C�mo citar el art�culo (Normas APA):

Gasc�n, Y., Aguilarte, E., Cafaro, R. y P�rez, B. (2014). An�lisis jur�dico del gobierno electr�nico en el marco de la interoperabilidad entre los consejos comunales y la alcald�a de Matur�n-Venezuela. Enl@ce Revista Venezolana de Informaci�n, Tecnolog�a y Conocimiento. 11 (1), pp. 65-85

 
 

 

 

 

 


An�lisis jur�dico del gobierno electr�nico en el marco de la interoperabilidad entre los Consejos Comunales y la Alcald�a de Matur�n-Venezuela

 

Yamila Gasc�n1

Enrique Aguilarte2

Rosmary Cafaro3

Beatriz P�rez4

 

Resumen

 

La presente investigaci�n tuvo como objeto efectuar un an�lisis cr�tico desde una prospectiva jur�dica, sobre las diferentes normativas que rigen el gobierno electr�nico y abierto en el marco de la interoperabilidad, para generar reflexiones sobre la relaci�n futura de los Consejos Comunales con la Alcald�a de Matur�n-Venezuela. Para ello, se desarrollo una investigaci�n anal�tica con dise�o de fuente mixta de campo y documental con un nivel aprehensivo, la poblaci�n fue estratificada representada en 1.017 Consejos Comunales del Municipio Matur�n y un segundo estrato conformado por las unidades de alto nivel de la Alcald�a de Matur�n, sumando un total de 35 personas. Se realiz� un muestreo al azar simple para ambos estratos, dando como resultado 23 trabajadores de la Alcald�a, y para los Consejos Comunales fue de 64 colectivos. Asimismo, se aplic� un sub-muestro intencional aleatorio por los investigadores, como resultado se estudiaron 15 Consejos Comunales. Se determin�, a trav�s de la aplicaci�n de la matriz de an�lisis estructural la desarticulaci�n entre los Consejos Comunales y la Alcald�a de Matur�n, en funci�n del an�lisis realizado al marco jur�dico venezolano desde la carta magna en su art�culo 108, 141, Decreto 825, Ley Especial contra Delitos Inform�ticos, Ley sobre el Acceso e Intercambio Electr�nico de Datos, Informaci�n y Documentos entre los �rganos y Entes del Estado, Ley Org�nica de la Administraci�n P�blica, y la Ley Org�nica de los Consejos Comunales , entre otras.

Palabras clave: legislaci�n venezolana, interoperabilidad, gobierno electr�nico-abierto, Alcald�a de Matur�n, Consejos Comunales .

 

 

 


1 Ingeniera en Sistema. Abogada. Especialista en Docencia Universitaria. Mag�ster en Gerencia General. Profesora del departamento de Ingenier�a de Sistemas en la Universidad de Oriente, N�cleo Monagas. Correo electr�nico: ygascon@udo.edu.ve

2Estudiante de la carrera de Ing. De Sistema. Universidad de Oriente, N�cleo Monagas. Correo electr�nico: enriqueaguilarte@hotmail.com

3 Estudiante de la carrera de Ing. De Sistema. Universidad de Oriente, N�cleo Monagas. Correo electr�nico: rosmary.cafaro@gmail.com.

4 Ingeniero en Sistema. Mag�ster en Gerencia de Finanzas y de los negocios. Profesora de la Escuela de Ingenier�a de Petr�leo de la Universidad de Oriente, N�cleo Monagas. Correo electr�nico: beatrizc.perezg@gmail.com


 

 

Legal Analysis of the e-government in the framework of the interoperability between the communal councils and the mayor's office in Maturin, Venezuela

 

Abstract

 

The present study was intended to make a critical analysis from a legal prospective on the various rules governing the electronic and open government in the context of interoperability, to generate reflections on the future relationship of Community Councils with the Mayor of Maturin-Venezuela. To this end, developing an analytical investigation of a mixed field source with an apprehensive and documentary level, the population was stratified Community Councils represented in the municipality 1,017 Maturin and a second layer formed by the high-level units of the Mayor of Maturin , a total of 35 people. Simple random sampling for both strata was performed, resulting in 23 workers of the Mayor, and to the Communal Councils was 64 groups. Also, it applied a sub-intentional random sampling by researchers as a result 15 Community Councils were studied. It was determined, through the application of the matrix structural disarticulation analysis between Community Councils and the city of Maturin, depending on the analysis performed on the Venezuelan legal framework from the constitution in Article 108, 141 of Decree 825, Law especially against Cybercrime, Law on Access and Electronic Data Interchange, Information and Documents between state organs and entities, Organic Law of the Public Administration, and the Organic Law of Communal Councils, among others.

�������������� Keywords: Venezuelan legislation, interoperability, open e-government, mayor of Maturin, community councils.

 


Introducci�n

 

Para la integraci�n tecnol�gica de los pa�ses de Latinoam�rica en la Carta Iberoamericana de Gobierno Electr�nico, aprobada por la IX Cumbre de los Ministros de Administraci�n P�blica y Reformas de Estado, llevada a cabo en Mayo de 2007, se plante� que dichos gobiernos se han comprometido de manera firme a reducir la brecha digital, as� como convertir la sociedad de la informaci�n y el conocimiento en una oportunidad para todos, especialmente mediante la inclusi�n de aquellos que corren peligro de quedar rezagados.

 

Desde esta perspectiva, los gobiernos en el �mbito latinoamericano, buscan una comunicaci�n eficaz entre sus entes, de forma bilateral para as� ampliar formas de desarrollo social, que incluyen la gesti�n p�blica y participaci�n ciudadana, todo esto reunido se conoce como Gobierno Electr�nico o e-Gobierno (e-gob), sin embargo se debe considerar que este, no es solamente un sitio web estatal-municipal, ni est�tico, es una visi�n estrat�gica orientada al �mercado� social. Castoldi (2002) plantea que:



El e-Gob., es un proceso de transformaci�n de las relaciones pol�ticas, sociales y econ�micas en las sociedades contempor�neas que constituye un instrumento novedoso que incluye todas aquellas actividades basadas en las modernas tecnolog�as inform�ticas, en particular la Internet, que el Estado desarrolla para aumentar la eficiencia de la gesti�n p�blica, mejorar los servicios ofrecidos a los ciudadanos y proveer a las acciones del gobierno un marco m�s transparente. (Costoldi, 2002, p.112)

La Organizaci�n para el Desarrollo de la Ciencia, la Cultura y la Educaci�n (UNESCO), apoya indudablemente el establecimiento de gobiernos electr�nicos y del uso de las TIC�s, sobre todo en las municipalidades que se constituyen en los pa�ses de Latinoam�rica, por ser estas las m�s cercanas al pueblo, de esta forma se promueven herramientas para la retroalimentaci�n del gobierno-pueblo de manera congruente.

