La coacción: entre lo formal e informal. Presentación del tema

Luis Gerardo Gabaldón

Universidad de Los Andes, Mérida/

Universidad Católica Andrés Bello, Caracas, Venezuela

E-mail: luisgerardogabaldon@gmail.com

En la contemporaneidad se asume como un logro nada despreciable la reducción de la coacción al ámbito público, estatal, escrutable y regulado mediante una formalización y moderación en su utilización. Dentro de los principios que orientan al estado moderno, lo público, lo formal y lo limitado en el empleo de la fuerza serían, aunque conceptualmente diferenciadas, dimensiones concurrentes y fundantes para la expropiación de la violencia privada. Podríamos preguntar si funciona realmente de este modo el estado así como sobre los rasgos que definen su desempeño: ¿se trata de un aparato impersonal e independiente del poder coyuntural de los gobernantes que operaría mediante un sistema de escrutinio y supervisión equilibrado? ¿supone la formalidad una rigidez protocolar en el empleo de la coacción, independientemente de quiénes son sus destinatarios? ¿qué significa moderación en el uso de la fuerza y cuáles son los estándares que permiten calibrarla y mantenerla? Estas preguntas resultan pertinentes cuando exploramos diversas formas de configuración de los estados modernos, con gran variabilidad en la sucesión y alternancia de los gobiernos, cuando los mecanismos de auditoría y control de la gestión pública son deficientes o resultan arrollados, y frente al funcionamiento del derecho como un mecanismo bifronte y flexible que permite administrar la coacción en forma múltiple; en estos casos, los protocolos para el uso de la fuerza, aun cuando formalmente establecidos y proclamados, son frecuentemente violentados por los propios agentes estatales.

En este número temático de Espacio Abierto abordamos la cuestión del continuo de formalidad/informalidad de la coacción, tanto como respuesta a diversas demandas y presiones como en cuanto a expectativas y diversas audiencias. Dado que coexisten acciones formales e informales de carácter coactivo frente a la violencia interpersonal, se requiere mayor reflexión sobre su alternancia o complementariedad y, en particular, sobre cómo el sistema legal puede funcionar para articular unas y otras, dado que su intervención resulta ineludible aun en presencia de entornos, actores y situaciones que podrían desafiar su predominio. Lo formal refiere a lo rígido, protocolar y caracterizado por etiquetas duras, más difíciles de remover, mientras lo informal refiere a lo flexible, antiprotocolar y caracterizado por etiquetas blandas, más fáciles de remover, independientemente de la intensidad de la coacción. Tradicionalmente lo formal ha sido vinculado a lo público y a lo estatal, mientras que lo informal a lo privado y comunitario, aunque esta asimilación es ideológica y no sustentada siempre en evidencias, como muestran acciones estatales que arrollan procedimientos y protocolos legales, o conductas ejecutadas fuera del ámbito de la jurisdicción doméstica de los estados que violentan reglas y tratados internacionales y que son generalmente desarrolladas bajo el ocultamiento. También existe una tendencia, especialmente marcada por estudios etnográficos y críticos, a valorar lo informal como menos intenso o violento, lo cual no es necesariamente cierto, considerando formas coactivas informales de muy elevada intensidad y atrocidad, como son las ejecuciones extrajudiciales y los linchamientos.

Dos de los ensayos abordan la práctica judicial de la condena de homicidios, tanto de adolescentes como de adultos. Su enfoque se construye, en un caso (Monsalve-Briceño) a través de la percepción de la coacción y el castigo por los victimarios sancionados frente a sentencias que, apoyadas por los escritos de acusación y poco discrepantes de ellos, justifican la coacción del castigo en la agravación de la culpa moral y la censura social; en otro caso (Gabaldón y Serrano) se consideran las vivencias de jóvenes homicidas que perciben actos de extrema coacción dentro del proceso por parte de policías, fiscales y jueces, quienes administran y construyen la significación del castigo a través de mecanismos informales insertados y validados a través del proceso penal mediante una cadena de transmisión ineludible, que sobrepasa los límites formales de la responsabilidad por hechos propios, la restricción legal de la autoincriminación y el sacrificio del debate contradictorio mediante la condena sumaria.

Otros dos ensayos abordan lo informal de la coacción a través de la vivencia del evento biográfico y su reelaboración frente a una audiencia de control informal (Rodríguez) o a través de la experiencia festiva del carnaval, restringida por formas de constreñimiento físico espacial que irradian desde un centro organizativo y empresarial hasta alcanzar la periferia de los marginados no contribuyentes, aspirantes al disfrute del paroxismo musical y dancístico pero confinados a un espacio restringido, a pesar de definirse como público y de libre acceso (Oliveira y Paes Machado). En el primer ensayo se propone interpretar la redefinición de una identidad desviada y estigmatizada debido a una agresión física, frente a una audiencia blanda representada por el investigador, a través de la mutación de un discurso de incriminación y merecimiento, aceptado y sostenido frente a la audiencia dura que representa el tribunal, por uno de arrepentimiento y enmienda, con lo cual se introducen elementos de reflexión sobre el sentido de la readaptación y cambio conductual según la intensidad y estructura de la coacción en quien atiende al relato. En el segundo ensayo se interpreta la invasión del espacio público del disfrute carnavalesco por parte de la coacción informal representada por la seguridad privada, apoyada directamente por el aparato policial estatal en las personas de sus comandantes operacionales, como un mecanismo de opresión sincronizado en beneficio de la empresa y el lucro a expensas de la participación y acceso al espacio público proclamado como libre e igualitario.

