Enl@ce: Revista Venezolana
de Información, Tecnología y Conocimiento
ISSN: 1690-7515
Depósito legal pp
200402ZU1624
Año
11: No. 3, Septiembre-Diciembre 2014, pp. 97-121
Cómo citar el
artículo (Normas APA):
Ríos, A. (2014). Análisis y
perspectivas del comercio electrónico en México. Enl@ce Revista
Venezolana de Información, Tecnología y Conocimiento, 11 (1),
97-121
Análisis y perspectivas del
comercio electrónico en México
Alma de los
Ángeles Ríos Ruiz1
Resumen
El objetivo de la investigación que se presenta
es analizar el tema de comercio electrónico a través de los componentes que permiten su efectividad,
entre los que destacan los actos de comercio y pagos electrónicos. Asimismo, se
fundamenta un análisis de las disposiciones jurídicas que regulan el mencionado
comercio México, su impacto económico y las perspectivas de esta actividad. Se prevé demostrar que la relación
comercio-tecnología generó la adaptación de medios electrónicos como el
internet, aplicado al intercambio de bienes, mercancías y servicios, por lo que
se concluye que la mencionada actividad ha facilitado las relaciones
comerciales de nuestros tiempos.
Palabras clave: comercio
electrónico, pago electrónico, regulación jurídica, impacto económico, México.
Recibido:
25/08/14 Devuelto para revisión: 29/09/14 Aceptado: 24/10/14.
1
Licenciada en Derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
Doctora en Derecho
en la Universidad Nacional Autónoma de México. Profesora de Tiempo
Completo “C” en la UNAM. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores del
CONACYT.
Correo-e: alma_rios_r@hotmail.com
Analysis and Perspectives of Electronic Commerce in Mexico
Abstract
The objective of the research that is presented is to
analyze the theme of e-commerce through the components that allow its effectiveness, among which the acts of trade and electronic payments. Also, it is based an analysis of the
legal provisions governing
the mentioned trade Mexico, its economic impact and the prospects for this activity. It is expected that demonstrate
the relationship trade-gender technology adaptation of electronic media such as
internet, applied to the exchange of goods, products and services, it was
concluded that the above-mentioned activity has facilitated the trade relations
of our times
Key Words: Electronic commerce, Electronic payment, Legal
regulation, Economic impact, Mexico.
1. Introducción
El desarrollo de la humanidad ha estado en todo
momento ligado con los avances de la tecnología, desde las tareas más sencillas
como la siembra de productos
para la alimentación de la población o la construcción de sus hogares, han sido mejoradas previa
implantación de nuevos mecanismos concebidos por la constante innovación y creatividad de los individuos de la sociedad.
Estas innovaciones dieron pauta a cambios
generacionales, traducidos en eventos históricos como la revolución industrial,
la cual además de marcar el inicio de la aplicación de nuevas técnicas de
producción, también potencializaron la riqueza de los países que contaban con
la tecnología.
Con la invención de la electricidad inició
nuevamente una etapa de desarrollo, la cual incluyó instrumentos que
utilizarían las fuentes de energía como la radio y televisión. La siguiente
etapa de aparatos electrónicos incluyó el que se considera el catalizador del
potencial humano, se hace referencia a las computadoras u ordenadores.
Esta revolución tecnología, fue utilizada en casi
todas las actividades de la humanidad de las cuales podemos citar al comercio, por
ello se analiza como objetivo de la investigación el comercio electrónico a
través de los componentes que permiten su efectividad, entre los que destacan
los actos de comercio y pagos electrónicos. En tal sentido, determinar los avances, tales como llevar el
control de las ventas o pedidos de forma modernizadas por el uso de las computadoras, ha sido solo parte del inicio de la
relación comercio- tecnología, al considerar que con la invención de una nueva forma de comunicación conocida
como internet se crearía un panorama novedoso en el intercambio de
mercancías, bienes y servicios.
2. Antecedentes
Aunque quizás el comercio sea tan antiguo como el hombre, también es dable afirmar que surgió con el trueque, cuando los primeros hombres lo efectuaron para cambiar unos bienes por otros
y, más aún, por otros que, a su vez, les sirvieran para adquirir cualquier tipo
de satisfactores, como antecedentes remotos de la moneda. Ahora se sabe que
estos primitivos medios de cambio fueron, primeramente, ciertos granos y
vegetales; más adelante, los trozos de algunos
metales y, ulteriormente, especímenes de ganado productivo o comestible
(pecus), que en civilizaciones más evolucionadas encontraron reproducción gráfica
en ciertas monedas
(Díaz,
2006, p. 4).
Con el paso del tiempo,
el comercio de mercancías
fue adquiriendo nuevas modalidades
y medios de pago. Eventos históricos como el cierre de
los caminos de oriente y la ocupación
de la
Tierra Santa por los turcos, dieron
origen a instituciones mercantiles como el
cheque, el cual permitió efectuar actos de comercio sin la presencia física de una suma de dinero. Asimismo, el descubrimiento
de América marcó las
relaciones comerciales al intercambiar
nuevos productos y especies, nunca antes vistas en cada continente.
En el caso de México, la actividad comercial, de
igual forma, estuvo presente en cada una de las culturas prehispánicas que habitaron el territorio,
situación que continuó durante la época de la Nueva España y de la Independencia. En 1854, se expidió el primer Código de Comercio
mexicano, conocido como Código Lares, de vigencia local. Sin embargo, dado
el clima político careció de vigencia efectiva, a pesar de que algunas
entidades federativas lo adoptaron en su régimen interior.
Federalizada la materia
mercantil por reforma
de 1883 a la fracción del
artículo 72 de la Constitución Política, en el mismo año
se expidió el segundo Código de Comercio, este sí con vigencia nacional, pero de corta vida pues en
1889, para entrar en vigor el 1 de enero de 1890, se expidió el tercer Código
de Comercio, aún vigente.