Es de hacer notar, que el Estado venezolano a trav�s de las municipalidades, ha logrado estar m�s cerca del pueblo, aspecto considerado como objeto de estudio de la investigaci�n, y su alcance se fundamenta en la Alcald�a de Matur�n y los Consejos Comunales .

An�lisis jur�dico - metodol�gico

La investigaci�n se centr� en analizar la relaci�n actual de la Alcald�a de Matur�n y los Consejos Comunales , mediante un an�lisis cr�tico, as� como prospectivo, los cu�les son herramientas para estructurar la reflexi�n del colectivo sobre el

futuro de un sistema determinado, en este caso del gobierno electr�nico y abierto en el marco de la interoperabilidad entre los objetos en estudio.

La investigaci�n se concibe, determinando su tipo de acuerdo a su objetivo, como anal�tica con un dise�o de fuente mixta (de campo y documental) con un nivel aprehensivo, con una poblaci�n estatificada, 1.017 correspondiente a los Consejos Comunales del Municipio Matur�n, y un segundo estrato referido con las principales unidades jer�rquicas de la Alcald�a de Matur�n, sumando un total de 35 personas.

Se realiz� un muestreo al azar simple, dando como resultado veintitr�s (23) trabajadores, de la Alcald�a y para el estrato de los Consejos Comunales , fue de sesenta y cuatro (64), aplic�ndole un sub-muestro intencional aleatorio por los investigadores, lo que permiti� estudiar quince(15) Consejos Comunales .

Las t�cnicas e instrumentos utilizados fueron la entrevista no estructurada, revisi�n documental, y el cuestionario. Para el an�lisis de datos en el an�lisis cuantitativo se definieron tablas, estad�sticas y gr�ficos.

Las t�cnicas antes descritas fueron apoyadas mediante la aplicaci�n de procedimientos comunes en la ingenier�a de sistemas, como el an�lisis estructural empleado para determinar una soluci�n factible al problema y fue usado en el an�lisis cualitativo. Asimismo, se consider� la gu�a metodol�gica propuesta por el Centro de Estudio para la Democracia (CESPAD) para el an�lisis prospectivo, determin�ndose como fases: I) Conocer el contexto, II) Identificar y caracterizar las pr�cticas pol�ticas, y III) Identificar y determinar los actores relevantes.

Fases del an�lisis jur�dico

Para el an�lisis cualitativo, se exponen a continuaci�n las fases de los resultados, seg�n se indican:

 

Fase I. Conocer el contexto

 

Con referencia del Gobierno Electr�nico o e-Gobierno (e-GOB), las instancias guberna-mentales de estado Monagas - Venezuela, se observan desactualizados, esto con respecto a los avances tecnol�gicos actuales, el sitio web de informaci�n estatal y municipal tiene un formato est�tico. En este sentido,la UNESCO (2013) a trav�s del proyecto denominado �Gobernabilidad Electr�nica�, enfocado para Am�rica Latina, �frica y el Caribe, concibe la visi�n de promover las TIC�s en la municipalidades, introduce el gobierno electr�nico o gobernabilidad electr�nica, por lo que considera:

 

Que el uso de las tecnolog�as de la informaci�n y la comunicaci�n por parte del sector p�blico se conciben con el objetivo de mejorar el suministro de informaci�n y el servicio proporcionado. De esta manera, se trata de estimular la participaci�n ciudadana en el proceso de toma de decisiones, haciendo que el gobierno sea m�s responsable, transparente y eficaz. (p.2)

El marco de interoperabilidad, busca la eliminaci�n de las barreras que bloquean el intercambio de informaci�n entre instituciones y sistemas desde niveles tecnol�gicos, sem�nticos y organizacionales, aplicado a la gesti�n p�blica, tratando de simplificar el servicio ofrecido al ciudadano, ya que este no tendr� que repetir informaci�n a los entes sobre sus necesidades o solicitudes, para ellos los canales de comu-nicaci�n entre las entidades gubernamentales s�lo servir�n para solucionar,ya que los tr�mites administrativos ser�n transparentes para el ciudadano.

En la Alcald�a de Matur�n-Venezuela, muy pocas divisiones de su estructura organizacional dispo-nen de recursos tecnol�gicos (equipos de computaci�n) suficientes para el cumplimiento de sus funciones de los cuales, casiel 50% se utilizan s�lo para trabajos internos y una m�nima cantidad algunas veces hacen uso de programas actualizados.

Sin embargo, Criado (2002) sustenta que �el verdadero cambio y primer paso para el Gobierno Electr�nico no es precisamente la adquisici�n de tecnolog�a vanguardista, sino el saber utilizarla para obtener sus m�ximos beneficios� (Citado por Gonz�lez, 2009, p.4).

Sin embargo, lo antes expuesto resulta contradictorio si se considera que en la actualidad al requerirse una asesor�a por parte de los ciudadanos prevalece la falta de coordinaci�n entre los servicios y asistencia tecnol�gica, lo cual conlleva a que este proceso seatramitado directamente por la autoridad municipal espec�ficamente el Alcalde,con el fin de que este le busque la alternativa m�s viable de su necesidad procedimiento considerado con alta discrepancia con respecto de loexpresado por Criado (2002), es decirla Alcald�ade Matur�n-Venezuela,presenta deficiencias en la implantaci�n de un Gobierno Electr�nico-Abierto e interoperable, si se concibe que el uso de la tecnolog�a est� ausentey por ende se omitela simplificaci�n de sus tr�mites administrativos internos.

Asimismo, los Consejos Comunales carecen de unaatenci�n en l�nea o presencial, es decir d�bilmente son considerados como parte de la estructura organizativa de la sociedad,en funci�n de los resultados obtenidos se determina que no ha sido definido claramente el procedimiento,mediante el cual estos deben formular sus solicitudes o tr�mites, solo se determina que frecuentemente las solicitudes de estos ante el organismo municipal se extrav�an o duplican, omiti�ndose posibles asistencias relacionadas conproblemas de salud, viviendas, transporte, econ�micos, entre otros.