Todos los ensayos permiten observar la permeabilidad entre lo formal e informal en el desempeño de la coacción estatal institucionalizada (aparato judicial penal) o en el territorio de lo definido como público y, por ende, sometido a reglas de garantías, disfrute y tratamiento definidas como generales e igualitarias, de acuerdo al tipo de audiencia frente a la cual se actúa o se reacciona. Ello permite un enfoque más abierto sobre el continuo de formalidad/informalidad, que se manifiesta entonces no solamente como escenario para el despliegue de la coacción, en los ensayos de Gabaldón y Serrano y de Oliveira y Paes Machado, sino como vivencia de los mismos infractores frente a audiencias alternas, en los ensayos de Monsalve-Briceño y Rodríguez. Con esto se abren nuevas perspectivas para interpretar la formalidad y la informalidad más allá del rígido molde estatal/no estatal que procura compartimentos estancos entre ambas dimensiones.

Dos cuestiones son relevantes dentro de las perspectivas y enfoques de este Dossier. En primer término, la relación entre la formalidad y el espacio público del control social. La concepción moderna del estado de derecho sugiere una estrecha relación entre las formas rígidas y protocolares y la rendición de cuentas frente al ejercicio de la coacción. Esto operaría no solamente a través de normas jurídicas, reducción de la discrecionalidad agencial, principio de competencias explícitas y difusión y publicidad de la gestión de instancias bajo control estatal. Dos de las contribuciones en el dossier permiten cuestionar una relación biunívoca entre formalidad y desempeño estatal. En el artículo de Gabaldón y Serrano queda manifiesto cómo el proceso penal, que opera mediante reglas precisas para la estructuración de los actos y la secuencia temporal en el procesamiento de casos de homicidio, con victimarios adolescentes, da amplia cabida y valida prácticas informales, ocultas, fundamentalmente policiales, pero también fiscales y judiciales, que implican ejercicio de la coacción al margen de la legalidad, integrándolas al producto final de la condena sin que sean efectiva y oportunamente cuestionadas por los órganos de control de la legalidad dentro del proceso. En el artículo de Oliveira y Paes Machado se evidencia una simbiosis entre mecanismos formales e informales de coacción en el espacio público, coordinados por agentes policiales estatales al más alto nivel, que conforman un continuo a veces difícil de distinguir, y articulado con la protección de intereses comerciales estrictamente privados y ajenos a cualquier supervisión, auditoría o control público. En ambos casos, la penumbra que rodea dichas prácticas es un aliciente para su desarrollo y consolidación, por lo cual cobra particular relevancia el concepto de publicitación (que debiera ser inherente al desempeño estatal, pero no lo es) como un mecanismo para expandir la rendición de cuentas y corrección de prácticas indebidas y la protocolización de la coacción como poder público estatal.

Por otro lado, la vinculación entre la informalidad y la coacción admite diversos matices. A diferencia de lo que sostiene una visión romántica y consensual sobre la informalidad, asociada a la calidez, creencias y solidaridad entre pequeños grupos homogéneos, lo cual determinaría bajos niveles de coactividad, las contribuciones del presente dossier permiten distinguir otras características acaso más relevantes: arbitrariedad, exceso y discrecionalidad en el ejercicio de la coacción directa, sin perder inmediatez, proximidad e incluso una empatía que podrían favorecer relatos más espontáneos, libres y desestructurados en la presentación de las experiencias de la violencia, como sugiere Rodríguez, en su revisión de la redefinición de identidad de un agresor por motivo de género, o Monsalve-Briceño en la presentación de vivencias y sentimientos frente a la aplicación del castigo por parte de homicidas convictos. Esta cara alterna de la informalidad, no asociada a la calificación de su agencia por parte del actor violento, sino más bien a la redefinición del acto y las consecuencias que provocaron la coacción formalizada del estado a través de un proceso penal, ahora frente a lo que podría definirse como una audiencia informal representada por un investigador social, constituye un aporte sustantivo y metodológico para comprender múltiples significados y consecuencias del control social dentro del continuo formalidad/informalidad.

Los ensayos contenidos en este dossier, partiendo de premisas diversas, utilizando contextos alternativos y comprendiendo diversas modalidades dentro del continuo de la juridicidad, intensidad y publicidad en el ejercicio del control social, permiten un enfoque multidimensional hacia la formalidad e informalidad de la coacción, cuando visiones ancladas a la soberanía y reserva estatal de la fuerza, el estado nacional y el monopolio de la creación del derecho, así como la división neta entre lo público y lo privado, se encuentran en entredicho. Y permiten fertilizar las interpretaciones a través de datos empíricos cualitativos que invitan a una reflexión conceptual más profunda y menos maniquea entre pares de significados supuestamente excluyentes.

Queremos dedicar este dossier como un homenaje a la voluntad, entereza y vocación de ADELA GARCÍA PIRELA, quien ha orientado su reflexión sobre lo jurídico desde una perspectiva no dogmática, vinculada a su operación y significado, no obstante continuamente disputados en el medio latinoamericano.