaluz.org/index.php/fronesis/article/view/3009
Sección
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