Igual debilidad presenta, el bajo nivel de conocimiento en el uso de las TIC�s (Alfabetizaci�n Tecnol�gica), por parte de los integrantes de los Consejos Comunales y del mismo recurso humano de la Alcand�a, lo cual representa un alto impacto, por tal raz�n se hace de vital importancia que sus integrantes, a trav�s de programas formativos logren dominar el uso de los recursos tecnol�gicos, y a su vez tomen conciencia de lo que estas representan para el desarrollo de la gesti�n de gobierno, pues estas forman parte integral y de soporte en el afianzamiento de la sociedad de la informaci�n, en donde las personas hacen uso de la tecnolog�a para satisfacer sus requerimientos informa-cionales como parte de su proceso cotidiano.

En esta fase,se uso la metodolog�a de los sistemas blandos de Checkland (1992), por lo que se expone la situaci�n problema desde la organizaci�n que forma al caso de estudio, para lo cual se requiere conocer la estructura organizativa de la Alcald�a, con el fin de combinarla con la realidad observada y expresada para establecer los focos problem�ticos mediante el uso de los diagramas de causa-efecto, lo que permiti�determinar cada una de las causas de esos focos problem�ticos.

Al analizar parte de los principios de gesti�n, se determina quela raz�n de ser de laAlcald�a,se concibe como una instituci�n p�blica con organizaci�n jer�rquica, donde las direcciones tienen la misi�n de satisfacer las necesidades de la poblaci�n, asimismo ofrece ayuda y asesor�a a los ciudadanos en funci�n de las competencias que le son propias.

Si se observa en la p�gina oficial de la Alcald�a de Matur�n-Venezuela ver la figura 1, se evidencia que no existe una direcci�n que responda directamentea los Consejos Comunales , a pesar de ser considerados en la actualidad como una de las formas de organizaci�n de la sociedad venezolana, lo que acarrea que sus necesidades no sean gestionadas eficaz y eficientemente, en conjunto con la desinformaci�n existente para el p�blico en general.

 

 


 

 

Figura 1

Organigrama vigente de la Alcald�ade Matur�n.


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: Organigrama de la Alcald�a de Matur�n (2013


 


Una vez conocida la estructura de la organizaci�n y encontrado la opini�n de las partes que intervienen en la investigaci�n, la Alcald�ade Matur�n y los Consejos Comunales , se procedi� a identificar los problemas inmediatos que son resultados de la actual organizaci�n de la Alcald�a, teniendo en cuenta adem�s la observaci�n directa realizada para determinar los problemas, causas y consecuencias que se pueden observar en la Figura 2.

 

Para contextualizar el entorno,se identificaron y definieron los focos problem�ticos, tom�ndolos como punto de partida para la realizaci�n del an�lisis estructural. Esta t�cnica es sumamente efectiva para la determinaci�n del punto o puntos de apalancamiento, al cual se le requieren aplicar los correctivos necesarios que permitan solucionar la situaci�n presentada con la relaci�n Consejos Comunales - Alcald�a, as� como las necesidades que los primeros generan y los segundos gestionan. Asimismo,se interconectaron los focos para observar m�s detalladamente la din�mica de la relaci�n Consejos Comunales -Alcald�ay viceversa. En la figura 3, se muestra la interconexi�n de los focos problem�ticos.


 

Figura 2

Diagrama de Ishikawa de situaci�n problema expresada. Estructurada de la Alcald�a

 

Fuente: elaboraci�n propia (2014)


 

 

 

Figura 3

Interconexi�n de los focos problem�ticos.

 

Cuadro de texto:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: elaboraci�n propia (2014)

 


Fase II. Identificar y caracterizar las pr�cticas pol�ticas

Desde el punto de vista del ordenamiento jur�dico planteado por Kelsen (1982), en la denominada pir�mide kelseniana, se ubican las normas de mayor a menor jerarqu�a, definiendo la misma como: �un m�todo jur�dico estricto, mediante el cual quiere eliminar toda influencia psicol�gica, sociol�gica y teol�gica en la construcci�n jur�dica,categoriza las diferentes clases de normas ubic�ndolas en una forma f�cil de distinguir cual predomina sobre las dem�s (Ramos, 2011, p. 5).

El Estado Venezolano, se ha caracterizado en los �ltimos cinco a�os por generar pol�ticas conducentes a fortalecer la gesti�n social. Dentro del marco legal, se encuentran las Normas, Leyes, Reglamentos, Decretos y Resoluciones, que proporcionan informaci�n de naturaleza legal a


 


trav�s del conjunto de documentos que sirven de testimonio referencial y de soporte para la investigaci�n.

Iniciando con la Constituci�n de la Republica Bolivariana de Venezuela, la cual se ubica en el nivel fundamental seg�n la pir�mide de Kelsen (1982) que en el marco de sus art�culos, hace referencia de manera impl�cita al objetivo principal del gobierno electr�nico, entre algunos se menciona el Art�culo 108 que establece: �el Estado est� en el deber de facilitar todos los servicios p�blicos a los ciudadanos, para mantenerlos informados de cualquier suceso o evento y el uso de la inform�tica�. Este art�culo refleja t�citamente que debe existir un gobierno abierto, y electr�nico,para lograr la efectividad de gesti�n e informaci�n en todos los �mbitos de los ciudadanos.

Por otra parte, se puede hacer menci�n del Art�culo 141 �la Administraci�n P�blica est� al servicio de los ciudadanos y se fundamenta en los principios de honestidad, celeridad, eficacia, transparencia, rendici�n de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la funci�n p�blica�.Este art�culo, reviste fundamentalimportancia para esta investigaci�n, debido a que se rige en los principios de la administraci�n p�blica, los cuales se encuentran relacionados con los valores o expectativas de unel Gobierno Electr�nico-Abierto.