El nuevo Código fue redactado por Joaquín D.
Casasús, José de Jesús Cuevas y José María Gamboa, con el auxilio, como secretario,
de Roberto Núñez (Pallares, 1987,12). Este ordenamiento
mercantil, tuvo como principal fuente informativa, al Código
de Comercio Español de 1885, del que
fueron tomados literalmente numerosos preceptos; también se tuvo a la vista el Código de Comercio
Italiano de 1882, el previo Código de Comercio Español de 1829 y, por supuesto, el Código de Comercio
Francés (Díaz, 2006, p. 12).
Evidentemente el Código de Comercio de México, ha
sufrido varias reformas jurídicas con el objetivo de actualizar sus preceptos con la
realidad de la sociedad mexicana.
En este sentido, uno de los acontecimientos que marcarían un nuevo escenario
en la actividad mercantil; no solo de México sino del mundo entero, sería la
incorporación de los medios electrónicos, en especial del internet.
3. Tecnología e internet
El análisis permite
marcar la diferencia que existe entre
técnica y tecnología para posteriormente
referirnos a la definición de la tecnología como un sistema complejo. La técnica hace referencia con los procedimientos,
habilidades y artefactos desarrollados sin la ayuda del conocimiento científico, mientras que el término
tecnología se utiliza para referirse hacia los sistemas desarrollados teniendo
en cuenta el conocimiento científico. En este sentido,
Internet es considerada una tecnología por haber sido desarrollada gracias
a los avances científicos de la
física, las matemáticas y la electrónica (Marquina,
2012,40).
La
historia del desarrollo de Internet, es una mezcla única de estrategia militar,
colaboración técnica, e innovación contracultural2. Internet
es un producto de la Guerra Fría, ya que nace como un proyecto militar de los
Estados Unidos de Norteamérica financiado por la Agencia de Proyectos de Investigación Avanzada (Advanced
Research Projets Agency, ARPA), creada en 1957 por el Departamento de Defensa del mencionado
país. El proyecto recibía el nombre Arpanet. La fecha oficial que podemos dar es la de 1969.
Cuando este Ministerio empezó a articular su
proyecto ya existían redes parciales de computadoras, pero no podían
interconectarse porque cada una utilizaba sus propios protocolos. Asimismo, la topología de
estas también eran diferentes (LAN y WAN). Con este proyecto se buscaba la transmisión de información por medios alternativos a los existentes en ese momento, de
manera tal que no existiese un único centro neurológico que causara un colapso
en la organización defensiva en el supuesto de que el enemigo lo destruyese.
La descentralización y la inexistencia de
jerarquía servían para que no hubiese
centros que hipotecasen el funcionamiento de todo el conjunto, incluso
ante una agresión nuclear.
2 Durante el siglo XX surgieron una infinidad de cambios y avances tecnológicos, dando paso a la era de la informática, ba- sada
en la infraestructura global de la información constituida por tecnología y comunicaciones; configurando un problema para el
mundo de la ciencia jurídica, pues los fenómenos económicos y comerciales
aparecieron antes de que se pudieran prever las soluciones legales. A mediados
de la década de 1960, las diferencias entre los Estados
Unidos de Norteaméri- ca (EUA) y la entonces Unión de Repúblicas
Socialistas Soviéticas (URSS), radicaban en la competencia por ganar la car-
rera espacial y el desencadenamiento de una guerra nuclear; en ese contexto
se desarrolló la conocida guerra fría, en la
cual el Departamento de Defensa de los Estados Unidos invirtió en la
investigación tecnológica y comenzó a explorar las posibilidades de construir una
amplia infraestructura de telecomunicaciones que resultara capaz de soportar la
pér- dida de alguna de sus partes por un desastre natural o cortes de energía
como consecuencia de un ataque nuclear man- teniéndose intacta la efectiva
transmisión de datos militares entre computadoras; a través de los centros
de información que integrasen
la red, evitando así la destrucción por parte de la entonces URSS a las
comunicaciones estadounidenses en caso de un
ataque nuclear. Ese ambicioso proyecto inicialmente fue conocido como ARPA (Agencia de Proyectos de In- vestigación Avanzados,
Advance Projects Researcg Agency), denominándose posteriormente Arpanet. Véase Ríos,
A. (2006). “El comercio electrónico a la luz de los mercados virtuales”, en IURIS TANTUM,
XXI, (17), otoño-invierno, p.190.
Desde esa perspectiva, se creó una red
interconectada entre equipos informáticos que se mantendría operativa aunque
grandes partes de la misma resultaran dañadas por un ataque. La primera conexión,
se produjo entre la Universidad de California, Los Ángeles (UCLA), el Standford Research
Institute (SRI), la
Universidad de California Santa Bárbara (UCSB) y la Universidad de Utah. La
primera computadora capaz de dar servicio a otras se instaló en la UCLA el 30
de agosto de 1969. A finales de 1970 aparecieron redes como UUCP, basada en UNIX, y USENET vinculada al
mundo universitario y a organizaciones comerciales.
En 1971 Ray Tomlinson, realizó el programa de
correo electrónico para Arpanet, que se prueba con éxito ese mismo año. Primero, diseñó un sistema de mensajería para
depositar notas en una
misma máquina. Después, realizó transmisiones
de una maquina a otra. En 1973, se iniciaron las primeras conexiones
internacionales entre equipos informáticos.
La investigación universitaria cobra importancia
a finales de los setenta
del siglo XX, poniéndose de manifiesto la utilidad de la red para fines civiles. Con la intención de resolver
los problemas de saturación y lentitud que nacían
del incremento de usuarios, se crea
el protocolo IP y, más adelante, protocolo TCP, que se siguen utilizando en la actualidad. En 1983 el
Departamento de Defensa estadunidense aísla la parte militar de la red (Milnet)
de Arpanet. La aparición del PC
de IBM, en 1981, y del Macintosh de Apple, en 1984, es un importante paso para abrir
la red a los hogares y sentar las bases de la generalización de su uso.
