310
María Elena Nogueira Joaquín
Había una vez un Estado... notas para problematizar el Estado a partir de interpretaciones
complementarias
Thomas Hobbes en su Leviatan. Pero, existe una diferencia, en el estado
de naturaleza lo habitual es el caos, el Hombre pacta, construye el Estado,
delega su autonomía plena, pero crea orden. Como es sabido el planteo
hobbesiano es profundamente negativo respecto del futuro del Hombre en
una sociedad “primitiva”. El problema del orden, tan presente en Hobbes,
en otros contractualistas, y mucho tiempo después retomado por el propio
Durkheim, es quizá aquello que invita a seguir pensando cuáles son los
aspectos que legitiman el permanecer en la forma-Estado.
Evidentemente, y como señalan varios especialistas en su obra, la
perspectiva de Clastres posee un supuesto anarquista. Esto queda expresado
con claridad en uno de sus escritos citado a continuación inextenso:
El ejemplo de las sociedades primitivas nos enseña que la división no es
inherente al ser social; en otros términos, que el Estado no es eterno, que tiene en
todas partes una fecha de nacimiento. ¿Cuál ha sido la causa de su surgimiento?
La pregunta sobre el Estado debe precisarse así: ¿en qué condiciones la sociedad
deja de ser primitiva? ¿Por qué las codicaciones que se conjuran al Estado fallan
en tal o cual momento de la historia? Es indudable que sólo la interrogación atenta
al funcionamiento de las sociedades primitivas permitirá esclarecer el problema
de los orígenes. Y quizá la solución del misterio sobre el momento del nacimiento
del Estado permita esclarecer también las condiciones de posibilidad (realizables
o no) de su muerte (Clastres, 1981: 186).
Es posible considerar que los estudios que focalizan en las relaciones
de poder, en la construcción de lo político que caracteriza a una sociedad
determinada olvidan, sin embargo, el rol del régimen político en los Estados
modernos. El régimen nos ofrece una variable “mediadora” de interés ya
que dene aspectos centrales en el Estado: los orígenes de la legitimidad, las
formas de gobierno, el ejercicio del poder, etc. Es por esto que buena parte
de la literatura asociada con el Estado, ha abordado también la cuestión del
régimen político: autores como O’Donnell (2010) o Iazzetta (2007) entre
otros, lo recuperan como un elemento “co-constitutivo” de la democracia.
5
Pero, la antropología política también elabora una minuciosa reexión
sobre el Estado en la sociedad moderna. Es decir, considera la interacción
con lo “no estatal” que puede permitir un “acercamiento diferente al
Estado” (Schavelzon, 2010: 85). En este sentido, en el marco de los estudios
antropológicos también sería posible mencionar los trabajos de Foucault
(1997), Das y Poole (2004), Auyero (2008 y 2013) entre otros autores
que se mencionarán más adelante. Schavelzon, los sitúa en: “Un bagaje
5 El Estado en el contexto de un régimen democrático supone, al menos, la institucionalización de los principios
básicos de la democracia política o poliarquía. La democracia dene un modo de acceso y ejercicio del poder.
Como explica Iazzetta (2011), el primero reere al tipo de régimen, lo segundo, se vincula especialmente con el
Estado que “acompaña” a ese régimen. En denitiva, el análisis de estas categorías supone una relación necesaria
para comprender el funcionamiento de las democracias en la actualidad dado que: “Los atributos que denen
la estatatidad de un Estado no garantizan su democraticidad; esta cualidad dependerá de otras iniciativas y
dispositivos que lo tornen compatible con una democracia. Ésta afecta el modo de operar del Estado y le impone
nuevas responsabilidades que lo tornen consistente con ella” (Iazzetta, 2011: 88. Cursiva en el original)