De igual forma,se menciona la Ley Org�nica de la Administraci�n P�blica, promulgada en gaceta Oficial N� 37.305 de fecha 17 de octubre de 2001, mediante la cual se expresan varios art�culos donde se exponen c�mo debe ser manejada de manera abierta la administraci�n p�blica, como sus memorias y cuentas al igual que el manejo del capital ciudadano. Los art�culos que conforman la Ley Org�nica de la Administraci�n P�blica, hace �nfasis que la informaci�n de los gastos p�blicos debe ser expuesta ante la Asamblea Nacional, por otro lado con el punto de vista de la informaci�n p�blica esta deber�a ser abierta, es decir, sin ocultar ninguna informaci�n a las partes interesadas como son los ciudadanos

 

Art�culo 138: La administraci�n p�blica nacional, de los estados, de los distritos metropolitanos y de los municipios deber� establecer sistemas que suministren a la poblaci�n la m�s amplia, oportuna y veraz informaci�n sobre sus actividades, con el fin de ejercer el control social sobre la gesti�n p�blica. Cualquier particular puede solicitar de los �rganos y entes de la Administraci�n P�blica la informaci�n que desee sobre la actividad de �stos de conformidad con la ley. (Ley Org�nica de la Administraci�n P�blica, 2001, p.138).

Seg�n lo expuesto, todos los entes p�blicos de Venezueladeben suministrar informaci�n por cualquier medio de comunicaci�n, uno de ellos podr�a ser las TIC�s que son herramientas modernas capaces de cumplir de manera oportuna la entrega de informaci�n de las gestiones p�blicas que realiza estos entes, y este art�culo apoya indudablemente la implementaci�n y ejecuci�n de un Gobierno Abierto. Referente a que Venezueladebe poseerun Gobierno Abierto, la constituci�n de la Rep�blica Bolivariana de Venezuela expresa impl�citamente:

Art�culo 143. Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a ser informados e informadas oportuna y verazmente por la Administraci�n p�blica, sobre el estado de las actuaciones en que est�n directamente interesados e interesadas, y a conocer las resoluciones definitivas que se adopten sobre el particular. Asimismo, tienen acceso a los archivos y registros administrativos, sin perjuicio de los l�mites aceptables dentro de una sociedad democr�tica en materias relativas a seguridad interior y exterior, a investigaci�n criminal y a la intimidad de la vida privada, de conformidad con la ley que regule la materia de clasificaci�n de documentos de contenido confidencial o secreto. No se permitir� censura alguna a los funcionarios p�blicos o funcionarias p�blicas que informen sobre asuntos bajo su responsabilidad. (s.p)

M�s all� de la carta magna, se encuentra la Carta Iberoamericana de Gobierno Electr�nico (CIGE), 2007, donde Venezuela est� suscrita, y bajo esta perspectiva ha encausado su marco jur�dico, la misma ofrece el marco conceptual del Gobierno Electr�nico, donde lo define:

Como el uso de las TIC, en los �rganos de la Administraci�n para mejorar la informaci�n y los servicios ofrecidos a los ciudadanos, orientar la eficacia y eficiencia de la gesti�n p�blica e incrementar sustantivamente la transparencia del sector p�blico y la participaci�n de los ciudadanos. Todo ello, sin perjuicio de las denominaciones establecidas en las legislaciones nacionales. (p.7)�������

Asimismo, se destaca como uno de los principios fundamentales el de la interoperatibilidad, ya que es indispensable ofrecer al ciudadano una atenci�n de calidad, en funci�n de ello, en la Carta Iberoamericana de Gobierno Electr�nico (2007)indica que �las administraciones p�blicas � [deben] evitar la presentaci�n reiterada ante la administraci�n de documentos que ya obren en poder de la misma o de otra, especialmente si son electr�nicos � lo que supone acciones de Interoperatibilidad y Simplificaci�n Registral� (CIGE, art. 9.h)

Por lo que,resulta un desaf�o para la administraci�n p�blica que el ciudadano entregue sus datos una sola vez y que los organismos compartan esos datos, con las debidas medidas de seguridad que amerita el caso. En funci�n de lo antes expuesto, se destaca que en la Rep�blica Bolivariana de Venezuela para el 15 de Junio del 2012 en Gaceta oficial 394.274, se promulga el decreto con rango, valor y fuerza de ley sobre acceso e intercambio electr�nico de datos, informaci�n y documentos entre los �rganos y entes del Estado.

Decreto el cual,tiene como objeto garantizar la implantaci�n de un est�ndar de interoperatibilidad a trav�s de sistemas de informaci�n interoperables que respondan a los procesos del Estado y la satisfacci�n de las necesidades de los ciudadanos; plataforma nacional de servicios de informaci�n interoperable, modelo nacional para el intercambio, publicaci�n e interpretaci�n de los datos, informaci�n y documentos que apoyen el establecimiento de pol�ticas, lineamientos y estrategias p�blicas. Destac�ndose entre sus art�culos m�s relevantes los siguientes:

Art�culo 6: es obligaci�n de los �rganos y entes del Estado garantizar la implementaci�n del est�ndar de Interoperabilidad. (s.p)

Art�culo 14 y 18: se crea el Comit� Nacional de Interoperabilidad encargado deestablecer y coordinar la aplicaci�n de los principios y pol�ticas y el operador de la Interoperabilidad encargado del desarrollo, operaci�n, mantenimiento y administraci�n de la Plataforma Nacional de Interoperabilidad (s.p)

Art�culo 22: obligaci�n a permitir entre s�, el acceso, intercambio y reutilizaci�n, por medios electr�nicos, de los datos de autor�a (s.p)

Art�culo 51: obligaci�n de la digitalizaci�n de sus archivos, estos ser�n firmados electr�nicamente por el funcionario autorizado para realizar las digitalizaciones, con el fin de certificar electr�nicamente que son copia fiel y exacta del original, es decir Copia certificada en digital. (s.p)

Como se puede interpretar,esta ley decreta que es obligatorio el uso, acceso, intercambio y reutilizaci�n por medios electr�nicos, de igual forma para el cumplimiento de las mismas se crea el Comit� Nacional de Interoperabilidad como principal regente del desarrollo de los principios de Interoperabilidad. De igual manera, se proclama la incorporaci�n de las Tecnolog�as de Informaci�n y Comunicaciones (TIC�s) para digitalizar la informaci�n, con el fin de ser almacenada y poder ser recuperada, conservada, para la tramitaci�n de cualquier solicitud que realicen los ciudadanos, y que sea posible su efectivo intercambio por medios electr�nicos.