El fenómeno informático se expande y llega a las
masas. También en 1984, se introduce el sistema de nombre de dominio
o DNS. Los problemas que originaba la escases de capacidad de
transmisión con respecto a lo que se empezaba
a requerir se superaron en
gran parte con la creación del sistema operativo UNIX, que si bien había sido
inventado en 1969 no se extendió hasta 1983 cuando en Berkeley, financiados por la ARPA, le adaptaron el protocolo TCP/IP.
Arpanet va cediendo sitio en el terreno
de la investigación a la NSFNET (red de la Fundación Nacional de
Ciencias, nacida en 1986)
y a
otras redes hasta que desaparece en 1990.
De tal manera, con los intereses económicos es
cuando Internet se afianza definitivamente en el marco del proceso que lleva a la economía a usar las nuevas
tecnologías. La era actual de
Internet nace con la www en 1989, de la mano de Tim Berners Lee y Robert
Caillou. Para conseguir la www fue necesario crear previamente el
lenguaje hipertextual (el HTML), lo que sucedió en el Centro Europeo de Investigación Nuclear (CERN), un centro de investigación
de física de alta energía radicado
en Ginebra. En 1993,
Andreesen y Bina desarrollan un prototipo de navegador, denominado Mosaic (antecedente
de Netscape), en el que un clic con el ratón permite desplazarse de una
página a otra. En 1995 la empresa Sun da a conocer el lenguaje Java.
México fue el primer país de la América Hispana en
conectarse a la Red en 1989 (España
lo hizo en 1990). Los primeros sitios mexicanos fueron de índole académica y se encontraban en el Instituto Politécnico Nacional, el
Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey, la Universidad
de las Américas (Puebla), la Universidad de Guadalajara y la Universidad Nacional Autónoma de
México.
Fue en el año de 1994, cuando las entidades
comerciales comenzaron a conectarse. El crecimiento del uso de Internet en los
organismos públicos mexicanos ha encontrado diversas dificultades, entre las que destacan la “reticente aceptación burocrática de la
cultura tecnológica”, la falta de infraestructura, y la “poca disponibilidad y falta
de actualización de la información pública gubernamental”, al margen del
problema social del “analfabetismo informático”. Por lo cual se destaca, que en
los últimos años, se ha avanzado de manera importante, lo que ha permitido a México situarse en el segundo puesto de los
países de América Latina, ocupando el primer lugar Brasil, en la mayor parte de los indicadores cuantitativos que se usan para analizar el grado de penetración de Internet en la sociedad
(Fernández, 2004, p. 6-9)
y su vinculación con el comercio.
4. Comercio electrónico
La evolución del comercio3 ha resultado
en el cambio de la forma de
comerciar y contratar. Se han producido una serie de transformaciones en los sujetos
intervinientes en las transacciones, en el ámbito en que estas se realizan, en
los medios de comunicaciones utilizados por las partes y en los métodos
utilizados para asegurar las transacciones. En este sentido, uno de los
elementos que transformó la actividad comercial de manera sensible fue la
incorporación de medios electrónicos.
El comercio electrónico, es un concepto jurídico que presenta una serie de
particularidades y dificultades: la primera de ellas se evidencia al momento de definirlo, diferenciarlo del comercio tradicional, clasificarlo e inducir sus características. En segundo plano, se
pueden apreciar desajustes normativos en materia tributaria, en los conflictos de leyes, en la
3 En la época actual, el comercio ha evolucionado y se realiza
a través de medios electrónicos, siendo la Internet
la vertiente del ciberespacio que ha impactado
en los ámbitos económico, social,
cultural, productivo y tecnológico, generando
una revolución tecnológica difícil
de aplicar y adecuar a una reglamentación electrónica , donde la tecnología influye en los hábitos
de com- prar, informar,
educar, asesorar, utilizando tanto el tiempo de trabajo como de ocio,
facilitando la organización de nuestras vidas y ocasionando una forma de
producir que traspasa el poder del vendedor al comprador o del productor al
consumidor. Por tanto, la velocidad
y la
precisión en la que se
trasmite la información, la capacidad de almacenamiento de la misma, así como
la flexibilidad de la organización de la producción en forma de red, permite
incrementar a la vez, de manera simultánea la producción, la
productividad y el empleo. Ver: Ríos, A, (2006). El Comercio electrónico…p.190.
resolución de controversias, en aspectos
de la
propiedad intelectual y en materia
contractual (Hocsman, 2010, p. 354).
En realidad,
el término comercio electrónico no se refiere a una clase de operaciones o contratos,
sino a actos jurídicos realizados a través de instrumentos que permiten transmitir información por
medio de la electricidad. De manera
general, el término “medios electrónicos” incluye al telégrafo, el teléfono, el fax y la
televisión, por mencionar algunos, pero frecuentemente es identificado
o es
asociado con el Internet
(Dávalos, 2010, p. 63).
Se define al comercio
electrónico, que se realiza
a través de internet
como
cualquier forma de transacción o intercambio de información comercial basada en
la transmisión
de datos
a través de esta red de comunicación.
El comercio electrónico puede clasificarse en:
A. las
partes que interactúan.
● B2B (Business to Business): es aquel que se lleva a efecto
entre dos empresas.
●B2C (Business to Consumer): es el comercio de productos que se establece
entre una empresa y un consumidor.
●C2C (Consumer to Consumer): implica el comercio entre
consumidores mediante una empresa
que sólo funciona como soporte del intercambio.
B. la naturaleza de la cosa que setransfiere.
●Directo: la operación comercial se agota mediante el acto inicial
de transferencia de la cosa intangible. La transferencia se caracteriza como perfecta.