Venezuela enfrenta por ende, una gran misi�n que no es tarea f�cil, lograr en el marco de la interoperatibilidad que sus organismos se comuniquen e impulsen la gesti�n p�blica en el �mbito del gobierno abierto y electr�nico. En el marco de la normativa legal,tambi�n es conveniente destacar las ubicadas desde el nivel legal y sub legal seg�n Kelsen, (1982) entre las que destacan leyes org�nicas, leyes especiales y decretos, mencionando las siguientes:

Decreto 825 emanado de la presidencia de la Rep�blica, mediante el cual se �Declara el acceso y el uso de Internet como pol�tica prioritaria para el desarrollo cultural, econ�mico, social y pol�tico de la Rep�blica Bolivariana de Venezuela�. Indudablemente se reconoce que Internet es una herramienta fundamental para establecer una adecuada comunicaci�n entre los ciudadanos y los entes p�blicos.

Decreto 3.390, Software Libre, emanado de la presidencia de la Rep�blica cuya gaceta oficial N�38.095 expresa que toda la Administraci�n P�blica Nacional emplear� como prioridad suprema el Software Libre, es decir, aquel desarrollado con est�ndares abiertos, en sus sistemas operativos, administrativos, proyectos y servicios inform�ticos. Y gradualmente todos entes de la administraci�n p�blica venezolana iniciar�n los procesos de migraci�nhacia el Software Libre, con el fin de minimizar costos y la brecha social y tecnol�gicaexistente.

 

Lo cual, est� en correspondencia con la CIGE en su art�culo 6, literal g, donde establece el principio de adecuaci�n tecnol�gica, el cual consiste en que las administraciones elegir�n las tecnolog�as m�s adecuadas para satisfacer sus necesidades. Se recomienda el uso de est�ndares abiertos y de software libre en raz�n de la seguridad, sostenibilidad a largo plazo y para prevenir que el conocimiento p�blico no sea privatizado.����

Decreto con fuerza de Ley de Registro P�blico y del Notariado, el cual incorpora los conceptos modernos en el manejo del registro de bienes y documentos, considerando para tal fin las facilidades que la tecnolog�a ofrece para el almacenamiento y control de la informaci�n documental.

Ley Especial contra Delitos Inform�ticos Gaceta Oficial N� 37.313 del 30 de octubre de 2001, la cual establece las normas penales con el fin de brindar protecci�n jur�dica a aquellos sistemas que utilicen la telem�tica. Entre los art�culos que informan sobre qu� se considera delito se tiene:

 

Art�culo 12. Falsificaci�n de Documentos: quien, a trav�s de cualquier medio, cree, modifique o elimine un documento que se encuentre incorporado a un sistema que utilice tecnolog�as de informaci�n; o cree, modifique o elimine datos del mismo; o incorpore a dicho sistema un documento inexistente, ser� penado con prisi�n de tres a seis a�os y multa de trescientas a seiscientas unidades tributarias.

 

Cuando el agente hubiera actuado,con el fin de procurar para s� o para otro alg�n tipo de beneficio, la pena se aumentar� entre un tercio y la mitad.

 

El aumento ser� de la mitad a dos tercios si del hecho resultase un prejuicio para otro. (s.p)

 

Es importante esta ley, en pro de proteger la informaci�n que los ciudadanos dispongan, lo cual est� en c�nsona correspondencia con el principio de legalidad de la CIGE en su art�culo 6, literal b. El principio de legalidad, tambi�n comprende el respeto a la privacidad, por lo que el uso de comunicaciones electr�nicas comporta la sujeci�n de todas las administraciones p�blicas a la observancia de las normas en materia de protecci�n de datos personales.����������

 


 

Adem�s de la protecci�n de datos personales, como uno de los derechos de los ciudadanos, lo cual est� plasmado en la CIG en su articulo 18: para garantizar este derecho, se tiene que asegurar a todo ciudadano el acceso a la informaci�n y a los datos propios o sobre sus bienes consten en registros oficiales o privados, con las excepciones que justificadamente se establezcan, as� como se debe facilitar el conocimiento del uso que se haga de dichos datos y su finalidad.

Los �rganos y entes del Estado en sus relaciones con los Consejos Comunales , dar�n preferencia a la atenci�n de los requerimientos que estos formulen y a la satisfacci�n de sus necesidades, asegurando el ejercicio de sus derechos cuando se relacionen con estos. Esta preferencia comprende:

         especial atenci�n de los Consejos Comunales en la formulaci�n, ejecuci�n y control de todas las pol�ticas p�blicas.

         asignaci�n privilegiada y preferente, en el presupuesto de los recursos p�blicos para la atenci�n de los requerimientos formulados por los Consejos Comunales.

         Preferencia de los Consejos Comunales , en la transferencia de losservicios p�blicos. (p.34)

 

El art�culo anterior,fundamenta que todos los entes gubernamentales deben darle prioridad a los Consejo Comunales,tanto en los tr�mites administrativos o de otro �ndole, es por ello que amerita preverse a trav�s delGobierno Electr�nico este precepto, as� como viabilizar su prioridad y consideraci�n ante las necesidades de los Consejos Comunales , ello contribuye a dar respuestas de la manera m�s oportuna y din�mica posible, logrando as� una mayor integraci�n del poder popular con la administraci�n p�blica.

Puedo observarse, que en Venezuela existe el marco jur�dico para que el uso de la informaci�n sea transparente, y se promueva el gobierno electr�nico, abierto e interoperable. En la figura 4, se presenta el ordenamiento jur�dico involucrado en el gobierno electr�nico y abierto en el marco de la interoperabilidad en Venezuela la cual se mencion� en p�rrafos anteriores.

Fase III. Identificar y determinar los actores relevantes:

Dentro de las instalaciones del organismo municipal objeto de estudio,se muestra un conglomerado de personas que demandan con alta frecuencia el realizar tr�mites administrativos, lo cual resultaescasamente viable en funci�n de la insuficiencia de recursos humanos para atenderlos. Destac�ndose que se requiere,en funci�n de los estatutos el suministro de requisitos b�sicos que deben ser consignados para llevar a efecto los tr�mites requeridos.Como parte de los resultados, se evidenci� un alto n�mero de ciudadanos que mostraron ser desatendidas por los trabajadores,

 

as� como desinformados ante losprocesos que ameritaban realizar, por lo que se concluye sobre la preeminencia de tr�mitesburocr�ticos, ante la falta de ser simplificados u oportunamente informados.


 

Figura 4

Ordenamiento jur�dico involucrado en el gobierno electr�nico y abierto en el marco de la interoperabilidad en Venezuela

Fuente: Pir�mide de Kelsen ( 1982). Adaptaci�n: elaboraci�n propia (2014).


 

En la situaci�n actual,los Consejos Comunales se constituyen como una organizaci�n de la sociedad conformada por comunas, sin embargo, en las instalaciones de la Alcald�a,las personas solicitantes no ten�an ning�n representante,por lo que el desconocimiento de los requisitos era com�n, lo que genera un atraso en el proceso de soluci�n por parte de los trabajadores.Sin dejar de destacar, que se le atribuye tal debilidad a la falta de equipos tecnol�gicos para agilizar estos procesos internos, que con alta frecuencia ameritan del contacto con el autoridad superior como el Alcalde, en virtud de que los trabajadores no se les acredita la autoridad necesaria para la toma de decisiones oportunas.

Asimismo, existe falta de atenci�n en l�nea o directamente con el ciudadano en la sede del organismo municipal, con el fin de evitar ambig�edad en la forma que se gestionan las solicitudes, y asesorar efectivamente al ciudadano. Por parte de los Consejos Comunales, como organizaci�n se les otorga prioridad en cuanto a sus solicitudes, en funci�n de cubrir y beneficiar un mayor n�mero de personas mediante la consecuci�n de recursos que redundan por ejemplo, en dotaci�nasfaltado, iluminaci�n y limpieza de calles, entre otros,sin embargo las necesidades individuales muchas veces son desconocidas debido a la falta de comunicaci�n con los voceros que lideran estos Consejos.

Al momento de observar la gesti�n de los Consejos Comunales, se determina que la realidad referente con el uso de la tecnolog�a es relativamente baja, si se considera que muchos no tienen los recursos para adecuarse a las tendencias tecnol�gicas, de igual modo los tr�mites sobre las necesidades comunitarias se ven afectadas debido a problemas internos del Consejo Comunal y cuando hay buen funcionamiento existen problemas referente con la gesti�n que realiza la Alcald�a.

Para reflejar lo planteado, se procedi� a usar un instrumento de medici�n para as� tener una visi�n de la realidad enriquecida con la opini�n de los que participan en el proceso de la gesti�n de las necesidades, as� como tambi�n la canalizaci�n de estas con los entes gubernamentales. Para tal efecto, se aplic� una encuesta a trabajadores de la Alcald�ay a algunos Consejos Comunales , con el fin de conocer las dos realidades que interact�an con la gesti�n de necesidades. (Ver cuadro 1)


 

Cuadro 1

Resumen de resultados de la encuesta aplicada a trabajadores de la Alcald�ay Consejos Comunales

ALCALDIA

CONSEJOS COMUNALES

Nivel social

FRECUENCIA

Nivel social

FRECUENCIA

 

Alternativas

ABS

REL

ACUM

 

Alternativas

ABS

REL

ACUM

P1

SI

14

60,87%

60,87%

P1

SI

11

73,33%

73,33%

NO

9

39,13%

100,00%

NO

4

26,67%

100,00%

TOTAL

 

23

 

 

TOTAL

 

15

 

 

������ Fuente: elaboraci�n propia (2014)

 

Cont.. Cuadro 1

ALCALDIA

CONSEJOS COMUNALES

Nivel social

FRECUENCIA

Nivel social

FRECUENCIA

P2

Herramientas tecnol�gicas

23

100,00%

100,00%

P2

Herramientas tecnol�gicas

14

93,33%

93,33%

Software

0

0,00%

100,00%

Software

1

6,67%

100,00%

Aislamiento de informaci�n

0

0,00%

100,00%

Aislamiento de informaci�n

0

0,00%

100,00%

Partes de una computadora

0

0,00%

100,00%

Partes de una computadora

0

0,00%

100,00%

TOTAL

 

23

 

 

TOTAL

 

15

 

 

P3

SI

23

100,00%

100,00%

P3

SI

10

66,67%

66,67%

NO

0

0,00%

100,00%

NO

5

33,33%

100,00%

TOTAL

 

23

 

 

TOTAL

 

15

 

 

P4

Nunca

0

0,00%

0,00%

P4

Nunca

3

20,00%

20,00%

Menos de una vez

0

0,00%

0,00%

Menos de una vez

10

66,67%

86,67%

Al menos una vez a la semana

0

0,00%

0,00%

Al menos una vez a la semana

0

0,00%

86,67%

Todos los dias

23

100,00%

100,00%

Todos los dias

2

13,33%

100,00%

TOTAL

 

23

 

 

TOTAL

 

15

 

 

P5

SI

12

52,17%

52,17%

P5

SI

10

66,67%

66,67%

NO

11

47,83%

100,00%

NO

5

33,33%

100,00%

TOTAL

 

23

 

 

TOTAL

 

15

 

 

P6

SI

10

43,48%

43,48%

P6

SI

15

100,00%

100,00%

NO

13

56,52%

100,00%

NO

0

0,00%

100,00%

TOTAL

 

23

 

 

TOTAL

 

15

 

 

Fuente: elaboraci�n propia (2014)


 

 

 

Cont� Cuadro 1

ALCALDIA

CONSEJOS COMUNALES

Nivel social

FRECUENCIA

Nivel social

FRECUENCIA

 

Alternativas

ABS

REL

ACUM

 

Alternativas

ABS

REL

ACUM

P7

SI

5

21,74%

21,74%

P7

SI

5

33,33%

33,33%

NO

18

78,26%

100,00%

NO

10

66,67%

100,00%

TOTAL

 

23

 

 

TOTAL

 

15

 

 

P8

SI

23

100,00%

100,00%

P8

SI

15

100,00%

100,00%

NO

0

0,00%

100,00%

NO

0

0,00%

100,00%

TOTAL

 

23

 

 

TOTAL

 

15

 

 

P9

SI

20

86,96%

86,96%

P9

SI

15

100,00%

100,00%

NO

3

13,04%

100,00%

NO

0

0,00%

100,00%

TOTAL

 

23

 

 

TOTAL

 

15

 

 

 

LEYENDA

P1

Capacitaci�n tecnol�gica del personal

P2

Conocimiento de las TIC�s en el Personal

P3

Utilizaci�n del Internet en el �rea de trabajo/Comunidad

P4

Frecuencia del uso del Internet en el �rea de trabajo/Comunidad

P5

Sitio Web de la Alcald�a

P6

Correo institucional

P7

Conocimiento del gobierno electr�nico

P8

Disposici�n a un Gobierno Electr�nico para la Gesti�n de las Necesidades del Consejo Comunal

P9

Resoluci�n de problemas Comunales a trav�s del gobierno electr�nico

Fuente: elaboraci�n propia (2014)



El an�lisis de los resultados, permiti�determinar:

         En cuanto a la capacitaci�n tecnol�gica del personal, los mismos realizaron cursos de capacitaci�n tecnol�gica, denotando al personal como calificado para manejar y administrar los sistemas, y los que no realizaron tienen conocimientos b�sicos del uso de computadoras e Internet. El grado de conocimiento es importante ya que el Gobierno Electr�nico se maneja mediante el uso y dominio de los recursos de las TIC�s,por lo que significa que el personal pueda ser adepto a esta filosof�a.