●Indirecta: implica la transferencia de una cosa tangible
y requiere de una segunda etapa que es la entrega
al comprador. Es un sistema que podríamos considerar como “imperfecto”, pues
la no inmediatez de la transacción puede producir inconve- nientes jurídicos
(Anzit, 2010, p. 18).
El comercio electrónico4 que se realiza
a través de la internet permite que la transacción
comercial se realice de manera fácil, rápida y eficiente; y
4 El comercio
electrónico se constituye como el medio
de llevar a cabo dichos
cambios dentro de una escala
global permitiendo a las compañías ser más eficientes y flexibles en sus operaciones internas,
facilitando la cercanía con los proveedores afecto de
estar al pendiente de las necesidades y expectativas de sus clientes. Además permite seleccionar a los mejores
proveedores sin importar su localización geográfica, para que de esa forma se pueda vender a un mercado
global. El comercio
electrónico puede utilizarse en cualquier entorno
en el que se intercambien documentos entre empresas:
compras o adquisiciones, finan- zas, industria, transporte, salud, legislación y
recolección de ingresos e impuestos. El comercio electrónico ha servido para
desarrollar aspectos relacionados con a) creación de canales nuevos de mercadeo
y ventas, b) acceso interactivo a catálogos de producto, lista de precios y
folletos publicitarios, c) directa o interactiva de productos a los clientes y
d) soporte técnico ininterrumpido, permitiendo que los clientes
encuentren por sí mismos respuestas a sus problemas
mediante la obtención de los archivos y programas necesarios para resolverlos. Ver:
Ríos, R. (2006). El comercio electrónico a la luz de los mercados virtuales.
proporciona una amplia gama de ventajas. Para el
usuario o cliente las ventajas que representa utilizar este tipo de comercio
son:
• la
posibilidad de tener accesibilidad a toda clase de información desde un mismo
lugar físico.
• realizar en forma
rápida la selección y comparación de los productos ofrecidos en virtud de elegir la
opción más conveniente y evitando
las presiones que pueden surgir a la hora de la toma de
decisiones.
• eliminar costos adicionales en la búsqueda del mejor producto.
• permite
efectuar las transacciones comerciales en el menor tiempo posible
• evita acudir a lugares conglomerados e inseguros.
En el caso del comerciante los beneficios son los
siguientes:
• la posibilidad de acrecentar el número
de clientes que tienen acceso a sus productos.
• extender su negocio hacia nuevos mercados.
• eliminar costos adicionales provenientes del comercio tradicional.
• permite tener mayor publicidad a un
bajo costo.
• proporciona
mayor seguridad a su negocio y mercancías.
Lo antes descrito, se realiza a través de las
redes que conforman la internet
y se materializan mediante la celebración de contratos electrónicos.
5. Contratación electrónica
Se denomina
contratación electrónica, la que se efectúa
mediante el uso de algún
elemento electrónico, con influencia
decisiva, real y directa sobre la formación de la voluntad, el desarrollo o la interpretación de un acuerdo (Anzit, 2010, p. 19).
Los elementos esenciales de los contratos
electrónicos son el consentimiento y el objeto materia del contrato. El
consentimiento, es la manifestación de la voluntad que expresa el acuerdo del sujeto con el acto que realiza.
Una de las formas de
manifestación del consentimiento es la firma
electrónica5.
5 Firma Electrónica: los datos en forma electrónica consignados en un Mensaje de Datos, o adjuntados o lógicamente asociados al mismo por cualquier
tecnología, que son utilizados para identificar al Firmante en relación con el Mensaje de Datos e indi- car que el Firmante
aprueba la información contenida en el Mensaje de Datos, y que produce
los mismos efectos
jurídicos que la firma autógrafa, siendo admisible como prueba en
juicio.
La celebración de los contratos electrónicos, se
concreta a través del correo electrónico, o bien por medio de los contratos adhesión
(aquellos en que una de las partes fija las cláusulas
y la otra se adhiere sin tener posibilidad de modificar ninguna de
ellas). A través de estos, el vendedor realiza una oferta, la cual puede ser
aceptada o rechazada por el comprador. En este momento se perfecciona el contrato y surgen derechos
y obligaciones entre los contratantes6.
Cabe mencionar que el artículo
817 del Código
de Comercio, señala que se aplicará de manera supletoria la legislación civil
en todo aquello relacionado con la capacidad de los contrayentes, y de las excepciones y causas que rescindan o invaliden los contratos mercantiles.
Dentro de los contratos que se pueden efectuar a
través de internet destacan:
a) contrato de compraventa: es posible comprar y vender bienes
tangibles e intangibles, así como también alquilar dichos bienes. Por ejemplo, comprar boletos de avión.
b)
contrato de servicios: mediante la red se puede prestar todo tipo de servicios, destacándose los servicios bancarios,
los vinculados a las tarjetas de crédito, y el
asesoramiento profesional.
c) contrato de suministro: se puede
acceder a bases de datos de distintas empresa, bibliotecas, etcétera, y obtener
información las 24 horas del día.
d) contrato de publicidad: internet
es la mera más barata para realizar
publicidad, ya que la publicidad electrónica reduce notablemente los
costos. Esta publicidad puede presentarse en la forma de avisos en páginas
de internet, así como también de mensajes no deseados o spam.
e) contratos aleatorios: es
posible realizar apuestas y participar de otros juegos en línea.
f) contratos
conexos y de negocios globales: las empresas pueden realizar
negocios sin solución de continuidad.
Esta enumeración puede ampliarse con nuevos
negocios como las subastas electrónicas (e-auctions), las tiendas
electrónicas, el aprovisionamiento electrónico (e-procurement), los
servicios de posventa y la innumerable cantidad de nuevas transacciones
realizadas por la red que se inventan
diariamente (Hocsman,
2010, p. 366).