         Con respecto al conocimiento de las TIC�s por parte del personal, se considera que estas permiten la adaptaci�n de forma sencilla en el uso de las actividades diarias,ya que las herramientas tecnol�gicas significan el principal medio de comunicaci�n que requiere el Gobierno Electr�nico-Abierto.

         En cuanto al uso y frecuencia de Internet en el �rea de trabajo y/o comunidad, se destaca que el uso de este recurso en la actualidad se ha vuelto casi imprescindible para el desempe�o de las organizaciones, asimismo sucede en la Alcald�a y en los Consejos Comunales, por lo que garantiza la factibilidad que requiere el Gobierno Electr�nico-Abierto para llevar a cabo las actividades, us�ndose de forma diaria pr�cticamente.

         Con respecto a este �tem, enlo que respecta a los Consejos Comunales , qued� en evidencia la brecha digital que aun existe en las comunidades venezolanas, ya que muchos de ellos no disponen de los recursos para acceder al internet o con un computador para la realizaci�n de algunas actividades, y en algunos casos se debe a que est�n alejadas de centros de conexiones o Infocentros que prestan este servicio, resultando indispensable que toda comunidad tenga acceso a la comunicaci�n mediante esta herramienta tecnol�gica.

En l�neas generales, los empleados de la Alcald�ausan el sitio web para realizar determinadas actividades, en la actualidad los empleados la usan eminentemente para informarse, sin embargo, la divisi�n de inform�tica se encarga de actualizarla p�gina con las distintas gestiones ejercidas por la Alcald�a, por ello el 48% de los empleados que no lo usa es significativo, ya que tienen la visi�n de que el sitio web debe ser manejado solamente por el departamento de inform�tica.

Los Consejos Comunales , usan el sitio web para realizar algunas actividades relacionadas con las funciones que le son propias, as� como para informarsesobre determinadas actividades que realiza la Alcald�a en pro de las comunidades. Mientras los que no usan el sitio web, es debido a una visi�n que poseen sobre este, y consideran que es exclusivo y manejado solamente para uso interno de este �rgano, al menos que sea algo muy preciso para ellos utilizarlo.

Es decir, resulta de inter�s para los Consejos Comunales informarse sobre las gestiones p�blicas de los gobernantes, a trav�s de este medio y a su vez las califican como un medio transparente y eficaz para promoverlas gestiones comunitarias que realizan estos entes con su pueblo.


 

Con respecto al uso del correo electr�nico,por parte de los empleados de la Alcald�a,manifestaron que es escaso, lo que muestra una debilidad dentro de los distintos departamentos, ya que el correo institucional representa un principal medio de intercomunicaci�n entre los empleados de aquellas empresas vanguardistas. En la actualidad, el correo electr�nico est� sustituyendo el uso de medios f�sicos como las cartas, memor�ndums y circulares.

En el caso de los Consejos Comunales ,poseen al menos un correo electr�nico, debido a que su uso es primordial para todos sus miembros, o al menos para algunos voceros perteneciente al mismo, ya que con este medio se env�an informaciones, documentos o llegan a acuerdos entre ellos mediante esta herramienta. Se puede decir, que el correo electr�nico est� sustituyendo el uso de medios como tel�fonos, cartas, radios, entre otros.

En l�neas generales, se considera que esuna de las peque�as partes de un gobierno electr�nicoy este resultado demuestra que todo Consejo Comunal o al menos alguno de sus miembros poseen uno aunque este no sea proporcionado por los entes gubernamentales.

En el caso del conocimiento sobre el Gobierno Electr�nico,como principio de gesti�n en organizaciones p�blicas, para los empleados de la Alcald�a y Consejos Comunales es vago, en su mayor�a no conoc�an el t�rmino, pero al recibir explicacionesdel mismo pudieron notar la ventaja que este conlleva.

El resto del personal,conoc�a el t�rmino de forma positiva. Aunado al conocimiento en las herramientas que aplica el Gobierno Electr�nico,

para llevar a cabo sus actividades se puede concluir que no saber del t�rmino no significa un obst�culo para aplicar sus criterios en la organizaci�n.

De acuerdo con lo expuesto, puede observarse que la totalidad del personalencuestado que laboran en la Alcald�a y los que pertenecen a los Consejos Comunales , est�n totalmente de acuerdo que exista una implementaci�n de un Gobierno Electr�nico en especial en el departamento en que labora, esta disposici�n al cambio favorece de forma positiva al organismo municipal, al considerar que su personal no muestraresistencia al cambio, al desarrollo, as� como al establecimiento y transici�n de nuevos principios de gesti�n.

En el caso de los Consejos Comunales ,que hacen vida en el municipio est�n totalmente de acuerdo de un gobierno electr�nico como medio que fortalece la interacci�n con la gesti�n de las necesidades que les aquejan. Esta disposici�n permite el desarrollo continuo de esta filosof�a, ya que esta proporciona una visi�n amplia y pr�ctica con referencia a las necesidades que presentan los ciudadanos.

Con respecto de la resoluci�n de problemas comunales,a trav�s del gobierno electr�nico la mayor�a de los encuestados del recurso humano que hace vida en la Alcald�a, opinan que a trav�s del gobierno electr�nico se podr�a mejorar la resoluci�n de las necesidades que los Consejos Comunales presentan, es decir, tomar ladecisi�n m�s eficiente despu�s de considerar todos los factores que involucran sus problemas,y pocos de ellos expresaron que el gobierno electr�nico no aumentar�a la eficiencia en las soluciones a los problemas de los Consejos Comunales .