6 Artículo 80.- Los convenios
y contratos mercantiles que se celebren
por correspondencia, telégrafo, o mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de
cualquier otra tecnología, quedarán perfeccionados desde que se reciba la
aceptación de la propuesta o las condiciones con que ésta fuere modificada.
7
Artículo 81.- Con las modificaciones y restricciones de este Código,
serán aplicables a los actos mercantiles las disposiciones del
derecho civil
acerca de la capacidad de los contrayentes, y de las excepciones y causas que rescinden o invalidan los contratos.
No cabe duda,
sobre la creciente importancia, así
cuantitativa como cualitativa, de la contratación
electrónica, que, por su flexibilidad, tanto por la difusión de los equipos susceptibles
de aprovecharla, está llamada a desplazar el papel como expresión por
excelencia de las manifestaciones de voluntad a distancia. La práctica muestra
el cotidiano empleo de este mecanismo en la celebración de todo tipo de
operaciones mercantiles, independientemente de otros aprovechamientos (Díaz,
2006, p. 65).
Bajo el anterior orden de ideas, se ha podido
comprobar que Internet permite una comunicación más rápida y económica entre
las empresas, a su vez aumenta las oportunidades para realizar negocios y
renovar el mercado, el cual se encuentra
dividido de la siguiente manera:
• ventas directas
de la empresa: elimina al distribuidor y establece una
comunicación directa con el consumidor, permitiéndole conocer los gustos del consumidor a través de Internet,
organizando la producción y demandando sólo los insumos necesarios a los proveedores conectados
en red, alcanzando con ella una venta masiva.
• ventas
en línea al menudeo: se aplican a la industria de las computadoras, con el
ensamble de equipos compuestos por diversas características y capacidades, como
el chip, tarjeta de sonido, video y diversos
costos de acuerdo
a las necesidades del cliente; resultando así la sustitución de tiendas físicas por las virtuales,
ahorrando
los costos de instalación y publicidad; el
problema en este tipo de ventas radica en que
no se proporcionan las texturas, olores, confort o características más detalladas en productos como ropa, calzados, alimentos, refrescos, etc., sin embargo la venta
se hace sobre pedido realizado por el comprador.
• comunidades de negocios:
es el conjunto de
empresas conectadas en red
que realizan
transacciones entre ellas, a diferencia
de un
sistema donde sólo el
productor se coordina con sus proveedores.
• mercados de subastas en
líneas: es el mercado virtual en
que un servicio de intermediación pone en contacto a compradores y vendedores
de diversos
productos. Estos,
ofrecen un servicio donde
el consumidor determina el precio que desea pagar por un boleto
y la postura es atendida por los vendedores que participan.
El conocimiento de la
demanda permite segmentar mercados
y atender demandas específicas con lo cual la discriminación de precios es más efectiva, pues la clasificación
de los productos, bienes y servicios
en venta es clara y ordenada,
elaborando productos en la cantidad y con las características especificadas por el
consumidor (Ríos,
2006, p. 198).
6. Pagos a través de medios electrónicos
Los medios
electrónicos han permitido la creación de nuevos mecanismos con los cuales se pueden
llevar a efecto el pago de obligaciones al
celebrar un contrato mercantil. En el caso de los contratos
electrónicos que se realizan por internet destacan los siguientes elementos.
a. transferencia
electrónica de fondos (débito y crédito).
Este tipo de transferencia engloba cualquier
sistema que permita transferir dinero desde una cuenta bancaria a otra,
directamente, sin ningún intercambio físico de dinero. Este tipo de transmisión
proporciona ventajas tales como:
• la facilidad
en la transacción, pues sólo es necesaria la autorización de la entidad
y el trámite se realiza en poco tiempo.
•
mayor seguridad y confidencialidad en la transferencia
de sumas
de dinero,
no siendo necesario que
el mismo
se encuentre presente al momento de
la transacción.
•
el uso de estos sistemas da la posibilidad
de que
el pago
se extienda
en un
determinado periodo de tiempo.
Las referencias de fondos pueden discriminarse
según se realice
con tarjetas de débito o crédito. La tarjeta de
crédito es el instrumento material de
identificación del
usuario, que puede
ser magnético o de
cualquier otra tecnología, emergente de una relación contractual previa entre el
titular y el emisor.
Por otro lado, la tarjeta de débito es aquella que las instituciones bancarias entregan a sus clientes para que al efectuarse compras los importes les sean debitados directamente
de una cuenta de ahorro bancaria del titular.
b. E-money
El término e-money o dinero electrónico hace referencia del dinero que se transfiere solamente mediante ordenadores conectados
a una red (internet). A diferencia de los medios de pago electrónicos que se utilizan
con mayor frecuencia, el dinero electrónico es, como
tal, una forma de pagar que no precisa de otros medios como soporte.
Este sistema utiliza dos tipos de tecnologías
denominadas: monederos electrónicos (son tarjetas con un chip que almacenan el dinero que anticipadamente fue transferido de
una cuenta bancaria) y números
firmados (sistema basado en un organismo bancario que emite
ciertos números que se encuentran firmados y
que se registran en la base de datos
de dicho organismo).
El funcionamiento del e-money es el siguiente:
• el cliente,
requiere abrir una cuenta on- line
con el banco virtual
para cambiar su dinero
tradicional por dinero
electrónico.
• el dinero electrónico que los clientes
han
comprado se guarda en un monedero electrónico.
• a partir de ese momento, los clientes
pueden hacer uso del dinero electrónico
con los comerciantes que lo acepten.
• los comerciantes usan un software facilitado por el banco virtual para
aceptar el dinero electrónico, que
posteriormente cambian por dinero tradicional en el banco virtual.
• las transacciones realizadas con dinero
electrónico están protegidas por el sistema de
criptografía de clave pública.
• la intimidad de los clientes queda
protegida al efectuarse el cambio del dinero electrónico por dinero tradicional, ya que el banco virtual no
revela su identidad.