 


Conclusiones

Con el desarrollo de esta investigaci�n, se pudo determinar que dentro del marco jur�dico venezolano desde la carta magna en su art�culo 108, 141, Decreto 825, Ley Especial contra Delitos Inform�ticos, Ley sobre el Acceso e Intercambio Electr�nico de Datos, Informaci�n y Documentos entre los �rganos y Entes del Estado, Ley Org�nica de la Administraci�n P�blica, y la Ley Org�nica de los Consejos Comunales , entre otras conforman el fundamento legal para la operatividad del Gobierno Electr�nico. Constat�ndose a trav�s de la aplicaci�n de la matriz de an�lisis estructural principalmente la desarticulaci�n entre los Consejos Comunales y la Alcald�a de Matur�n-Venezuela, por lo que se concluye con el an�lisis de los siguientes aspectos:

1.       La informaci�n p�blica amerita estar a la disposici�n de todos los ciudadanos mediante el uso de las TIC�s,es importante esta ley que protege la informaci�n que ellos generen.

2.      La pir�mide de Kelsen representa gr�ficamente la idea del sistema jur�dico escalonado, donde se vislumbran tres (3) niveles, el fundamental, legal y sub legal, dentro del estudio se logro determinar el marco jur�dico venezolano con respecto al objeto de estudio, el cual es la fundamentaci�n legal del gobierno electr�nico y abierto en el marco de la interoperatibilidad.

3.      La ley sobre el Acceso e Intercambio Electr�nico de Datos, Informaci�n y Documentos entre los �rganos y Entes

del Estado (Ley de Interoperabilidad) decreta que es obligatorio el uso, acceso, intercambio y reutilizaci�n por medios electr�nicos, de igual forma para el cumplimiento de las mismas se crea el Comit� Nacional de Interoperabilidad como principal regente del desarrollo de los principios de Interoperabilidad.

4.      Asimismo, proclamar que la incorporaci�n de las Tecnolog�as de Informaci�n (TIC) y se hace necesario digitalizar esa informaci�n, con el fin de ser almacenada y poder ser recuperada, conservada, para la tramitaci�n de cualquier solicitud que realicen los ciudadanos y que sea posible su efectivo intercambio por medios electr�nicos, ese es el fin de la digitalizaci�n.

5.      En la Ley Org�nica de la Administraci�n P�blica, se hace relevante que la informaci�n de los gastos p�blicos debe ser expuesta ante la Asamblea Nacional, por otro lado con el punto de vista de la informaci�n p�blica �sta deber�a ser abierta.

6.      La Ley Org�nica de los Consejos Comunales es una de las fuentes legales de mayor relevancia porque es uno de los �rganos que soportan a la sociedad.

7.      Existe la disposici�n del estado Venezolano, en especial de la Gobernaci�n del Estado Monagas y la Alcald�a de Matur�n-Venezuela de impulsar las estrategias necesarias para materializar y fortalecer el gobierno electr�nico y abierto en un marco interoperable.


 

 

Bibliograf�a

 

Alcald�a de Matur�n (2013) recuperado de: http://www.alcaldiadematurin.gob.ve/portalc2014/index.php/15-menu/54-estructura-organizativaaaa

Carta Iberoamericana de Gobierno Electr�nico CIGE (2007). [Documento en l�nea]. Recuperado el recuperado el 20/8/2013

Castoldi, P. (2002) El Gobierno Electr�nico como un nuevo paradigma de Administraci�n. IURIS PRUDENTIA. Buenos Aires - Argentina. Universidad Cat�lica Argentina. (55).

CESPAD (s. f.) Gu�a metodol�gica para hacer an�lisis prospectivos. Recuperado de http://cespad.org/sites/default/files/Guia%20Practica%20Prospectiva.pdf Recuperado el 25/10/2013

Checkland, P. (1992). Pensamiento de Sistemas, Pr�ctica de Sistemas. Limusa, M�xico. Recuperado de http://www.monografias.com/trabajos37/metodologia-sistemica/metodologia-sistemica2.shtml#ixzz34pJUHvqL

Constituci�n de la Rep�blica Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial N� 5.908 Extraordinario de fecha 19 de febrero de 2009).

Decreto 3390. Gaceta Oficial N�38.095 del 30 de octubre de 2001.

Decreto 825 de la Presidencia de la Rep�blica Bolivariana de Venezuela., �Declara el acceso y el uso de Internet como pol�tica prioritaria para el desarrollo cultural, econ�mico, social y pol�tico de la Rep�blica Bolivariana de Venezuela�.Decreto N� 825 de fecha 10 de mayo de 2000. Recuperado de http://goo.gl/3VVn Recuperado el 09/09/2012

 

Decreto con fuerza de Ley de Registro P�blico y del Notariado, de la Presidencia de la Rep�blica Bolivariana de Venezuela. G.O.N� 37.333 de fecha 27 nov.2001Recuperado en: http://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic2_ven_anexo_27_sp.pdf

Gonz�lez, D (2009). Factores que intervienen en el desarrollo del gobierno electr�nico en la Alcald�a del municipio motat�n del estado Trujillo. [Documento en l�nea] Disponible en: http://revistav.uvm.edu.ve/articulos/w5jyk9Articulo%20de%20dulce%20COMPLETO.pdf

Kelsen, H. (1982). Teor�a Pura del Derecho, Universidad nacional Aut�noma de M�xico, M�xico, p. 15.

Ley Especial contra Delitos Inform�ticos, Gaceta Oficial N� 37.313 del 30 de octubre de 2001.

Ley Org�nica de Administraci�n P�blica publicada en Gaceta Oficial 37.305 el 17 de octubre de 2001.

Ley Org�nica De Los Consejos Comunales publicada en Gaceta Oficial 39335 el 28 de diciembre de 2009.

Ley sobre el Acceso e Intercambio Electr�nico de Datos, Informaci�n y Documentos entre los �rganos y Entes del Estado.

Ramos, J. (2011) Pir�mide de Kelsen. Recuperado de http://iusuniversalis.blogia.com/2011/022402-piramide-de-kelsen.php Recuperado el 09/03/2014

UNESCOProyecto �Gobernabilidad Electr�nica�. Recuperado de http://portal.unesco.org/ci/fr/files/14896/11412266495e-governance.pdf/e-governance.pdf Recuperado el 19/09/2012