Puede destacarse, que en el pago con tarjetas de débito
o crédito, el comerciante debe conocer la identidad del cliente, sobre todo
ante problemáticas de seguridad; por el contrario, el dinero electrónico es válido, independientemente de la identidad del
usuario.
c. Tarjetas
de prepago.
La tarjeta de prepago, es aquella en la que
el dinero se encuentra previamente cargado
para luego efectuar operaciones comerciales. Se pueden realizar tantas
operaciones como lo permita el dinero contenido en la tarjeta. Estas tarjetas
almacenan información sobre la identificación, que incluye claves cifradas y
sobre la cantidad de dinero disponible para el pago, este sistema es
especialmente idóneo para compras de pequeñas cantidades.
• •
Las
tarjetas de prepago pueden ser utilizadas tanto en compras físicas como en
compras a través de internet.
d. Banca electrónica.
La banca
electrónica (o banca en internet),
puede definirse como el
conjunto de productos y procesos
que permiten,
mediante procedimientos informáticos, que el
cliente pueda realizar diversos tipos
de transacciones
bancarias sin necesidad
de su presencia física
en una sucursal.
Entre sus ventajas, pueden
destacarse la reducción de los costos
de las
transacciones; la posibilidad de acceder a la información
que provee el banco,
y que las actividades se realicen tanto con canales abiertos
(internet) como cerrados.
Existen dos tipos de
servicios y productos ofrecidos por la banca electrónica:
•
de información: los datos transmitidos
o recibidos por el
usuario dependerán del organismo
financiero que participe.
Ejemplos: consulta de
saldos, movimiento de
cuentas, operaciones bancarias, etcétera. Asimismo,
los organismos pueden ofrecer
todo tipo de información en general,
tales como acceder a mercados financieros.
•
de órdenes: implican diferentes transacciones entre el
usuario y el banco, como, por ejemplo,
abrir cuentas o petición de
talonarios, entre otros (Anzit, 2010, p. 24-28).
e. Regulación
del comercio electrónico
El 16
de diciembre de 1996, se aprobó
en el seno de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho
Mercantil Internacional (CNUDMI)8, el
texto de la Ley Modelo
en materia de Contratación
Electrónica y la Guía Jurídica, que debía servir como elemento para facilitar
su aplicación.
La idea fundamental que inspiró la Ley Modelo es
que el uso de los modernos medios electrónicos de comunicación, tales como el correo electrónico, el EDI (Electronic Data Interchange), el fax, el telex,
en las operaciones de comercio internacional puede verse obstaculizado por el hecho de que las
legislaciones nacionales de la materia exijan que la manifestación de la
voluntad deba constar en un documento escrito, firmado de puño y letra, o bien para hacer valer los derechos y
obligaciones consignados en el mismo se exhiba documento original.
Esto
se debe a que las comunicaciones electrónicas, no se encuentran soportadas en
papel, y al no poder cumplirse en su uso con los requisitos de forma que la
legislación interna exige en materia
de contratos y actos jurídicos,
los requisitos legales
funcionan como un medio
que discrimina a las comunicaciones electrónicas ante aquellas que se encuentran soportadas en papel al negarles validez.
Fue así, que mediante
el establecimiento de un marco jurídico uniforme e internacionalmente aceptado se
inició con el reconocimiento jurídico del comercio electrónico.
La Ley Modelo, estableció una regulación que
hiciera realidad el principio de neutralidad tecnológica al brindar la misma validez
jurídica a las comunicaciones
que la legislación tradicional ofrece a las manifestaciones de voluntad
expresadas por otros medios. En cambio, no se tuvo como objetivo establecer una
regulación de las relaciones del comercio electrónico desde una
perspectiva técnica, en el sentido de establecer, por ejemplo, qué tipo de tecnologías se deben o pueden
utilizar en las relaciones electrónicas comerciales y para qué efectos.
Además de las disposiciones generales (artículos1-14), cuatro son las materias reguladas por la Ley Modelo: la relación
de comercio electrónico; las normas imperativas del orden público en materia de
negocios electrónicos, las normas contractuales que se rigen por la autonomía de la voluntad y las normas para
sectores especiales (Rojas, 2000, p. 385-409).
8 Conocida también por sus iniciales
en inglés como UNCITRAL (United Nations Commission
for the Unification of Interna-
tional Trade Law).
En el ámbito de la Unión Europea, rige en la
materia la Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de
junio de 2000 sobre el comercio
electrónico 20 y la Directiva
97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo del
20 de mayo de 1997, relativa a la protección de los consumidores en materia de contratos a
distancia, con el objetivo de vigilar que el comercio electrónico beneficie al mercado de la Unión Europea y asegure la libre
circulación de servicios de la sociedad de la información.
Por otra parte, tenemos una Declaración conjunta
Unión Europea-Estados Unidos de América, sobre el comercio electrónico en la
que se hace un reconocimiento en el sentido de que este tipo de comercio
requiere una aproximación coherente, coordinada en el ámbito
internacional en la que se le dé un seguimiento a través de la interactuación con los foros
multilaterales apropiados, que puede incluir, por ejemplo, el Consejo de
Industrias Opciones (OIC), la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE),
la Organización Mundial
de la Propiedad Intelectual, (OMPI) y la Comisión de las Naciones Unidas
para el derecho
mercantil internacional, sus siglas en inglés (UNCITRAL).
La propia declaración define el papel de los
gobiernos, el cual consiste
en proporcionar un
marco legal y consistente, así como promover un
entorno competitivo en el que el comercio electrónico pueda crecer y asegurar
la protección adecuada de los objetivos de interés público como son el derecho
a la intimidad, los derechos de la propiedad intelectual, la prevención del
fraude, la seguridad nacional y la protección al consumidor. Dentro del marco
legal, puesto por los gobiernos, los objetivos de interés públicos pueden estar previstos en códigos
de conducta internacionales o recíprocamente compatibles, contratos tipo,
recomendaciones, etcétera, que sean el resultado de un acuerdo
entre la industria y otros estamentos del sector privado (González,
2005, p. 172-173).
Ahora bien, por lo que respecta a México, la
incorporación de los principios establecidos en la nueva Ley Modelo sobre
Comercio Electrónico, se efectuó a través de las reformas jurídicas publicadas en
el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2000, las cuales tuvieron como base el proyecto de
iniciativa de ley que reforma y adiciona el Libro Tercero del Código de
Comercio en materia de Comercio Electrónico y Firmas Electrónicas que el 28 de
abril de 1999 el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional sometió a consideración de la
H. Cámara de Diputados9. De
una lectura de la Exposición de motivos
de la reforma en comento,
9 Cabe destacar
que el Congreso de la Unión solo aprobó exclusivamente las reformas legales
en materia de comercio electrónico
a diferencia
de las reformas en materia de firma electrónica,
las cuales no fueron aceptadas
queda claro que el objetivo
fue considerado como base las disposiciones de la Ley
Modelo, regular el comercio electrónico de las transacciones comerciales que de acuerdo con la legislación mexicana
cabe conceptuar como operaciones de naturaleza mercantil.
La reforma sobre comercio electrónico, incluyó
reformas y adiciones a cuatro leyes federales, según se mencionan.
1. Código Civil Federal.
2. Código de Comercio.
3. Código Federal de Procedimientos
Civiles.
4. Ley Federal
de Protección al Consumidor.
En el Código Civil
Federal, se reformaron los
artículos 1803, 1805 y 1811
y se adicionó
el artículo 1834 Bis. En el
Código de Comercio, se reformaron los artículos 80 y 1205,
se modificó
la denominación del Título
Segundo del Libro Segundo para denominarse
Del Comercio Electrónico, se adicionaron
los artículos que van del 89 al 94 y el 1298-A.
En el Código Federal
de Procedimientos
Civiles se adicionó el artículo 210-A.
En la
Ley Federal
de Protección al Consumidor
se reformó
el artículo 128 y se adicionó
el Capítulo VIII bis
– De los Derechos de
los
Consumidores en las Transacciones efectuadas a través del uso de Medios Electrónicos, Ópticos o de cualquier
otra Tecnología-, con la fracción VII del artículo 1º, la fracción IX bis del numeral 24 y el precepto
76 bis. A
continuación, se expondrán las características de la reforma jurídica.
a) Incorporación de las nuevas
disposiciones sobre el comercio electrónico al Código de Comercio
vigente, lo cual evita la creación de una ley especial
en la materia.
b) Aplicación de las nuevas disposiciones a todos los actos de comercio, lo que omite un catálogo cerrado que describiera
cada una de las actividades comerciales sujetas a dicha regulación.
c) Se estableció el carácter de
“expreso” con la manifestación de la voluntad
en las operaciones a través de los medios
electrónicos.
d) Equivalencia funcional entre
los documentos electrónicos y los físicos en soporte de papel.
e) Reconocimiento de la firma digital,
como mecanismo de la expresión de la voluntad de los contratantes en actos del
comercio electrónico.
f) Intervención de fedatario público
en la contratación por medios
electrónicos.
f. Tendencia e impacto económico del comercio
electrónico
El avance y desarrollo de las tecnologías, así
como el incremento del número de personas que pueden acceder a la internet ha
permito que el comercio electrónico tome un rol fundamental
en la economía de los estados. En el ámbito internacional, de acuerdo con un
informe publicado por eMarketer,
empresa especialista en estudios en profundidad
del marketing
digital, comercio electrónico y consumidores digitales; las
ventas del comercio electrónico en el mercado de Asia-Pacifico
crecerán un 23%, siendo China e Indonesia
los principales
motores del sector, con
crecimientos de 65 y 71% respectivamente. Norteamérica y Europa occidental (ambos con un 12%) seguirán con tasas
de crecimiento de dos dígitos, aunque por
debajo del promedio global del 17% para este
201410. En el caso de Latinoamérica, de acuerdo con el periódico El Economista,
México ocupa el segundo lugar de ventas a través del comercio electrónico, únicamente por debajo del país carioca11:
Figura 1
Comercio
electrónico en Latinoamérica
Fuente: El
Economista, Instituto Latinoamericano de Comercio electrónico, (2013).
10 De acuerdo al B2C Ecommerce Climbs Worldwide, as Emerging Markets Drive
Sales Higher, Disponible en: http://www.emarketer.com/Article/B2C-Ecommerce-Climbs-Worldwide-Emerging-Markets-Drive-Sales-Higher/1010004
11
Vea la nota de El Economista, El e-commerce de México
creció 41.89% en el 2013, en http://eleconomista.com.mx/tecnociencia/2014/05/15/e-commerce-mexico-crecio-4189-2013
Con respecto
del mercado interno de México,
el comercio electrónico ha tenido un despunte
como mecanismo utilizado para
realizar actos de comercio.
De acuerdo
con Asociación
Mexicana de Internet, se ha quintuplicado el flujo económico
producido por el comercio
electrónico desde el año 2009 a la fecha:
Figura 2
Fuente: Sociedad Mexicana de Internet, (2013).
De acuerdo con este estudio 6 de
cada 10 comercios evaluados realizaron sus ventas por
Figura 3
Fuente:
Sociedad Mexicana de Internet, (2013)
medio de
tarjetas de crédito:
Con respecto de la temporalidad, los meses de mayor actividad del comercio electrónico son Diciembre (22%) y Noviembre
(12%).
Figura 4
Fuente: Sociedad Mexicana de Internet, (2013).
Lo relacionado con la mercadotecnia digital el
59% de los comercios evaluados realiza publicidad en motores de búsqueda y el
56% utiliza también campañas
de email marketing
Asimismo, se
analizó el grado satisfacción de los comercios al utilizar el comercio electrónico en sus ventas,
arrojando los siguientes datos:
Figura 5
Fuente: Sociedad Mexicana de Internet, (2013)
Ahora bien, con relación a los compradores, el 37% de los
internautas en México ha realizado
alguna compra por internet,
y el 44% de ellos han comprado
algún producto o servicio por
internet en sitios nacionales, entre los que
destacan música, películas, ropa, accesorios y computadoras. Los montos de las
compras realizadas por medio del comercio electrónico son:
Figura 6
Fuente:
Sociedad Mexicana de Internet, (2013).
Finalmente, la frecuencia con los internautas
llevan a cabo compras a través del comercio electrónico en el año 2013 fue:
Figura 7
Fuente: Sociedad Mexicana de Internet, (2013)
g. Perspectivas del comercio electrónico en
México
De acuerdo con la información expuesta en el apartado anterior podemos señalar que las
perspectivas económicas del comercio electrónico en México son alentadoras;
sin embargo, existen factores que se requieren atender con el objetivo
de continuar
con esta tendencia
positiva, de los cuales se destacan.
a) Accesibilidad a la internet:
aun cuando se señala que prevalece la era digital, de acuerdo con la Asociación
Mexicana de Internet en México solo 51.2 millones de personas pueden acceder a la internet,
cifra que podría parecer
positiva pero que pierde
esta impresión cuando se contrasta con el total de la población el cual
asciende a 119 millones de habitantes aproximadamente, por lo cual es necesario
impulsar programas sociales que proporcionen condiciones para poder
acceder al uso de esta tecnología, los cuales pueden tener como base las
recientes reformas en materia de telecomunicaciones.
b) Seguridad: el tema de seguridad es clave para el desarrollo del comercio electrónico, por lo cual se amerita poner especial atención a este rubro. Una de las medidas
que se
proponen es la creación de una campaña de prevención
de delitos cibernéticos, haciendo énfasis en las medidas
relacionadas con los actos de
comercio a través de internet
y los trámites necesarios que
deben seguirse al haber sido
víctima de algún delito de este tipo.
c) Accesibilidad: el tema de
accesibilidad concierne a los comerciantes que ofrecen sus productos o servicios
a través del internet. La recomendación radica en que el proceso de compra que
se realiza mediante sus páginas web
se conciban como claros, sencillos y rápidos, ofreciendo además varios mecanismos de pago
y una atención personalizada
en caso alguna duda o problema.
d) Oferta y logística: el
comercio electrónico tiene la obligación de ofrecer mayores ventajas de las que
dispone el comercio tradicional, por lo cual una de las medidas a considerar es
incrementar el número de productos que se pueden adquirir a través de la internet
y perfeccionar el método de entrega, de esta forma se prevé una mayor certidumbre al comprador sobre los
productos adquiridos.
e) Protección
jurídica del ciber consumidor: actualmente la Procuraduría Federal del Consumidor
a través de su portal de internet proporciona información a los consumidores
que realizan actos de comercio a través de medios electrónicos; entre los temas
considerados, se destacan las medidas
de precaución a considerar al momento de realizar transacciones de comercio,
sin embargo, tal información aun es desconocida por un gran número de compradores, por lo cual es
conveniente solicitar a las empresas que ofrecen sus productos a través de
internet que incluyeran un link con la dirección electrónica de la Procuraduría
Federal del Consumidor, Organismo para la defensa de los derechos del consumidor en
México (PROFECO), para así dar mayor seguridad
a sus clientes.
Finalmente, es importante señalar que aun cuando se disponga de una
diversidad de disposiciones legales
que regulan
el comercio
electrónico, es necesario estar
atentos de los nuevos supuestos jurídicos
que deben
ser regulados; ya que
desafortunadamente el derecho siempre se encuentra varios
pasos atrás con respecto de los avances tecnológicos.
Conclusiones
1. La actividad comercial representa uno de los elementos esenciales en el
desarrollo económico de cualquier país, por lo cual, al crearse nuevas formas de
celebrar actos de comercio, surge la necesidad de regular la mencionada actividad.
Fue así, que a través de la creación de la Ley Modelo en materia de
Contratación Electrónica por parte de la Comisión de las Naciones Unidas para
el Derecho Mercantil Internacional, se inició la reglamentación sobre esta
materia. El siguiente paso fue la inclusión de estos principios jurídicos a la
legislación mexicana, lo cual dió como resultado las reformas jurídicas del 29 de
mayo de 2000, en particular al Código de Comercio,
que regula el comercio electrónico en su
Título Segundo.
2.
En función de la reciente
reforma jurídica en materia de
telecomunicaciones, México se encuentra en un punto clave para el desarrollo
del comercio electrónico, condición que debe ser aprovechada para incrementar la
accesibilidad de los mexicanos al internet a través
de programas sociales y educativos. Los resultados que
se obtendrían con esta tarea, no solo serían económicos, sino también educativos,
si se considera que la sociedad con mayor contacto con la tecnología desarrolla una mejor
calidad de vida.
3. Con respecto del
tema de seguridad, al efectuar actos de comercio a través de internet, es
importante señalar que México aún se encuentra lejos de contar con las mejores condiciones.
Es por esto, que se requiere crear campañas de información
sobre el comercio electrónico, haciendo mayor énfasis en las medidas que
permiten evitar ser víctima de algún delito como el robo de datos personales o
fraude.
4. Con el objetivo de contar con una legislación actualizada en
materia de comercio electrónico se recomienda establecer periodos fijos de revisión y
reforma de las disposiciones que regulan dicha materia y que sean incluidos en los trabajos legislativos expertos en
la materia. El término que se propone para llevar a cabo esta revisión es de
aproximadamente cada 2 años, por considerar que el avance de la tecnología así
lo exige.
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